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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (27/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Domingo 27 de febrero de 2022 El Peruano / y previsional (PCALP); así como para liquidar los procesos laborales de la Ley Nº 26636 (LPT), teniendo competencia funcional para los procesos con la Nueva Ley Procesal del Trabajo desde el 7 de octubre del año 2021, en razón de la implementación de dicha norma procesal en el Distrito Judicial de San Martín, dispuesta a partir de la referida fecha, conforme a lo dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 287-2021-CE-PJ; al mes de diciembre de 2021 resolvió 127 expedientes de una carga procesal de 503, con lo cual alcanzó un avance de meta anual del 37%, el cual fue muy inferior al avance ideal de 100% y representa un atraso mayor a tres meses respecto a dicho avance ideal. n) El 2° Juzgado de Familia Transitorio del Distrito de Nuevo Chimbote, Provincia y Corte Superior de Justicia del Santa, que tramita con turno abierto los procesos de familia de la subespecialidad de Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar al amparo de la Ley N° 30364, al mes de diciembre de 2021 resolvió 2,258 expedientes, obteniendo un avance de meta anual de 125%; sin embargo, presentó una inconsistencia al registrar una carga pendiente negativa de -22 expedientes. o) Mediante O fi cio N° 000444-2021-P-CSJSU-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justica de Sullana solicitó que la carga procesal del 2° Juzgado de Familia Sub Especializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Sullana, que no corresponde a procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Ley N° 30364, sea remitida al Juzgado Civil Transitorio de Sullana. Al respecto, el 2° Juzgado de Familia de la Provincia de Sullana, que se convirtió a la subespecialidad de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar desde el mes de junio de 2021, registró al 31 de diciembre del año 2021 una carga pendiente de 483 expedientes, de los cuales 399, que equivalen al 83% de dicha carga pendiente, corresponden a los procesos que no son tramitados con la Ley N° 30364, lo cual evidencia que la exclusividad de este juzgado para el trámite de expedientes con la referida ley no le permite realizar una descarga procesal efectiva en las otras subespecialidades de familia, cuyos justiciables también requieren de celeridad en la resolución de dichos procesos; razón por la cual, resulta conveniente y necesario que dicha carga pendiente de procesos de familia que no correspondan a la Ley N° 30364 sea redistribuida al 2° Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Sullana, el cual entrará en funcionamiento a partir del 1 de marzo de 2022 y tendrá competencia funcional para tramitar con turno cerrado los procesos de la especialidad laboral y familia que no correspondan a la subespecialidad de violencia familiar de la Ley N° 30364, conforme a lo dispuesto en el artículo quinto de la Resolución Administrativa N° 447-2021-CE-PJ. Sexto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 160- 2022 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 16 de febrero de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención de los señores Lama More y Arias Lazarte, por encontrarse de vacaciones y en reunión de trabajo programada con anterioridad, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de marzo de 2022, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios:Hasta el 31 de marzo de 2022 Corte Superior de Justicia de Lima Norte- Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio - Independencia Hasta el 30 de abril de 2022 Corte Superior de Justicia de San Martín- Juzgado de Trabajo Transitorio - TarapotoHasta el 31 de mayo de 2022 Corte Superior de Justicia de Amazonas- Juzgado de Trabajo Transitorio - ChachapoyasCorte Superior de Justicia de Huaura- 2° Juzgado de Trabajo Transitorio - HuachoCorte Superior de Justicia de Lima- Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo Transitoria - Lima Corte Superior de Justicia de Lima Sur- Juzgado de Paz Letrado Transitorio - Centro Poblado Huertos de Manchay Corte Superior de Justicia de Madre de Dios- Juzgado de Trabajo Transitorio - TambopataHasta el 30 de junio de 2022 Corte Superior de Justicia de Arequipa- Juzgado de Paz Letrado Transitorio - Cerro Colorado Corte Superior de Justicia de Lima Sur - Juzgado de Trabajo Transitorio - San Juan de Mira fl ores Corte Superior de Justicia de Piura- Sala Laboral Transitoria - PiuraHasta el 31 de julio de 2022 Corte Superior de Justicia de Arequipa- Juzgado Civil Transitorio - La JoyaCorte Superior de Justicia de Cajamarca- Juzgado Civil Transitorio - CajabambaCorte Superior de Justicia de Piura - 1° Juzgado de Familia Transitorio subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Piura Corte Superior de Justicia de San Martín - Juzgado Civil Transitorio - TocacheCorte Superior de Justicia del Santa- 2° Juzgado de Familia Transitorio subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Nuevo Chimbote Corte Superior de Justicia de la Selva Central - Juzgado de Paz Letrado Transitorio - Puerto Bermúdez