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54 NORMAS LEGALES Jueves 7 de julio de 2022 El Peruano / por la ley sustantiva, no se admite interpretación extensiva o analógica de la ley, como lo ha realizado el Consejo Regional de Madre de Dios. f) Se encuentra gozando de sus vacaciones otorgadas por el Gobierno Regional de Madre de Dios, por lo que no debió admitirse ningún trámite de suspensión hasta que se haya reincorporado a sus labores. No se podría suspender a un funcionario de un cargo que no ostenta. g) El acuerdo impugnado transgrede el principio de motivación de las resoluciones, por cuanto no esgrime las razones por la que se ha dispuesto su suspensión por 120 días. Además, argumenta que, si se está aplicando la norma municipal, entonces debe aplicarse la misma consecuencia jurídica, esto es, debió establecerse por el plazo que dure la detención. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 2 del artículo 2 señala que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la Ley. 1.2. El artículo 43 señala que el gobierno de la República del Perú es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes. 1.3. El artículo 44 establece que son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación 1.4. El artículo 51 reitera que la Constitución prevalece sobre toda norma legal. 1.5. El segundo párrafo del artículo 138 establece que, en todo proceso, de existir incompatibilidad entre una norma constitucional y una norma legal, los jueces prefi eren la primera . 1.6. El numeral 4 del artículo 178 prescribe, como atribución del Jurado Nacional de Elecciones, la administración de justicia en materia electoral. 1.7. El numeral 5 del referido artículo determina que es competencia de este organismo electoral proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes . 1.8. El artículo 191 precisa que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia . 1.9. El artículo 192 establece que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. En la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.10. El artículo 1 indica que el Jurado Nacional de Elecciones es un organismo autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público encargado de administrar justicia en materia electoral . 1.11. El literal j del artículo 5 prescribe como una de las funciones del Jurado Nacional de Elecciones la expedición de las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares. 1.12. El artículo 23 dispone que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones aprecia los hechos con criterio de conciencia. Resuelve, oportunamente, con arreglo a la Constitución Política del Perú, las leyes y los principios generales del derecho . En materias electorales, de referéndum o de otras consultas populares, sus resoluciones son dictadas en instancia fi nal, de fi nitiva y no son susceptibles de revisión.En la Ley Nº 31307, Ley que aprueba el Nuevo Código Procesal Constitucional 1.13. El artículo VII del Título Preliminar señala lo siguiente: Artículo VII. Control difuso e interpretación constitucional Cuando exista incompatibilidad entre la Constitución y otra norma de inferior jerarquía, el juez debe preferir la primera, siempre que ello sea relevante para resolver la controversia y no sea posible obtener una interpretación conforme a la Constitución . […]Los jueces interpretan y aplican las leyes o toda norma con rango de ley y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales conforme a la interpretación que resulte de las resoluciones del Tribunal Constitucional. [Énfasis agregado]. En la LOGR1.14. El artículo 11 establece la estructura, organización y funciones de los gobiernos regionales, así también determina su composición orgánica y de fi ne a la gobernación regional como su órgano ejecutivo, conformado por el gobernador y vicegobernador regionales. 1.15. El literal g del artículo 15, prescribe como una de las atribuciones del consejo regional, declarar la vacancia y suspensión del gobernador, vicegobernador y consejeros regionales. 1.16. El artículo 23, precisa que el vicegobernador regional reemplaza al gobernador regional por suspensión o vacancia, con las prerrogativas propias del cargo. 1.17. El numeral 2 del artículo 31, establece que el cargo de gobernador, vicegobernador y consejero se suspenden por “ Mandato fi rme de detención derivado de un proceso penal ” [resaltado agregado]. 1.18. El segundo párrafo del artículo 31 dispone lo siguiente: La suspensión es declarada en primera instancia por el Consejo Regional, dando observancia al debido proceso y el respeto al ejercicio del derecho de defensa, por mayoría del número legal de miembros, por un período no mayor de ciento veinte (120) días en el caso de los numerales 1 y 2 (…). En la LOM1.19. El numeral 3 del artículo 25 indica que el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende “por el tiempo que dure el mandato de detención”. En el TUO de la LPAG 1.20. El numeral 21.2 del artículo 21 indica que, en caso de que el administrado no haya indicado domicilio, o que éste sea inexistente, la autoridad deberá emplear el domicilio señalado en el Documento Nacional de Identidad del administrado . 1.21. El numeral 21.4 del artículo 21 establece que la noti fi cación personal se entenderá con la persona que deba ser noti fi cada o su representante legal, pero de no hallarse presente cualquiera de los dos en el momento de entregar la noti fi cación, podrá entenderse con la persona que se encuentre en dicho domicilio , dejándose constancia de su nombre, documento de identidad y de su relación con el administrado. 1.22. El artículo 27 indica lo siguiente: Artículo 27.- Saneamiento de noti fi caciones defectuosas 27.1 La noti fi cación defectuosa por omisión de alguno de sus requisitos de contenido, [ sic] surtirá efectos legales a partir de la fecha en que el interesado mani fi esta expresamente haberla recibido, si no hay prueba en contrario. 27.2 También se tendrá por bien noti fi cado al administrado a partir de la realización de actuaciones