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42 NORMAS LEGALES Domingo 9 de enero de 2022 El Peruano / del monto del contrato original, de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. o) Aprobar la reducción de prestaciones de bienes, servicios y obras, de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. p) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual de contrataciones formalizadas por la O fi cina General de Administración, de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. q) Aprobar otras modi fi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que no impliquen la variación del precio, de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. r) Tramitar las comunicaciones sobre la presunta comisión de infracciones, actuaciones y otros actos vinculados a los procedimientos de contratación, que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado y el Tribunal de Contrataciones del Estado, previo informe técnico, de conformidad con el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. s) Designar al comité de recepción de la obra, de conformidad con el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. t) Pronunciarse, noti fi car pronunciamiento u observar las liquidaciones de ejecución de obras y de consultorías de obras que se presenten a la Entidad, de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado. u) Formalizar la cesión de posición contractual en los casos previstos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. v) Suscribir adendas correspondientes que prorroguen los contratos de servicios de arrendamiento de bienes inmuebles, de conformidad con el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. w) Aprobar las contrataciones a realizar a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, en concordancia con el literal k) del artículo 115 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y de conformidad con el numeral 8.7 de la Directiva N° 007-2017-OSCE/CD “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco”, aprobada por Resolución N° 007-2017-OSCE/CD. x) Disponer el inicio de las acciones pertinentes de acuerdo con las normas y procedimientos disciplinarios aplicados, en los casos previstos en el numeral 8.11 de la Directiva N° 007-2017-OSCE/CD “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco”, aprobada por Resolución N° 007-2017-OSCE/CD. y) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la aprobación del PIA, mediante la suscripción del Anexo N° 04 de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”. 4.2. En materia administrativa y de gestión:a) Suscribir y/o modi fi car contratos bancarios y/o fi nancieros, lo que incluye cualquier actuación destinada con la ejecución, culminación y/o resolución del mismo, según corresponda. b) Aprobar el reconocimiento de crédito devengado y la devolución de recursos, en los supuestos que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Decreto Supremo N° 017-84-PCM Reglamento del Procedimiento Administrativo para el reconocimiento y abono de créditos internos y devengados a cargo del Estado. c) Representar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), en todo tipo de trámite en materia tributaria, para realizar cualquier acto, procedimiento y/o actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de la gestión administrativa del Ministerio. d) Suscribir y presentar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT, los formularios y declaraciones y, en general, cualquier documentación que resulte necesaria para el cumplimiento de las obligaciones tributarias como consecuencia de la ejecución de los gastos previstos en el Presupuesto Institucional.e) Representar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Municipalidad de San Isidro, u otras municipalidades distritales y provinciales, Superintendencia Nacionales de Bienes Estatales (SBN), Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, el Ministerio de Economía y Finanzas, otros ministerios, u otras Entidades o instancias administrativas, para iniciar cualquier procedimiento y/o realizar cualquier actividad que se encuentre dentro del ámbito de las materias de su competencia, quedando facultada a presentar solicitudes, formularios, formatos, declaraciones juradas, descargos, recursos de reconsideración o apelación u otros similares que resulten necesarios para el mejor desarrollo de la gestión administrativa del Ministerio. f) Autorizar la impresión a color en casos debidamente justifi cados en el marco del Decreto Supremo N° 050-2006- PCM, que prohíbe en las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de las comunicaciones y/o documento de todo tipo. Artículo 5.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, durante el año 2022, las facultades y atribuciones siguientes: En materia de contrataciones del Estado, respecto de la Unidad Ejecutora 001: a) Perfeccionar la contratación de bienes y servicios mediante la noti fi cación de la orden de compra u orden de servicio, en las contrataciones derivadas de procedimientos de subasta inversa electrónica y adjudicación simpli fi cada por montos menores o iguales a S/ 200 000,00, así como de las derivadas de contrataciones por importes menores o iguales a 8 UITs, Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco y Comparación de Precios. b) Suscribir contratos de contrataciones por importes menores o iguales a 8 UITs. c) Suscribir adendas para modi fi car contratos, órdenes de compra u órdenes de servicio de contrataciones por importes menores o iguales a 8 UITs, y las derivadas de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y Comparación de Precios referidas en el literal a) precedente; así como resolver los mismos. d) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual de contrataciones por importes menores o iguales a 8 UITs, y las derivadas de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y Comparación de Precios referidas en el literal a) precedente. e) Emitir Constancias de Prestación, que deberán precisar, como mínimo: identi fi cación del contrato, objeto del contrato, monto del contrato vigente, el plazo contractual y las penalidades en que hubiera concurrido el contratista. f) Autorizar la rebaja de compromiso de las órdenes de servicio u órdenes de compra. g) Comunicar a los contratistas la aplicación de las penalidades que correspondan, de ser el caso. h) Comunicar a los contratistas las observaciones a las prestaciones formuladas por las áreas usuarias. i) Aprobar la modi fi cación del Cuadro Multianual de Necesidades, el último día hábil de la semana, mediante la suscripción del Anexo N° 06 de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”. Artículo 6.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina General de Recursos Humanos, durante el año 2022, las facultades y atribuciones siguientes: En materia administrativa y de gestión:a) Ejecutar mandatos judiciales, en el ámbito de su competencia, previa coordinación con la Procuraduría Pública del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. b) Celebrar Convenios de Prácticas Preprofesionales y Profesionales. Artículo 7.- La delegación de facultades conferida en la presente resolución ministerial, comprende la atribución