NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (17/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 212
TEXTO PAGINA: 104
104 NORMAS LEGALES Sábado 17 de setiembre de 2022 El Peruano / funcionarios presenten su solicitud de licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2022. Así, en el numeral 6, acápite 6.1, de la parte resolutiva, se dispuso: [...]6.1. Las solicitudes de licencia tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 14 de junio de 2022, por ser el plazo máximo para solicitar la inscripción de las listas de candidatos. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia debe ser concedida a partir del 2 de setiembre de 2022 (30 días calendario ante de las elecciones). [...] En la Resolución Nº 0919-2021-JNE, que aprobó los mecanismos de reemplazo de las autoridades regionales y municipales que renuncien o soliciten licencias para participar como candidatos en las ERM2022 2 1.6 Por medio de dicha resolución, el Pleno del JNE estableció, entre otros, los casos de licencia sin goce de haber de las autoridades regionales y municipales que la soliciten con el propósito de participar como candidatos en las ERM 2022. De tal forma, el numeral 3 de la parte resolutiva, dispuso: [...]3.2. Si el alcalde solicita licencia, el primer regidor o en su defecto el que corresponda en el orden de prelación, asume inmediatamente las funciones del titular, mientras dure la licencia. [...] En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 3 (en adelante, Reglamento) 1.7 El artículo 16 contempla:Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán notificadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación [resaltado agregado]. [...]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con Oficio Nº 0385-2022-A/MDM, el señor alcalde comunicó al JNE que, el 4 de abril de 2022, solicitó su licencia sin goce de haber por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del 2 de setiembre del presente año, debido a su intención de participar como candidato en las ERM 2022. 2.2. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue concedida por los miembros del concejo municipal en la Sesión Ordinaria de Concejo, del 13 de junio de 2022, conforme al Acuerdo de Concejo Nº 157-2022-CM/MDM, de la misma fecha, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre al 2 de octubre del presente año. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de los plazos legales establecidos por la LEM (ver SN 1.2.), y en la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia debe abarcar desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días calendario antes de la fecha de las elecciones. 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Mazamari y estando a lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.) y en la Resolución Nº 0919-2021-JNE (ver SN 1.6.), corresponde que este órgano electoral convoque a don Lolo Juan Fernández Sicha, identificado con DNI Nº 21002557, primer regidor hábil de la organización política Movimiento Político Regional Perú Libre, para que asuma, temporalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Mazamari. 2.5. Adicionalmente, corresponde convocar a doña Susy Esther Soto Carnica, identificada con DNI Nº 70469396, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Político Regional Perú Libre, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Mazamari. 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín, del 25 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.7. La notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Marcelino Cedonio Camarena Torres, alcalde de la Municipalidad Distrital de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Lolo Juan Fernández Sicha, identificado con DNI Nº 21002557, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín, por el periodo comprendido del 2 de setiembre al 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Susy Esther Soto Carnica, identificada con DNI Nº 70469396, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENAS MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVA Gómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 3 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 2106556-1