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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (19/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Lunes 19 de setiembre de 2022 El Peruano / a) La OP vulneró las normas referidas a la democracia interna y establecidas en el artículo 23 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales 20221 (en adelante, Reglamento de Inscripción) en concordancia con el artículo 47 del Reglamento sobre las competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las Elecciones Internas para las ERM 2022 (en adelante, Reglamento de Competencias). b) En atención a la solicitud de inscripción presentada ante el JEE, don Fredy Héctor Bazalar Grimaldo, candidato titular a regidor N° 12 que participó en las elecciones internas, ha sido reemplazado por don José Luis Calsina Miramira, quien participó en las elecciones internas por la lista N° 2 que no resultó ganadora.c) Al respecto, la OP no adjuntó ningún documento que acredite la renuncia o exclusión del candidato titular reemplazado ni la resolución de la OP que autorice dicho reemplazo, conforme lo establece los artículos 37 y 38 del Reglamento de Inscripción, por lo que se debe declarar la improcedencia de toda la lista de candidatos presentada por dicha OP. d) Respecto al señor candidato, este declaró, en el rubro VIII de su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV), ingresos del sector público por el monto de S/ 60 010.00 sujetos a rentas de quinta categoría. e) Además, en el rubro II, ha declarado venir laborando desde el 2019 hasta la actualidad en la “Municipalidad Provincial de Huaura - Huacho”, en el cargo de con fi anza de procurador público municipal. REQUISITOS PARA PUBLICAR SENTENCIAS DE CASACIÓN, PROCESOS CONSTITUCIONALES Y PRECEDENTES VINCULANTES Las entidades públicas que requieran publicar documentos en las Separatas Especiales de “Sentencias de Casación”, “Procesos Constitucionales” y “Precedentes Vinculantes”, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. El personal autorizado y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O ficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta personal de correo institucional, a las siguientes cuentas o ficiales electrónicas, según corresponda: sentenciascasación@editoraperu.com.pe; procesosconstitucionales@editoraperu.com.pe; precedentesvinculantes@editoraperu.com.pe. 2. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O ficio en formato PDF dirigido al Gerente de Publicaciones O ficiales, en el que se solicita la publicación de las sentencias o resoluciones. En el caso de Procesos Constitucionales, se deberá precisar de manera expresa que las resoluciones remitidas son sentencias finales y/o resoluciones aclaratorias de las mismas. De lo contrario, deberá consignarse expresamente el consentimiento de pago para su publicación. En el caso de Precedentes Vinculantes, deberán consignar expresamente que las mismas constituyen precedentes de observancia obligatoria. b) En el o ficio de publicación se incluirá obligatoriamente la relación detallada de las resoluciones o sentencias que se remiten. c) El o ficio podrá ser firmado digitalmente consignando, además, el nombre y cargo del funcionario autorizado, al final del o ficio y/o con sello y firma manual. d) El archivo en formato Word de la información a publicar, deberá contener una sentencia debajo de otra. e) En todos los casos, se remitirá copia de la Resolución Original firmada en formato PDF, la misma que servirá de respaldo de las publicaciones, cuyo contenido será idéntico al archivo Word. La entidad cuidará que los documentos que remitan sean legibles. No se recibirán documentos físicos y se devolverán los documentos ilegibles. f) Las Sentencias de Casación deberán ser agrupadas de acuerdo a la Sala de Origen que las resolvió. 3. El contenido del archivo Word que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE Y CORRESPONDE ÍNTEGRAMENTE AL PDF DE RESPALDO. Por tanto se recomienda veri ficar que el archivo Word tenga el texto completo de cada sentencia, incluyendo la transcripción de los nombres y cargos de quienes la suscriben, así como la fecha de emisión. De esta manera, la entidad solicitante es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERÚ para su publicación. 4. En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O ficio y nombre de la institución. 5. En el contenido del correo electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario designado para resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 6. Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERÚ, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 7. Los documentos se recibirán de lunes a viernes, de 09:00 a 17:30 p.m. Las sentencias se publicarán dentro del plazo de ley, siempre y cuando cumplan con las formalidades y requisitos solicitados. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES