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46 NORMAS LEGALES Martes 12 de julio de 2022 El Peruano / b.1. Tercer hecho atribuido Uso de personal y equipo en labores fuera del distrito, como la fumigación de la escuela de Policía Nacional del Perú de los distritos de Puente Piedra y El Rímac, todo lo cual equivale a un costo en desmedro del patrimonio municipal. b.2. Cuarto hecho atribuido Uso de personal municipal en la repartición de canastas fuera del distrito de La Molina, en los distritos de El Agustino, Pachacamac y otros. b.3. Quinto hecho atribuido Uso de personal e infraestructura municipal en la promoción de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE). b.4. Sexto hecho atribuido Uso de personal e infraestructura de la Clínica Móvil Municipal fuera del distrito de La Molina. b.5. Séptimo hecho atribuido Uso de personal e infraestructura de la planta Municipal de Oxígeno fuera del distrito de La Molina. c. Indebida y/o irregular contratación en tiempo de pandemia de don Marcelo Ricardo Oxenford Borton (en adelante, don Marcelo). c.1. Octavo hecho atribuido Mediante Expediente Nº 05752-2020, la señora recurrente solicitó los contratos suscritos por don Marcelo, del 2018 al 2020, donde se precise la convocatoria y perfi les del cargo, informe de los servicios prestados, conformidad del servicio y necesidad del servicio en tiempo de pandemia. De los términos de referencia, orden de servicio y conformidad de servicios de dichos años, se desprende que no existe una justi fi cación del incremento remunerativo de S/ 10 044 para cumplir el servicio de supervisión de los talleres de teatro, siendo la carga de trabajo inferior al de instructor por el cual percibía la suma de S/ 3 000. Además, se veri fi ca que a pesar de la cuarentena y aislamiento dispuesto por el gobierno central, don Marcelo seguía percibiendo el mismo monto y bajo los mismos términos de referencia, desnaturalizando la contratación, con el agravante que esta se venía realizando en plena pandemia por el COVID-19 en perjuicio y desmedro del patrimonio municipal. 1.2. Para acreditar los hechos atribuidos presentó los siguientes medios probatorios: 1.2.1. Invitación del Comité Ejecutivo Distrital de San Juan de Lurigancho del partido Movimiento Ciudadano Perú, bajo la presidencia del señor alcalde. 1.2.2. Foto de la reunión en San Juan de Lurigancho, descargada de la página web “Voces de La Molina”. 1.2.3. Fotos de la inauguración y juramentación de la base del distrito de Pueblo Libre, coordinadas por el funcionario de la Municipalidad, don Fidel Bratzo García Durante, Subgerente de Gestión de Talento Humano. 1.2.4. Fotografías de polos con nombre del señor alcalde, logo de la Municipalidad y logo de la AMPE. 1.2.5. Fotografía de actividad municipal donde se aprecia que personal de la Municipalidad está uniformado con los polos con los logos de esta y de la AMPE. 1.2.6. Toma de Facebook, donde denuncian uso indebido de recursos de la Municipalidad, donde se consigna el requerimiento de pago de parte de la empresa Villatex por la suma de S/ 63 000.00 por la adquisición de 2000 polos publicitarios, conforme las especi fi caciones indicadas: nombre del señor alcalde, frase “la Molina se respeta”, logo de la Municipalidad, en el pecho, lado izquierdo, y, en la manga, el logo de la AMPE. 1.2.7. Dos fotografías de la Orden de Servicio Nº 1829 para cancelación de S/ 63 000.00 de acuerdo a factura presentada por la empresa Villatex, foto de la esposa del señor alcalde y el funcionario don César Carrión con polos publicitarios. 1.2.8. Fotografía de inconsistencias en el tema de canastas a población vulnerable y reclamo de vecinos del sector Los Pinos.1.2.9. Fotografía sobre la denuncia en página de Facebook por despilfarro en adquisición de indumentaria publicitaria. 1.2.10. Fotografía sobre la denuncia en página de Facebook por entrega de alimentos promocionando al señor alcalde. 1.2.11. Dos fotografías de información de internet del programa 24 Horas del canal de televisión Panamericana, sobre cuestionamiento de donación de pollos por la empresa Redondos y la participación de don Fernando Mora García en la entrega a los vecinos del distrito de El Agustino. 1.2.12. Solicitud de acceso a la información pública, del 30 de julio de 2020, Expediente Nº 04633-2-2020, a través del cual se solicitó toda la información respecto a la implementación del Hospital Móvil Municipal y de la Planta Municipal de Oxígeno. 1.2.13. Escrito, del 28 de agosto de 2020, Expediente Nº 05289-2-2020, reiterando el pedido de información sobre canastas para familias vulnerables por COVID-19, paneles y polos publicitarios a favor de personal y logo de la Municipalidad y de la AMPE. 1.2.14. Informe Nº 429-2020-MDLM-GDHE-SPSS, del 6 de agosto de 2020, emitido por la Subgerencia de Programas Sociales y Salud, en el cual se re fi ere que no realizó ninguna acción para implementar el Hospital Móvil Municipal y respecto a la Planta de Oxigeno que esta pertenece a la AMPE. 1.2.15. Memorando Nº 2321-2020-MDLM-GAF, del 19 de agosto de 2020, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas a través del cual se informa que no se realizó ningún requerimiento respecto al servicio de publicidad y compra de polos publicitarios con la leyenda de “FE”, ni ninguna otra adquisición publicitaria. 1.2.16. Orden de Servicio Nº 156 (SIAF 686), Conformidad de Servicios Nº 00194, y término de referencia, correspondiente a enero de 2018, respecto de don Marcelo. 1.2.17. Orden de Servicio Nº 328 (SIAF 1363), Conformidad de Servicios Nº 00429, y término de referencia, correspondiente a enero de 2019, respecto de don Marcelo. 1.2.18. Orden de Servicio Nº 420 (SIAF 715), Conformidad de Servicios Nº 00470, y término de referencia, correspondiente a enero de 2020, respecto de don Marcelo. 1.2.19. Orden de Servicio Nº 1052 (SIAF 2008), Conformidad de Servicios Nº 01234, y término de referencia, correspondiente a febrero de 2020, respecto de don Marcelo. 1.2.20. Orden de Servicio Nº 2410 (SIAF 3276), Conformidad de Servicios Nº 02044, y término de referencia, correspondiente a marzo de 2020, respecto de don Marcelo. 1.2.21. Orden de Servicio Nº 3044 (SIAF 5180), Conformidad de Servicios Nº 02133, y término de referencia, correspondiente a abril de 2020, respecto de don Marcelo. 1.2.22. Seis fotografías sobre entrega de canastas de víveres. 1.2.23. Fotografía sobre “funcionaria de la Municipalidad”. 1.2.24. Invitación a través de los canales o medios de la Municipalidad, realizada por el señor alcalde, a participar en el lanzamiento de la primera Planta de Oxígeno de Lima. 1.2.25. Publicidad con fotografía del señor alcalde a quien se le ve con un polo con la palabra “Fe”, con relación a la construcción de la Planta Municipal de Oxígeno. 1.2.26. Fotografía sobre canal de noticia de la primera Planta Municipal de Oxígeno. 1.2.27. Fotografía del programa de televisión Porque hoy es Sábado con Andrés sobre la inauguración de la Planta Medicinal de Oxígeno. 1.2.28. Fotografía de la pagina web o fi cial de la Municipalidad, respecto a la planta de oxígeno. 1.2.29. Dos fotografías de publicidad de la AMPE con relación a la Planta Móvil de Oxígeno. 1.2.30. Fotografía del programa televisivo Porque hoy es Sábado con Andrés donde se observa al señor alcalde.