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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (09/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Viernes 9 de febrero de 2024 El Peruano / en el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.5.), dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada. 2.5. En ese sentido, se debe convocar a don Shabriares Sosa Sosa, identi fi cado con DNI Nº 05305924, candidato no proclamado de la organización política Partido Democrático Somos Perú, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Rosa Panduro, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo, por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.6. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 11 de noviembre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Maynas, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Juan Ezequiel Torres Manihuari como regidor del Concejo Distrital de Rosa Panduro, provincia de Putumayo, departamento de Loreto, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por haber incurrido en la causa de vacancia prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a don Shabriares Sosa Sosa, identi fi cado con DNI Nº 05305924, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Rosa Panduro, provincia de Putumayo, departamento de Loreto, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General (e) 1 Aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2260309-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejero del Consejo Regional de Junín RESOLUCIÓN Nº 0023-2024-JNE Expediente Nº JNE.2024000191 JUNÍN SUSPENSIÓNCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatroVISTO: el Ofi cio Nº 01-2024-GRJ/CR-RAGU, recibido el 26 de enero de 2024, con el cual don Rafael Anderson Gonzales Ureta, presidente del Consejo Regional de Junín (en adelante, señor presidente regional), remitió el Acuerdo Regional Nº 359-2023-GRJ-CR, que aprobó la suspensión de don Alejandro Barrera Arias, consejero de dicha circunscripción regional (en adelante, señor consejero), por sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, causa establecida en el numeral 3 del artículo 31 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica del Gobiernos Regionales (en adelante, LOGR); teniendo a la vista el Expediente Nº JNE.2023003015. ANTECEDENTESApelación presentada por el señor consejero (Expediente Nº JNE.2023003015) 1.1. El 21 de noviembre de 2023, el señor consejero formuló recurso de apelación en contra del Acuerdo Regional Nº 359-2023-GRJ/CR, del 20 de octubre de 2023, que aprobó su suspensión en el cargo que ejerce en la referida circunscripción regional, por la causa prevista en el numeral 3 del artículo 31 de la LOGR. 1.2. Por medio del Auto Nº 1, del 28 de noviembre de 2023, este órgano electoral requirió al señor consejero para que, en el plazo máximo de tres días hábiles, cumpla con presentar el comprobante de pago correspondiente y el documento que acredite la habilitación para el ejercicio profesional del abogado que autorizó el escrito de apelación; bajo apercibimiento de declarar improcedente su recurso y disponer el archivo de fi nitivo del expediente, en caso de incumplimiento. 1.3. Ante el incumplimiento de lo requerido, mediante el Auto Nº 2, del 5 de enero de 2024, se hizo efectivo el citado apercibimiento y, en consecuencia, se declaró improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor consejero en contra del Acuerdo Regional Nº 359-2023-GRJ/CR y se dispuso el archivo del Expediente Nº JNE.2023003015. Procedimiento de suspensión efectuado en sede regional 1.4. A través del o fi cio citado en el visto, el señor presidente regional remitió a esta sede electoral los siguientes documentos: a) Ofi cio Nº 0417-2023-GRJ-CR/SE, del 29 de setiembre de 2023, con el cual se convocó a los consejeros regionales para la sesión de consejo del 20 de octubre de 2023, a fi n de tratar el pedido de suspensión del señor consejero. b) Acta de la Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 19-2023, del 6 de octubre de 2023, en la que el consejero Yoner Ambicho Aquino solicito, expresamente, la suspensión del señor consejero, por la causa de sentencia condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso, en agravio del Estado. c) Acta de la Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 20-2023, del 20 de octubre de 2023, cuya parte fi nal consigna el Acuerdo Regional Nº 359-2023-GRJ-CR, con el cual el Consejo Regional de Junín aprobó, por mayoría, la suspensión del señor consejero, por sentencia condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso, causa prevista en el numeral 3 del artículo 31 de la LOGR. d) Ofi cio Nº 459-2023-GRJ/CR-SE, recibido el 6 de noviembre de 2023, con el que se noti fi có al señor consejero el Acuerdo Regional Nº 359-2023-GRJ-CR, que lo suspendió de su cargo. e) Comprobante de pago de la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado. Documentación proporcionada por el Poder Judicial 1.5. Mediante el O fi cio Nº 1530-2018-69-5to-JUPHyo- CSSJU/PJ, del 17 de noviembre de 2023, el juez del Quinto Juzgado Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Junín remitió los siguientes pronunciamientos judiciales, emitidos en el Expediente Nº 01530-2018-79-1501-JR-PE-05: