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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (30/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de agosto de 2023 El Peruano / EDUCACIÓN Delegan en el/la Viceministro/a de Gestión Pedagógica, durante el año fiscal 2023, la facultad de aprobar, suscribir, modificar y/o resolver Convenios de Colaboración y/o Cooperación Interinstitucional, de Encargos de Gestión, u otros convenios sin fines de lucro, así como las respectivas adendas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 482-2023-MINEDU Lima, 29 de agosto de 2023CONSIDERANDO:Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado puedan delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establece que el Ministro de Educación es la máxima autoridad política del sector Educación y titular del pliego presupuestal; Que, el literal d) del artículo 6 del ROF del Ministerio de Educación, dispone como una de las funciones y atribuciones del Ministro de Educación, suscribir convenios en el ámbito de su competencia. Asimismo, conforme al literal h) el Ministro de Educación ejerce las demás funciones que le asigne la Constitución Política del Perú y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, pudiendo delegar en los funcionarios de su catera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, el numeral 88.1 del artículo 88 de la norma antes mencionada, establece que las entidades están facultadas para dar estabilidad a la colaboración interinstitucional mediante conferencias entre entidades vinculadas, convenios de colaboración u otros medios legalmente admisibles; agregando en el numeral 88.3 que a través de los convenios de colaboración, los representantes autorizados de las entidades, celebran dentro de la ley, acuerdos en el ámbito de su respectiva competencia, de naturaleza obligatoria para las partes y con cláusula expresa de libre adhesión y separación; Que, mediante el literal b) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU, se delega en el/la Viceministro/a de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2023, la facultad de aprobar, suscribir, modi fi car y/o resolver Convenios de Colaboración y/o Cooperación Interinstitucional, de Encargos de Gestión, u otros convenios sin fi nes de lucro, así como las respectivas adendas de los convenios suscritos en el ámbito de su competencia; no obstante, dicha delegación se extinguió ante la avocación de la Ministra de Educación a la referida competencia, conforme a los documentos que obran en el Expediente DEBEDSAR2023-INT-0227978; Que, en virtud de lo expuesto, y siendo necesario agilizar la marcha administrativa del Ministerio de Educación, en cuanto al trámite de aprobación, suscripción, modi fi cación y/o resolución de Convenios de Colaboración y/o Cooperación Interinstitucional, de Encargos de Gestión, u otros convenios sin fi nes de lucro, y de las respectivas adendas de los convenios suscritos en el ámbito de su competencia, resulta necesario delegar las facultades de la Titular de la Entidad en el/la Viceministro/a de Gestión Pedagógica, para la realización de dichos actos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- DELEGAR en el/la Viceministro/a de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, durante el año fi scal 2023, la facultad de aprobar, suscribir, modi fi car y/o resolver Convenios de Colaboración y/o Cooperación Interinstitucional, de Encargos de Gestión, u otros convenios sin fi nes de lucro, así como las respectivas adendas de los convenios suscritos en el ámbito de su competencia. Articulo 2.- Disponer que la delegación prevista por la presente Resolución Ministerial es indelegable y comprende la facultad de decidir y resolver, que incluye la aprobación o denegación, dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; mas no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones vigentes establecidas para cada caso. Artículo 3.- Disponer que el/la Viceministro/a de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, en quien se ha delegado la facultad indicada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe dar cuenta e informar al Despacho Ministerial dentro de los cinco (5) días siguientes de terminado cada trimestre, respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de las facultades delegadas dentro de dicho período. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGNET MÁRQUEZ RAMÍREZ Ministra de Educación 2210197-1 Designan Asesora de Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 156-2023-MINEDU/VMGI-PRONABEC Lima, 28 de agosto de 2023VISTOS: El Informe N° 1095-2023-MINEDU-VMGI- PRONABEC-OGTA de la O fi cina de Gestión del Talento, el O fi cio N° 356-2023-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y demás recaudos que se acompañan al Expediente N° 69763-2023 (SIGEDO); y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor(a) de Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – Pronabec; Que, resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; y, Con el visto de la O fi cina de Gestión del Talento y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de