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59 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de junio de 2022 El Peruano / aulas previo al inicio del periodo académico 2024-I; y, tres (3) aulas previo al inicio del periodo académico 2024-II. iii. Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los periodos académicos 2024-II, 2025-I, 2025-II, 2026-I, 2026-II y 2027-I, evidencias de la implementación progresiva (adquisición e implementación) de los recursos no presenciales para los siguientes tres años de los nuevos programas. Esto en línea con Plan de implementación de recursos no presenciales, y también con lo declarado en su plan de implementación de equipamiento de laboratorios. Tercero.- PRECISAR que la presente Resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación. Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 017-2022-SUNEDU-02-12 del 24 de mayo de 2022 a la Universidad Autónoma del Perú S.A.C., encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario a realizar el trámite correspondiente. Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 017-2022-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria–Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, publicada el 14 de marzo de 2017 en el diario o fi cial “El Peruano” y modi fi cada mediante Resoluciones del Consejo Directivo N° 048-2018-SUNEDU/CD, N° 063-2018-SUNEDU/CD, N° 096-2019-SUNEDU/CD, N° 139-2019-SUNEDU/CD, N° 105-2020-SUNEDU/CD, N° 049-2021-SUNEDU/CD y 091-2021-SUNEDU/CD, publicadas en el diario ofi cial “El Peruano” el 31 de mayo de 2018, el 29 de junio de 2018, el 23 de julio de 2019, el 31 de octubre de 2019, el 25 de agosto de 2020, el 8 de mayo de 2021 y 3 de septiembre de 2021, respectivamente. 2 Se aprobó la solicitud de modi fi cación Resolución de Consejo Directivo N° 109-2019-SUNEDU/CD, del 14 de agosto de 2019, Resolución de Consejo Directivo N° 181-2019-SUNEDU/CD, del 30 de diciembre del 2019, Resolución de Consejo Directivo N°147-2020-SUNEDU/CD, del 23 de diciembre del 2020 3 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modi fi cado -entre otras- por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU-CD. (…) Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional pueden solicitar a la Sunedu su modi fi cación, en los siguientes escenarios: (a) creación de fi lial, (b) creación de local, (c) creación de programa conducente a grados y títulos, (d) cambio de denominación y/o creación de mención, (e) cambio de modalidad; y, (f) cambio de locación. 4 Aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, la Resolución de Consejo Directivo N° 003-2019-SUNEDU/CD, el Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU y la Resolución del Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD. 5 (…) c) Creación de programa conducente a grados y títulos.–Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 26, 27, 28, 32, 33, 42 y 43 establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…) 6 Presentada mediante RTD N° 047546-2021-SUNEDU-TD. 7 Según el Formato de Licenciamiento A4, presentado mediante RTD N° 069054-2021-SUNEDU-TD del 9 de diciembre del 2021; estos programas son Ingeniería de Software (P18) en modalidad presencial, Ingeniería de Software (P19) en modalidad semipresencial, Ingeniería Ambiental (P20) en modalidad presencial, Ingeniería Industrial (P21) en modalidad semipresencial, Psicología (P22) en modalidad semipresencial, la Maestría de Administración de Empresas–MBA (P23) en modalidad a distancia y la Maestría en Gestión Pública (P24) en modalidad semipresencial. 8 Presentada con RTD N° 062498-2021-SUNEDU-TD. 9 Presentada mediante RTD N° 069054-2021-SUNEDU-TD. 10 Presentada mediante RTD N° 047546-2021-SUNEDU-TD. 11 Presentada mediante RTD N° 008153-2022-SUNEDU-TD. 12 Presentada mediante RTD N° 047546-2021-SUNEDU-TD. 13 Presentada mediante RTD N° 011405-2022-SUNEDU-TD. 14 Presentada mediante RTD N° 014998-2022-SUNEDU-TD. 15 Presentada mediante RTD N° 018270-2022-SUNEDU-TD. 16 La referida diligencia se llevó a cabo en la fecha programada, a través de la plataforma Microsoft Teams. 17 Suscrita el 24 de marzo de 2022. 18 Suscrita el 25 de marzo de 2022. 19 Presentada mediante RTD N° 020321-2022-SUNEDU-TD. 20 Realizada los días 24 y 25 de marzo de 2022. 21 Presentado mediante RTD N° 021926-2022-SUNEDU-TD. 22 Presentado mediante RTD N° 026401-2022-SUNEDU-TD. 23 Presentada mediante RTD N° 073518-2022-SUNEDU-TD. 24 Presentado mediante RTD N° 027556-2022-SUNEDU-TD. 25 Dicho plazo es suspendido por cinco (5) días hábiles, contados desde la presentación de la información, esto es desde del 13 de mayo al 19 de mayo de 2022. 26 Las referidas reuniones se realizaron los días, 7 de diciembre de 2021, 6 y 26 de enero de 2022, 8 de febrero de 2022, el 2 y 11 de marzo de 2022, y el 12 de mayo de 2022. 2072896-1 Aceptan cese voluntario total de la oferta de un programa académico conducente a grado académico y título profesional solicitado por la Universidad de Ciencias y Artes de América Latina S.A.C. y modifican licencia institucional RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 053-2022-SUNEDU/CD Lima, 31 de mayo de 2022 VISTOS: La Solicitud de Modi fi cación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) referida al cese voluntario total de un programa académico licenciado con Registro de Trámite Documentario (en adelante, RTD) Nº 0025410-2022-SUNEDU-TD del 3 de mayo de 2022, presentada por la Universidad de Ciencias y Artes de América Latina S.A.C. (en adelante, Universidad) y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia Nº 016-2022-SUNEDU-02-12 del 24 de mayo de 2022 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic). CONSIDERANDO: 1. AntecedentesDe acuerdo con el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose al licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo veri fi car el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria establece que la Sunedu es la autoridad competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, fi liales, facultades, escuelas y programas de estudios conducentes a grado académico.