TEXTO PAGINA: 235
235 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24º del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria realizada el día 03 de noviembre del 2022, desarrollada de manera presencial y utilizando las tecnologías de la información en las instalaciones del Auditorio del Consejo Regional de San Martín, se aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR el Estudio de Diagnóstico y Zoni fi cación de la provincia de El Dorado elaborado por el Gobierno Regional San Martín que consta de 274 folios y 13 mapas que corresponde al Estudio de Diagnóstico y Zoni fi cación de El Dorado – EDZ. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Autoridad Regional Ambiental y la Dirección Ejecutiva de Gestión Territorial disponga las acciones administrativas para la implementación del presente Acuerdo Regional, derivándosele el expediente administrativo correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en el distrito judicial de San Martín, conforme a Ley. Artículo Cuarto.- REALIZAR los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.AUREA LUZ VARGAS TUANAMA Consejero DelegadoConsejo Regional 2138940-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que declara el 15 de octubre como el Día de la Concientización sobre la muerte gestacional, perinatal y neonatal en Lima Metropolitana y establece otras disposiciones ORDENANZA N° 2516- 2022 Lima, 14 de diciembre de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de: Asuntos Legales y Participación Vecinal, Mujer e Igualdad mediante sus Dictámenes N° 074-2022-MML-CMAL y N° 09-2022-MML/CMPVMI de fechas 17 y 21 de noviembre de 2022, respectivamente, el Concejo Metropolitano de Lima, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA EL 15 DE OCTUBRE COMO EL DÍA DE LA CONCIENTIZACIÓN SOBRE LA MUERTE GESTACIONAL, PERINATAL Y NEONATAL EN LIMA METROPOLITANA Y ESTABLECE OTRAS DISPOSICIONES Artículo 1.- Objeto y fi nalidad La presente Ordenanza tiene como fi nalidad establecer el 15 de octubre como el Día de la Concientización sobre la muerte gestacional, perinatal y neonatal en Lima Metropolitana, y dictar disposiciones para hacer efectiva dicha concientización en la provincia de Lima. Artículo 2.- Declaratoria Declárese el 15 de octubre como el Día de la Concientización sobre la muerte gestacional, perinatal y neonatal en Lima Metropolitana. Artículo 3.- Acciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima 3.1 La Gerencia de la Mujer e Igualdad, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Social y el Sistema Metropolitano de la Solidaridad (SISOL), realizará campañas de concientización sobre la muerte gestacional, perinatal y neonatal en Lima Metropolitana y establecerá políticas orientadas a brindar apoyo emocional y psicológico a las familias que han padecido dicha pérdida, con énfasis en la población con menores recursos económicos. 3.2 Cada 15 de octubre, la Gerencia de la Mujer e Igualdad tiene a su cargo la realización de actividades orientadas a toda la ciudadanía, con el objeto de concientizar sobre la muerte gestacional, perinatal y neonatal. Para la realización de dichas actividades se podrán coordinar acciones conjuntas con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministerio de Salud. DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS Primera. Disposiciones Adicionales y/o Reglamentación Facúltese al Alcalde Metropolitano de Lima para que mediante Decreto de Alcaldía establezca disposiciones adicionales, de ser necesario; así como, reglamente lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda. Publicación Encárguese a la Secretaria General del Concejo, la difusión de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Administración, la difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación, y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Tercera. Vigencia Dispóngase la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano.