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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (27/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Domingo 27 de febrero de 2022 El Peruano / 21) La Sala Penal Liquidadora Transitoria del Distrito de Villa María del Triunfo, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, encargada de liquidar los procesos penales con el Código de Procedimientos Penales de 1940, al mes de noviembre de 2021 resolvió 256 expedientes de una carga procesal de 1,208, obteniendo un avance de meta del 76%, el cual fue menor al avance ideal del 92% que debió registrar al mes de noviembre del año 2021; asimismo, se observa que la Sala Penal Liquidadora Transitoria registró durante el período de enero a noviembre de 2021 ingresos de 724 expedientes correspondientes a procesos con el Código de Procedimientos Penales de 1940, mientras que las Salas Penales de Apelaciones de los Distritos de San Juan de Mira fl ores y Villa María del Triunfo desde el mes de junio de 2021, en que se implementó el Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Lima Sur, han registrado ingresos de apenas 53 y 19 expedientes, correspondientes a procesos con esta nueva norma procesal penal; razón por la cual podrían apoyar en la liquidación de procesos con el antiguo sistema procesal hasta equilibrar su carga procesal con el nuevo sistema procesal. 22) El Juzgado Civil Transitorio del Centro Poblado Huertos de Manchay, Distrito de Pachacámac, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, el cual tramita con turno abierto los procesos civiles, laborales y de familia, con excepción de violencia familiar, al mes de noviembre de 2021 resolvió solo 184 expedientes de una carga procesal de 933, obteniendo un bajo avance de meta del 34%, el cual fue mucho menor al avance ideal del 92% que debió registrar al mes de noviembre del año 2021, lo cual representa cinco meses de atraso respecto al referido avance ideal; además, registró 60 improcedencias que representan el 33% de su ya baja producción; por lo que al restar dichas improcedencias su avance pasa del 34% al 23%, lo cual evidencia que no estaría realizando una adecuada descarga procesal ya que este juzgado transitorio, a efectos de disimular su bajo desempeño, estaría concentrando mayores esfuerzos en atender los expedientes en etapa de cali fi cación en desmedro de los expedientes en etapa de trámite. 23) El Juzgado Civil Permanente del Distrito de San Juan de Mira fl ores, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, al mes de noviembre de 2021 resolvió 564 expedientes de una carga procesal de 1,198, obteniendo un avance de meta del 114%; sin embargo, registró 155 improcedencias que representaron el 28% de su producción, por lo que al restar dichas improcedencias su avance del 114% baja al 83%, lo cual evidencia que no estaría realizando una adecuada descarga procesal, ya que este juzgado permanente estaría concentrando mayores esfuerzos en atender los expedientes en etapa de cali fi cación, en desmedro de los expedientes en etapa de trámite. 24) El Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Chorrillos, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, que tramita con turno abierto los procesos civiles al ser el único en dicha especialidad en el Distrito de Chorrillos, al mes de noviembre de 2021 resolvió 124 expedientes de una carga procesal de 1,540, obteniendo un avance de meta del 113%; sin embargo, registró 155 improcedencias que representaron el 20% de su producción; por lo que al restar dichas improcedencias su avance pasa del 113% al 90%, lo cual evidencia que no estaría realizando una adecuada descarga procesal ya que este juzgado transitorio estaría concentrando mayores esfuerzos en atender los expedientes en etapa de cali fi cación en desmedro de los expedientes en etapa de trámite. 25) Mediante el artículo décimo de la Resolución Administrativa Nº 325-2021-CE-PJ se dispuso ampliar, a partir del 1 de octubre de 2021 hasta el 31 de enero de 2022, la competencia funcional de la Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Piura para que tramite con turno abierto los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). Al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Piura, mediante O fi cio Nº 02040-2021-P-CSJPI- PJ, ha solicitado la prórroga de competencia funcional de la Sala Laboral Transitoria de Piura para que siga tramitando con turno abierto los procesos de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP); así como que se apruebe el cierre de turno de la 1º y 2º Salas Civiles por un periodo de tres meses, observándose que estas salas superiores registraron respectivamente al mes de noviembre de 2021 una elevada carga pendiente de 1025 y 1227 expedientes; asimismo, considerando que la Sala Laboral Transitoria de Piura actualmente continúa atendiendo con turno abierto los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), según lo informado por el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Piura, resulta recomendable ampliar la competencia funcional de dicha sala transitoria para los procesos de dicha subespecialidad por un periodo de cuatro meses con efectividad al 1 de febrero de 2022, y disponer a partir del 1 de marzo de 2022, el cierre de turno de la 1º y 2º Salas Civiles para tramitar los procesos de la referida subespecialidad laboral, por un período de cuatro meses. 26) Mediante el artículo undécimo de la Resolución Administrativa Nº 325-2021-CE-PJ se dispuso, a partir del 1 de octubre de 2021 hasta el 31 de enero de 2022, que el 2º Juzgado de Trabajo permanente de la Provincia de Piura cierre turno para el ingreso de expedientes, y que durante el mismo período el 3°, 4° y 7° Juzgados de Trabajo Transitorios de la misma provincia, abran turno para el ingreso de expedientes laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), disposición que no fue ampliada durante el mes de febrero de 2022, razón por la cual se ha abierto turno al 2° Juzgado de Trabajo Permanente de la Provincia de Piura para los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y se ha cerrado turno al 3°, 4° y 7° Juzgados de Trabajo Transitorios de la misma provincia, para los procesos de la referida subespecialidad, según lo informado por el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Piura; sin embargo, al observarse que el 2° Juzgado de Trabajo Permanente de Piura todavía registra una carga pendiente de 1669 expedientes, y que el 3°, 4° y 7° Juzgados de Trabajo Transitorios de la misma provincia registran una carga pendiente de 336, 521 y 628 expedientes, se ha considerado conveniente que por un período de dos meses este juzgado permanente cierre turno y se abra turno al 4° Juzgado de Trabajo Transitorio de Piura para los procesos de la referida subespecialidad laboral, y que por un período de tres meses se abra turno al 3° y 7° Juzgados de Trabajo Transitorios de la misma provincia para el ingreso de expedientes de la referida subespecialidad. 27) El 7° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura, el cual tiene competencia funcional para tramitar los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de noviembre de 2021 registró 670 expedientes resueltos de una carga procesal de 1,300, con lo cual alcanzó un avance de meta del 74%, cifra inferior al avance ideal del 92% correspondiente a dicho mes, lo cual representa un atraso de más de dos meses respecto al referido avance ideal. 28) El 2° Juzgado Civil Permanente del Distrito de Castilla, Corte Superior de Justicia de Piura, resolvió 447 al mes de noviembre de 2021, obteniendo un avance del 65%, cifra que representa un atraso mayor a tres meses respecto al avance ideal del 92% que debió presentar a noviembre de 2021. 29) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Paita, Corte Superior de Justicia de Piura, el cual tramita con turno abierto los procesos de la especialidad civil y de familia, con excepción de los procesos de la subespecialidad de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar; así como de la especialidad laboral al amparo de la Ley N° 26636 y los de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de noviembre de 2021 resolvió 436 expedientes de una carga procesal de 911, obteniendo un avance de meta del 81%, el cual fue menor al avance ideal del 92% que debió registrar al mes de noviembre del año 2021; mientras que el Juzgado Civil Permanente de Paita, cuya competencia funcional comprende procesos de la subespecialidad de violencia contra las mujeres e