Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (01/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de febrero de 2023 El Peruano / de este espacio de concertación regional, habiendo logrado reconocimiento nacional e internacional, ya que ha participado como entidad representativa en diversos eventos nacionales e internacionales. Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme al Artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización, concorde con el Artículo 31 de la Ley Nº 27783 ley de Bases de la Descentralización, y con el Artículo 2 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, por lo expuesto y estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, la Ley Nº 30754 -Ley Marco sobre Cambio Climático y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM y Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco. Que, el Artículo 17º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC CUSCO, establece lo siguiente: “Son atribuciones del Consejo Regional: 1. Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.”. Que, el Artículo 37º Inciso a) del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC CUSCO, establece lo siguiente: Los Consejeros (as) Regionales tienen derecho a: Proponer Acuerdos Regionales, Ordenanzas Regionales e Iniciativas Legislativas. Que, el Artículo 100º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC CUSCO, establece lo siguiente: De la Propuesta de Ordenanza Regional; “Es una Norma Jurídica de carácter general y de acuerdo a normas Nacionales, que regula el conjunto de actividades y acciones sociales, económicas, técnicas, ambientales, administrativas y políticas de desarrollo del Departamento del Cusco; Cuyo cumplimiento es obligatorio de todas las instituciones Públicas, Privadas y Sociedad Civil. Nace de la Iniciativa de un Consejero Regional y dictaminada por una Comisión Ordinaria; que una vez analizada, debatida es aprobada y publicada en el Diario O fi cial El Peruano para su cumplimento. Que, bajo Memorándum Nº 1055-2022-GR CUSCO/ GRRNMA, de fecha 16 de agosto de 2022, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente remite a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica el respetivo informe técnico PROCEDENTE para el proyecto de Ordenanza Regional que: “Declara de interés regional la actualización de la Estrategia Regional Frente al Cambio Climático del Cusco y dar inicio al proceso de actualización con proyección al 2050”, el mismo que se encuentra contenido en los informes: Informe Nº 018-2022-GR CUSCO/GRRNMA/SGMA e Informe Nº 022-2022-GR CUSCO/GRRNMA/AL. Que, mediante el Informe Nº 809-2022-GR CUSCO/ ORAJ, de fecha 01 de setiembre de 2022, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica remite su opinión FAVORABLE con respecto a la propuesta de Ordenanza Regional. Que, a través del O fi cio Nº 387-2022-GR CUSCO/ GR de fecha 21 de setiembre de 2022, la Gobernatura Regional, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa reconocido por el Numeral 9) del Artículo 192º de la Constitución Política del Perú y en concordancia con lo estipulado en el Inciso q) del Artículo 21º de la Ley N.º 27867 y en lo dispuesto al Artículo 98º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional-RIOF aprobado mediante la Ordenanza Regional N.º 119-2016-CR/GRC-CUSCO; alcanza al presidente del Consejo Regional Cusco la propuesta de Ordenanza Regional. Que, mediante O fi cio Nº 1087-2022.GR CUSCO- CR/SCR, de fecha 03 de octubre del 2022, la Secretaria del Consejo Regional remite el Informe Nº 007-2022- GR CUSCO-CRC-SCR/CORNMADCSC, informe Legal y Técnico de los Asesores de la Comisión donde CONCLUYE Estando los Informes Técnicos y Legales materia de análisis y de conformidad a lo señalado en la documentación que sustenta el presente informe, se concluye “Corresponde su dictamen en favor de la Propuesta de Ordenanza Regional que: “Declara de Interés Regional la actualización de la Estrategia Regional Frente al Cambio Climático del Cusco y dar inicio al proceso de actualización con proyección al 2050”. Que, mediante la Convocatoria Nº 011-2022-GR CUSCO/CRC-CORNMADCSC-P, de fecha 07 de octubre del 2022, se convoca a la Novena Sesión Ordinaria de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, para ANALIZAR Y DICTAMINAR el proyecto de Ordenanza Regional que “Declara de Interés Regional la Actualización de la Estrategia Regional Frente al Cambio Climático del Cusco y dar inicio al proceso de actualización con proyección al 2050”. Que, en consecuencia, en fecha 11 de Setiembre del 2022, a las 15:00 horas, se llevó a cabo la Novena Sesión Ordinaria de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, con el propósito de ANALIZAR Y DICTAMINAR, el proyecto de Ordenanza Regional que: “Declara de Interés Regional la Actualización de la Estrategia Regional Frente al Cambio Climático del Cusco y dar inicio al proceso de actualización con proyección al 2050”. Así mismo se convocó al asesor de la comisión, Econ. Juan Pablo Castillo Luna; para que sustente su opinión emitida mediante Informe Nº 007-2022-GR CUSCO-CRC-SCR/CORNMADCSC, de fecha 30 de setiembre del presente, sobre la propuesta de Ordenanza Regional. Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Consejo Regional Cusco, emite el Dictamen Nº 004-2022-GR CUSCO-CRC-CORNMADCSC, por el cual se aprueba por UNANIMIDAD el proyecto de Ordenanza Regional que “Declara de Interés Regional la Actualización de la Estrategia Regional Frente al Cambio Climático del Cusco y dar inicio al proceso de actualización con proyección al 2050”. Que, mediante O fi cio Nº 046-2022-GR CUSCO/CRC- CORNMADCSC-P de fecha 20/10/2022, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco Ing. RONALD JAIME GUTIÉRREZ ARANIBAR, remite ante la Presidencia del Consejo Regional el Dictamen Nº 004-2022-GR CUSCO-CRC-CORNMADCSC que aprueba por unanimidad el proyecto de ordenanza regional propuesto por el Gobernador Regional de Cusco, que propone entre otros aspectos: “Declarar de interés regional la actualización de la Estrategia Regional Frente al Cambio Climático del Cusco, y dar inicio al proceso de actualización con proyección al 2050”; a tal efecto, dicho dictamen ha sido expuesto y sustentado, sometido a evaluación, debate y votación por parte del Pleno del Consejo Regional, en el desarrollo de la Trigésima Quinta Sesión Extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco - Periodo Legislativo 2022. Por lo expuesto, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional de Cusco aprobado por la Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC CUSCO, y el Dictamen Nº 004-2022-GR CUSCO-CRC-CORNMADCSC de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco; con el voto nominal en mayoría de los Consejeros Regionales, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta: HA DADO LA SIGUIENTE: