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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (27/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Domingo 27 de febrero de 2022 El Peruano / Segundo. Que, a fi n de emitir pronunciamiento en la propuesta presentada por la Comisión Nacional de Productividad, resulta necesario solicitar informe a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Madre de Dios y Puno; así como prorrogar el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios que tienen fecha de vencimiento el 28 de febrero del año en curso. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 146- 2022 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 16 de febrero de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Lama More por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de marzo de 2022, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: Hasta el 31 de marzo de 2022 Corte Superior de Justicia de Madre de Dios - Juzgado Civil Transitorio - Tambopata Hasta el 31 de mayo de 2022 Corte Superior de Justicia de Lima Sur - Sala Civil Transitoria - Chorrillos Artículo Segundo.- Disponer que la Sala Civil Permanente del Distrito de Villa María del Triunfo, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, por excepción, y en un plazo no mayor de 15 días calendario, deberá redistribuir a la Sala Civil Transitoria del Distrito de Chorrillos, de la referida Corte Superior, como máximo la cantidad de 500 expedientes en forma proporcional por cada especialidad que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de marzo de 2022, ni tengan vista de causa señalada al 30 de abril del mismo año; los cuales, bajo responsabilidad, y de acuerdo a los estándares aprobados, deberán de ser resueltos durante el presente período de prórroga. Artículo Tercero.- Cursar o fi cio a la Presidenta y Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Puno y Madre de Dios para que en la siguiente sesión informen respecto a la propuesta de modi fi cación de las competencias territoriales y funcionales de sus respectivos Distritos Judiciales, presentada por el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Ofi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Lima Sur, Madre de Dios y Puno; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO PresidentaConsejo Ejecutivo 2043047-4 Disponen diversas medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Ayacucho CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000059-2022-CE-PJ Lima, 24 de febrero del 2022VISTOS: El O fi cio N° 000074-2022-ST-UETI-CPP-PJ cursado por el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, el O fi cio N° 000037-2022-P-CSJAY-PJ remitido por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; y el Informe N° 000022-2022-MYE-ST-UETICPP-PJ elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho solicita la redistribución de la carga pendiente penal por liquidar de la Sala Laboral a la 1° y 2° Salas Penales de Apelaciones de Huamanga, para el conocimiento de procesos bajo el amparo del Código de Procedimientos Penales de 1940. Segundo. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 348-2020-CE-PJ dispuso que la disposición contenida en el Acuerdo N° 1145-2020 de fecha 23 de setiembre de 2020, respecto a que las propuestas de reubicación y/o conversión de órganos jurisdiccionales a nivel nacional se mantengan en suspenso mientras dure el periodo de emergencia sanitaria declarada por la pandemia del COVID-19, se amplíe a las redistribuciones y/o remisiones de expedientes entre órganos jurisdiccionales. Tercero. Que, de acuerdo al análisis realizado se advierte que la 1° y 2° Salas Penales de Apelaciones del Distrito de Huamanga, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, se encuentran en un estado de sub carga procesal; asimismo, se veri fi có que la mayor carga penal en liquidación de la Sala Laboral del mismo distrito se encuentra en estado de reserva; por lo que, resulta viable ampliar la competencia de las Salas Penales de Apelaciones de tal manera que, acorde a su especialidad y de manera excepcional, puedan conocer y continuar con la tramitación de la carga penal pendiente por liquidar de la Sala Laboral, toda vez que el proceso de redistribución no implicaría el traslado de expedientes entre sedes, salvaguardando la integridad física de los jueces/zas y servidores/as judiciales. Cuarto. Que, por lo expuesto en el Informe N° 000022-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 133- 2022 de la quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 9 de febrero de 2022, realizada con la participación de los señores y señora Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin la intervención de la señora Consejera Medina Jiménez por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de marzo de 2022, las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Ayacucho: