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66 NORMAS LEGALES Sábado 17 de diciembre de 2022 El Peruano / contra el servidor judicial Narcinho Juniors Díaz Febres, Asistente de Juez del Trigésimo Noveno Juzgado Penal de Lima, en el cual la señora Nelly Gardenia Martos Vizcarra señala que el día lunes diez de diciembre de dos mil dieciocho a las doce horas con treinta minutos del día, su cónyuge Juan Antonio Zegarra Lévano se apersonó al juzgado a indagar respecto a la sentencia que se encuentra pendiente en el Expediente número seis mil doscientos noventa y uno guión dos mil diecisiete guión cero guión mil ochocientos uno guión JR guión PE guión cincuenta y cuatro, y que el Secretario Vergara Vega le señaló que el expediente se encontraba en despacho, y que lo tenía el Asistente de Juez Narcinho Juniors Díaz Febres, pidiéndole que le esperara unos instantes. Luego de ello, salió del juzgado Narcinho Juniors Díaz Febres, quien la condujo hasta las escaleras y barandas que tienen como referencia la Avenida Abancay; en ese instante le dijo que tenía el expediente y que podía sacar la sentencia esa semana, para lo cual solicitó la suma de tres mil dólares, indicando que la otra parte también estaba ofreciendo una cantidad de dinero, mostrándole unos mensajes de WhatsApp de la otra parte del proceso, y le dijo que la sentencia sería una condena de tres años condicional y reparación civil de veinte mil soles, que ante ello su esposo le dijo que era mucho dinero, a lo que el asistente le respondió que si no podía pagar, que espere no más la sentencia. ii) Acta de Queja Verbal del dieciséis de enero de dos mil diecinueve, que obra de fojas trece a catorce, dirigida contra los servidores judiciales Leoncio Vidal Vergara Vega y Narcinho Juniors Díaz Febres, Secretario Judicial y Asistente de Juez, respectivamente, del Trigésimo Noveno Juzgado Penal de Lima. En la misma la señora Nelly Gardenia Martos Vizcarra señala que en el mes de diciembre de dos mil dieciocho, su esposo Juan Antonio Zegarra Lévano se acercó al juzgado a averiguar por la demora de la sentencia en el Expediente número seis mil doscientos noventa y uno guión dos mil diecisiete, y el Secretario Vergara Vega le dice que él les puede ayudar, y le da su número de teléfono, su esposo lo llama y le pide que los ayude, haciendo varias llamadas quedan en encontrarse en la Estación La Cultura del tren eléctrico, a donde su esposo acudió, pero el Secretario Vergara Vega no llegó, disculpándose y le manda a su esposo su número de cuenta bancaria por WhatsApp; y que, luego, en una siguiente visita el Secretario Vergara Vega le dice a su esposo que depende del servidor judicial Díaz Febres, que su esposo se acercó donde él, quien le mostró su celular y le dijo que la otra parte también estaba ofreciendo dinero, y que sí quería la sentencia a su favor saldría con cuatro años de prisión suspendida y de veinte a treinta mil soles de reparación civil, que su esposo le dijo que los tres mil dólares que pedía a cambio era mucho, y el asistente de juez le respondió que si no podía que no importaba que esperara, a lo que su esposo le dijo que trataría de conseguir. iii) Acta de Ampliación de Queja Verbal del dieciocho de enero de dos mil diecinueve, que obra de fojas treinta y uno a treinta y dos, la señora Nelly Gardenia Martos Vizcarra señala que cuenta con más evidencias contra los servidores judiciales quejados, como son el comprobante de depósito que acredita que el número de cuenta que le pasaron por WhatsApp a su esposo le pertenece al secretario Leoncio Vidal Vergara Vega; también adjunta dos páginas de copias legalizadas de mensajes de WhatsApp que habría habido entre su esposo y el mencionado secretario, el reporte emitido por Movistar que acredita su número de teléfono y las llamadas habidas con el número que le dio el secretario; también el reporte del teléfono de su esposo que está a nombre de su hermana; y, además, un disco compacto (CD) que contiene la conversación entre el secretario Vergara Vega y su esposo el día diecisiete de enero de dos mil diecinueve, en el cual le indica que el Asistente Diaz Febres presentó el proyecto de sentencia de acuerdo a lo ofrecido a su esposo, pero que la jueza lo cambió, porque había mucha presión y que él tenía algún contacto en la Sala para que anulen la sentencia. Los documentos adjuntados obran de fojas treinta y tres a cuarenta y ocho, y el disco compacto (CD) a fojas sesenta y nueve, pues fue objeto de transcripción por parte de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, cuya acta obra de fojas noventa y dos a noventa y tres. Décimo Primero. Que, respecto a la propuesta de destitución contra el servidor judicial Leoncio Vidal Vergara Vega, como se ha señalado, los hechos imputados a ambos servidores judiciales, están vinculados al Expediente número seis mil doscientos noventa y uno guión dos mil diecisiete, proceso penal sobre querella, interpuesta por la señora Nelly Gardenia Martos Vizcarra contra la señora Paola María Espinoza Cuadros, seguido ante el Trigésimo Noveno Juzgado Penal de Lima. En el caso del servidor judicial Leoncio Vidal Vergara Vega, en su actuación como Secretario Judicial del Trigésimo Noveno Juzgado Penal de Lima, se le imputa que habría sostenido conversaciones con el esposo de la querellante, señor Juan Antonio Zegarra Lévano, a quien la habría señalado que quien se encargaba de la elaboración del proyecto de sentencia en ese caso, era el Asistente de Juez Narcinho Juniors Díaz Febres, a quien, además, habría presentado; siendo que éste le habría solicitado proyectar la sentencia a favor de su esposa a cambio de una suma de dinero. Se le imputa, también, haber ofrecido interceder por su caso a nivel de Sala Superior, para que se pueda anular la sentencia emitida que le fue adversa. Décimo Segundo. Que, de los medios probatorios aportados, se tiene la declaración del señor Juan Antonio Zegarra Lévano, esposo de la quejosa, que obra de fojas ciento cincuenta y tres a ciento cincuenta y cinco, a través de la cual mani fi esta en su respuesta a la pregunta 1: “… que el servidor judicial Vergara Vega fue quien me brindo su número telefónico y su número de cuenta, no recordando la fecha exacta, pero debe haber sido cuando he venido a averiguar sobre el proceso de mi esposa que se encontraba detenido aproximadamente en agosto o setiembre. Siendo que dicho servidor me brindó su número, ofreciendo apoyarme con darle celeridad al trámite del proceso de mi esposa, incluso fue su persona la que me llamó por primera vez, siendo que en aquella oportunidad quedamos en encontrarnos en la estación del tren eléctrico La Cultura, y que yo lo apoyara económicamente para que realice unos pagos de servicios, porque me dijo que estaba atrasado, proporcionándome su número de cuenta en el BCP, no llegando a depositar el dinero que me solicitaba. Pasado el tiempo me vuelve a llamar Vergara para preguntarme porque no le habla depositado, indicándome que el expediente lo tenía el asistente de Juez Narcinho Juniors Díaz Febres, y que él quería hablar conmigo, pactando una reunión para cuando regrese de Tacna, siendo que a mi retorno me comuniqué con el servidor Vergara Vega, el mismo que me dijo que me apersone al local del juzgado para que me presente a Narcinho Juniors Diaz Febres y que pueda conversar con él, sobre la resolución que estaba pendiente, cumpliendo con ello me apersoné al juzgado, entrevistándome primero con el secretario Vergara quien me llevó hacia el mezanine que da hacia la avenida Abancay al lado de las escaleras, luego de unos instantes Vergara se retira diciéndome que espere que va a traer al asistente de Juez Diaz Febres, retornando en unos instantes ambos servidores judiciales presentándome a Diaz Febres como el asistente de Juez, diciéndome Vergara que converse con él que es el hombre, retirándose Vergara, dejándonos solos; es en esos instantes que Díaz Febres me indica que ya se iba a emitir la resolución, preguntando mi persona cuanto va a demorar, y me señala que ya iba a salir, preguntando yo si era favorable o no, señalándome que sí era favorable y que va a salir tres años suspendida creo y veinte mil soles de indemnización, a lo que mi persona respondió que era un abuso, (...), respondiendo Díaz Febres que si quiere que la sentencia salga favorable a tu esposa, eso te va a costar, y le dije de cuánto estamos hablando y me dijo que tenía que pagar cinco mil, luego le dije que le podía dar mil, y él me dijo que mil dólares era muy poco, no pasa nada, enterándome que se estaba re fi riendo a dólares, yo pensaba que eran soles, (...) yo le dije es demasiado. te puedo conseguir dos mil, fi nalmente me dijo podemos quedar en tres mil dólares, señalándome que me estaba