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40 NORMAS LEGALES Domingo 9 de enero de 2022 El Peruano / de comunicaciones y/o documento de todo tipo, debiendo éstos efectuarse en blanco y negro; señalándose en el artículo 2 de dicha norma que el titular de la entidad o quien este delegue podrá autorizar, excepcionalmente, impresos a color para casos debidamente justi fi cados; Que, de acuerdo al artículo 6 del Decreto Supremo N° 031-2007-RE, para la suscripción de Acuerdos Interinstitucionales no se requerirá del otorgamiento de plenos poderes, entendiéndose por Acuerdo Interinstitucional, el convenio regido por el derecho internacional público y/o por el ordenamiento interno de las partes, celebrado por escrito, entre cualquier entidad o entidades de la Administración Pública y uno o varios órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones internacionales, cualquiera sea su denominación, sea que se derive o no de un tratado previamente adoptado; Que, de otra parte, mediante Resolución Ministerial N° 118-2021-EF-43, se aprueba la Directiva Nº 004-2021-EF-43.01, denominada “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley Nº 25650”, a través del cual se establecen las obligaciones que deben cumplir, entre otros, los titulares de las entidades contratantes o los funcionarios que cuenten con la delegación de funciones correspondientes, respecto a la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público (FAG), conforme a lo establecido en el Decreto Ley N° 25650 y sus modi fi catorias; Que, a su vez, mediante la Resolución Directoral N° 031-2014-EF-52.03, se establecen disposiciones adicionales para el traslado de fondos a la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), disposiciones para las Municipalidades, procedimiento para la designación y acreditación de responsables de cuentas ante la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, entre otros; disponiéndose en el literal a) del numeral 3.1 del artículo 3 de la citada resolución directoral, que los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras y Municipalidades son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, el numeral 7.4.13 de la Directiva N° 012-2019-AGN-DDPA, Norma para la Valoración Documental en la Entidad Pública, aprobada por Resolución Jefatural N° 214-2019-AGN-J, establece que la entidad aprueba y o fi cializa el Programa de Control de Documentos Archivísticos mediante resolución de la más alta autoridad; Que, en el marco de la normativa reseñada precedentemente, se considera necesario aprobar una delegación de facultades en las materias presupuestaria, administrativa y de gestión, contrataciones del Estado, así como, de Obras por impuestos, con la fi nalidad de garantizar la oportunidad y e fi ciencia de los distintos procedimientos a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Administración; de la O fi cina General de Recursos Humanos; de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; y, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, durante el año 2022, las facultades y atribuciones siguientes: 1.1 En materia presupuestaria: a) Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático entre unidades ejecutoras del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. b) Aprobar la formalización de las notas modi fi catorias en el nivel funcional programático dentro de las unidades ejecutoras del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. c) Suscribir los Estados Financieros y Presupuestales del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sólo respecto a la información fi nanciera y presupuestaria mensual, trimestral y del primer semestre. 1.2 En materia administrativa y de gestión: a) Suscribir, en el marco del Decreto Ley N° 25650, que crea el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, el Anexo N° 01 “Términos de Referencia del Servicio”; los contratos de Locación de Servicios y sus respectivas adendas, la solicitud para el registro de Contratos, la solicitud para el registro de prórroga y/o renovación de los mismos; la solicitud para el pagos de honorarios; la comunicación a la Unidad Transitoria de Pago cuando el consultor deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo; la comunicación a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al consultor de alguna sanción de destitución fi rme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada; así como expedir las respectivas constancias de prestación de servicios de los compromisos contractuales asumidos en el marco de la citada norma; asimismo, suscribir otros documentos relacionados con el FAG en aplicación del referido Decreto Ley y la Directiva Nº 004-2021-EF-43.01, denominada “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley Nº 25650”, aprobada por Resolución Ministerial N° 118-2021-EF-43. b) Suscribir y remitir a la Unidad Transitoria de Pago la solicitud de pago de honorarios de los Consultores contratados bajo el ámbito de la Ley N° 29806, Ley que regula la Contratación de Personal Altamente Cali fi cado en el Sector Público; así como, informarle en los casos que el personal altamente cali fi cado deje de prestar servicios, bajo cualquier causa o motivo. c) Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. d) Aprobar y o fi cializar el Programa de Control de Documentos Archivísticos, en el marco de la Directiva N° 012-2019-AGN/DDPA, aprobada por Resolución Jefatural N° 214-2019-AGN/J. e) Suscribir y remitir todos los documentos que resulten necesarios para solicitar la autorización previa o efectuar el reporte posterior de publicidad estatal de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, incluyendo formatos, o fi cios, anexos, entre otros de similar naturaleza, en el marco del Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución N° 0922-2021-JNE. 1.3 En materia de contrataciones del Estado, respecto de la Unidad Ejecutora 001: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. b) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección que correspondan ser conocidos por la Entidad, en el marco de lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 1.4 En materia de Obras por Impuestos: a) Aprobar las Bases de los procesos de selección. b) Cancelar el proceso de selección.c) Solicitar la emisión del informe previo de la Contraloría General de la República, así como presentar la subsanación y/o remitir información adicional de ser el caso. d) Suscribir, modi fi car y resolver convenios con los Gobiernos Regionales y Locales para la ejecución conjunta o encargo de proyectos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.