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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2022 (07/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Jueves 7 de julio de 2022 El Peruano / que debe efectivizarse desde el 2 de setiembre hasta el 1 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidato en las ERM 2022. 2.2. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue concedida por los miembros del consejo regional conforme al Acuerdo de Consejo Regional Nº 092-2022-GRH-CR, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 1 de octubre de 2022. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.4.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días antes de la fecha de elecciones, como establece el literal e del numeral 1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.2.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Consejo Regional de Huánuco y con la fi nalidad de mantener la representación de la provincia de Leoncio Prado, corresponde convocar a doña Lilian María Alcántara Leyva, identi fi cada con DNI Nº 09256553, accesitaria inscrita no proclamada de la organización política Avanzada Regional Independiente Unidos por Huánuco, para que asuma, temporalmente, el cargo de consejera regional por la provincia de Leoncio Prado, Gobierno Regional de Huánuco (ver SN 1.5.). 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Regionales Electas del Gobierno Regional de Huánuco, del 20 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 4. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Rolando Flores Martín, consejero regional por la provincia de Leoncio Prado, Gobierno Regional de Huánuco, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña Lilian María Alcántara Leyva, identi fi cada con DNI Nº 09256553, para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejera regional por la provincia de Leoncio Prado, Gobierno Regional de Huánuco, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades>. 2083811-1Confirman la Resolución N° 000784-2022-DNROP/JNE, emitida por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas, que dispuso la suspensión del procedimiento de inscripción de la organización política en vías de inscripción Frente Popular Agrícola Fía de Perú, hasta que el Registro de Organizaciones Políticas sea reabierto después de concluido el proceso de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 RESOLUCIÓN Nº 0974-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022014979 LIMA - LIMA - LIMADNROPAPELACIÓN Lima, veintisiete de junio de dos mil veintidós.VISTO: en audiencia pública virtual del 23 de junio de 2022, debatido y votado en la fecha, el recurso de apelación interpuesto por doña Carmen Lupe Cerón Huamán personera legal titular de la organización política en vías de inscripción Frente Popular Agrícola Fía de Perú (en adelante, señora personera legal), en contra de la Resolución Nº 000784-2022-DNROP/JNE, del 15 de junio de 2022, emitida por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (en adelante, DNROP), que dispuso la suspensión del procedimiento de inscripción de la referida organización política, hasta que el Registro de Organizaciones Políticas (en adelante, ROP) sea reabierto después de un mes de concluido el proceso de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM2022). Oído: el informe oralPRIMERO. ANTECEDENTES1.1. El 11 de noviembre de 2021, la señora personera legal solicitó ante el ROP la inscripción de la organización política Frente Popular Agrícola Fía de Perú (en adelante FREPAP). 1.2. La síntesis de la referida solicitud de inscripción fue publicada en diario o fi cial El Peruano , el 4 de junio de 2022. Tachas presentadas 1.3. El 8 de junio de 2022, doña Rubi Elisa Baigorrea León presentó tacha en contra de la solicitud de inscripción de FREPAP, la cual se declaró infundada mediante la Resolución Nº 000724-2022-DNROP/JNE, del 9 del mismo mes y año. Este pronunciamiento fue apelado por la señora tachante el 14 de junio de 2022 y visto en la audiencia pública del 21 de junio de 2022. 1.4. El 9 de junio de 2022, don Walter Christian Sabogal Prado presentó tacha en contra de la solicitud de inscripción de FREPAP, la cual se declaró infundada mediante la Resolución Nº 000748-2022-DNROP/JNE, del 13 de junio de 2022. 1.5. El 9 de junio de 2022, don Luis Enrique Zumaeta Cárdenas presentó tacha en contra de la solicitud de inscripción de FREPAP, la cual se declaró infundada mediante la Resolución Nº 000749-2022-DNROP/JNE, del 13 de junio del presente año. Este pronunciamiento fue con fi rmando vía recurso de apelación, a través de la Resolución Nº 966-2022-JNE, emitida por este Supremo Tribunal Electoral. Suspensión del procedimiento de inscripción1.6. Por medio de la Resolución Nº 000784-2022-DNROP/JNE, del 15 de junio de 2022, la DNROP dispuso la suspensión del procedimiento de