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77 NORMAS LEGALES Viernes 11 de febrero de 2022 El Peruano / Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 063-2021-GRA/GR , de fecha 16 de marzo de 2021, el cual Resuelve CONFORMAR el Comité de Seguridad Ciudadana de la Región Ancash (CORESEC - ANCASH), por el Periodo 2021; Que, mediante INFORME N° 135-2021-GRA/GRAJ , de fecha 31 de marzo de 2021, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, después de un análisis legal y conforme a sus legales atribuciones OPINA : “(…) se DECLARE PROCEDENTE la aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021 , en base a las consideraciones expuestas en el presente informe (…)”; Que, es competencia del Consejo Regional de Ancash emitir ORDENANZAS REGIONALES , tal como lo prescribe el Artículo 38° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: “(…) Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia” ; dispositivo legal concordante con los Artículos 120° y 121° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash; Que, mediante el DICTAMEN N° 001-2021-GRA-CR/ CO-DHyPC, de fecha 28 de Abril de 2021, la Comisión Ordinaria de Derechos Humanos y Participación Ciudadana del Consejo Regional de Ancash, por acuerdo unánime de sus miembros concluyen que se apruebe el “Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana - 2021 del Gobierno Regional de Ancash”; Que, en Sesión Ordinaria Virtual del Consejo Regional realizada Vía Plataforma Zoom, el día Jueves 06 de Mayo del año en curso, en la Estación de ORDEN DEL DIA, la Consejera Delegada da cuenta el DICTAMEN N° 001-2021-GRA-CR/CO-DHyPC, de fecha 28 de Abril de 2021, disponiendo su lectura y posterior sustentación por parte del Presidente Comisión Ordinaria de Derechos Humanos y Participación Ciudadana; en ese contexto la Consejera Delegada da por culminada el debate sometiéndose acto seguido a la votación de forma nominal las recomendaciones señaladas en el DICTAMEN N° 001-2021-GRA-CR/CO-DHyPC, siendo APROBADA por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; Que, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria Virtual de Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley N° 27680, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash, ha aprobado: LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero. - APROBAR, el “PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA - 2021 DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH”, Conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, que modi fi ca el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN, a la Directiva N° 009-2019-IN-DGSC, validado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) y declarado apto para su implementación por la Dirección General de Seguridad Ciudadana. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Ancash, dispongan que la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), en el marco de su competencia funcional, adopten las medidas necesarias para la IMPLEMENTACIÓN del “Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana - 2021 del Gobierno Regional de Ancash”, debiendo informar trimestralmente a la Dirección Nacional de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, así como al Gobernador Regional y los miembros del Consejo Regional, sobre los avances en la implementación de los Planes de Seguridad Ciudadana. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, Diario de mayor circulación de la Región, en el Portal Web Institucional del Gobierno Regional de Ancash y en el Portal Electrónico de la Secretaria Técnica Regional de Seguridad Ciudadana, respectivamente. Comuníquese, al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash para su Promulgación. Dado en Sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los Seis días del mes de Mayo del Dos Mil Veintiuno. CARMEN EDITH LÓPEZ ASÍS Consejera Delegada POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los 21 días de mayo de 2021 HENRY AUGUSTO BORJA CRUZADO Gobernador Regional (P) 2038336-1 Ordenanza que “Crea la Red Regional de Mujeres Emprendedoras de la Región Ancash y la Mesa Multiactor, como mecanismo que Promueve la Autonomía Económica de las Mujeres, generación de servicios y herramientas de apoyo a la gestión de emprendimientos liderados por Mujeres y su articulación con mercados Nacionales e Internacionales” Consejo Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2021-GRA/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH; POR CUANTO:En Sesión Ordinaria Virtual del Consejo Regional de Ancash, llevada a cabo en la Ciudad de Huaraz el día Jueves 07 de Octubre del 2021, instada con la Convocatoria Nº 010-2021-SO-GRA-CR/CD, de fecha 01 de Octubre del 2021, visto y debatido el DICTAMEN N° 002-2021-GRA-CR/CO-DE, de fecha 28 de Setiembre de 2021, emitido por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional de Ancash, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, dispositivo legal concordante con los Artículos 8º, 9º y 31º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y, con el Artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás normas conexas; Que, el Artículo 9° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, consagra que los Gobiernos Regionales son competentes para: “(…) f) Dictar las normas inherentes a la gestión regional. g) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley. h) Fomentar la competitividad, las inversiones y el fi nanciamiento para