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56 NORMAS LEGALES Jueves 17 de febrero de 2022 El Peruano / de Plani fi cación - IMP, remite el Informe CEZ N° 010-2021-MML-IMP-DE/DGPT, por el cual emite opinión favorable al Cambio de Zoni fi cación de Industria Liviana (I2) a Otros Usos (OU), el cual señala lo siguiente: “i) El predio en consulta, ejerce la actividad correspondiente a un equipamiento urbano de culto y de educación y es incompatible con la actual zoni fi cación Industria Liviana (I2). El acceso al predio materia de evaluación se realiza directamente por la Carretera Central, vía integrante del Sistema Vial Metropolitano. ii) La cali fi cación de zonifi cación pedida de Otros Usos permite el desarrollo de actividad de Culto, que genera agrupación de personas y por el tamaño del lote, la necesidad de estacionamientos de sus asistentes permite la solución dentro del predio, sin utilizar la vía pública (…).Con lo cual, el IMP concluye en emitir opinión favorable al pedido de Cambio de Zoni fi cación solicitado de Industria Liviana (I2) a Otros Usos (OU) para culto y se limite al predio materia de solicitud del Cambio de Zoni fi cación, por desarrollar un uso de Local Religioso, según lo establecido en el Artículo 11 de la Ordenanza N° 2086; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Informe Nº D000227-2021-MML-GDU-SPHU-DP de 06 de mayo del 2021, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, concluye que el Cambio de Zoni fi cación de Industria Liviana (I2) a Otros Usos (OU), ubicado en la Avenida Carretera Central Lima-Chosica Lote 120-73 del Fundo La Estrella del distrito de Ate, de propiedad de la Iglesia Evangélica La Hermosa de las Asambleas de Dios del Perú, representada por Eliseo Pelagio De la Cruz Quispe, identi fi cado con DNI N° 15677478, tiene opinión técnica favorable; toda vez que contribuye a desarrollar el potencial socioeconómico del distrito de Ate, encontrándose ubicado en el eje estructurador del distrito, que es la Av. Carretera Central, con tendencia a convertirse en un eje potencialmente comercial de bienes y servicios que abastecen cada sector a lo largo de su recorrido, y que la ubicación de un equipamiento religioso y cultural frente a esta vía importante permitirá dotar y complementar la demanda de servicios culturales y religiosos de la población del entorno. Asimismo, la ubicación estratégica del predio permitiría el traslado oportuno y e fi ciente de la población que requeriría hacer uso de los servicios de culto que se propone, alcanzando a servir a la población residente actual y futura del distrito; Que, con Acuerdo de Concejo N° 41-2022 de 10 de febrero de 2022, se aprobó la licencia solicitada por el señor Alcalde Metropolitano de Lima Jorge Muñoz Wells, los días 10 y 11 de febrero de 2022 inclusive, por motivos personales. Asimismo, se encargó al Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, el despacho de la Alcaldía durante la ausencia del titular de la entidad, en el periodo indicado; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden y en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura mediante su Dictamen N° 089-2021-MML-CMDUVN de 26 de mayo de 2021, el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta. ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE ATE APROBADO POR ORDENANZA N° 1099 Artículo 1. Aprobar la modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de Ate, aprobado mediante Ordenanza N° 1099, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 12 de diciembre de 2007, de Industria Liviana (I2) a Otros Usos (OU), para el predio de 10,500.00 m² (1.05 Has), ubicado en la Avenida Carretera Central Lima-Chosica Lote 120-73 del Fundo La Estrella del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, solicitada por la Iglesia Evangélica La Hermosa de las Asambleas de Dios del Perú, representada por Eliseo Pelagio De la Cruz Quispe, identi fi cado con DNI N° 15677478, solicitado mediante el Expediente N° 211423-2019, conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zoni fi cación de Ate, la modi fi cación aprobada en el Artículo 1 de la presente Ordenanza. Artículo 3. Notifi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Ate, a fi n de que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el referido Diario O fi cial. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 2039448-4 Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de La Molina aprobado por Ordenanza N° 1144 y actualizado con Ordenanza N° 1661 ORDENANZA N° 2442-2022 Lima, 10 de febrero de 2022EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante Ley N° 27972), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula