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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2024 (11/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Sábado 11 de mayo de 2024 El Peruano / de Asesoría Jurídica, del 15 al 20 de mayo de 2024, a la República Dominicana, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos referidos a boleto aéreo, hospedaje, traslados internos y alimentación serán cubiertos por los organizadores. El gasto referido al seguro de viaje del servidor Marco Antonio Basauri Becerra, Sub Gerente de Asesoría Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica, por los días comprendidos entre el 15 al 20 de mayo de 2024, serán cubiertos por la ONPE, por el monto de U$ 33.63 (treinta y tres con 63/100 dólares americanos). Artículo Tercero.- Precisar que el viaje en comisión de servicios señalado en los artículos precedentes, no concede exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje en comisión de servicios citado, el servidor Marco Antonio Basauri Becerra, Sub Gerente de Asesoría Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con copia a la Gerencia de Recursos Humanos. Artículo Quinto.- Poner a conocimiento de la presente resolución a la Gerencia de Recursos Humanos y al servidor señalado en los artículos que anteceden, para los fi nes pertinentes. Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la plataforma digital única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2287395-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Amplían delegación de facultades al Gerente General Regional del Gobierno Regional Pasco, para aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional y programático RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 171-2024-G.R.P./GOB Cerro de Pasco, 15 de abril de 2024 EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO VISTO: El Memorando N° 0278-2024-G.R.P/GOB, de fecha 15 de abril de 2024, emitido por Gobernación Regional de Pasco; Informe N° 0287-2024-GRP-GGR/GRPPAT, de fecha 15 de abril 2024, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Informe N° 00913-2024-G.R.PASCO-GGR- GRPPAT/SGPT, con fecha 15 de abril de 2024, emitido por la Sub-Gerencia de Presupuesto y Tributación, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2 de la Ley N° 27867, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal. Que, en relación con lo señalado el artículo 189 de la Constitución Política del Estado y en concordancia con el artículo 8 y 9 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se establece que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en a fi anzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de su circunscripción en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas. Que, el artículo 20 de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Presidente Regional, ahora llamado Gobernador Regional, es la máxima autoridad de su jurisdicción, representante legal y titular del pliego presupuestario del gobierno regional. Que, el artículo 25 del citado marco normativo, establece que las funciones administrativas del Gobierno Regional se desarrollan por las Gerencias Regionales a cargo de los Gerentes Regionales. Los Gerentes Regionales son responsables legal y administrativamente por los actos que ejecutan en el ejercicio de sus funciones y por los que suscriben junto con el Gobernador Regional. Que, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en artículo 47, señala: (…) 47.2 Las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 049-2023-G.R.P./GOB, de fecha 04 de enero de 2023, se delega en el Gerente General Regional facultades en materia de contrataciones del Estado, administrativas y otras materias. Que, a fi n de desconcentrar y descentralizar las funciones del Gobernador Regional, acelerando los trámites administrativos, es procedente ampliar la delegación de las facultades de representación mediante acto resolutivo al Gerente General Regional del Gobierno Regional de Pasco, para que, en representación del Gobernador Regional, dicte los actos administrativos y actos de administración interna que forman parte de la presente resolución ejecutiva regional. Estando a las consideraciones vertidas y en uso de las facultades y atribuciones otorgadas mediante la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley N° 27902, y su Reglamento de Organizaciones y Funciones del Gobierno Regional de Pasco, y demás normas vigentes. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR la delegación de facultades al Gerente General Regional del Gobierno Regional Pasco, para APROBAR las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático conforme lo precisa el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo Segundo.– ORDENAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y el Portal Institucional de la Entidad. Artículo Tercero.- DISPONER que el Gerente General Regional, bajo responsabilidad informe al Gobernador Regional, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta por la presente resolución Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente resolución a los órganos competentes del Gobierno Regional Pasco, bajo responsabilidad. Publíquese, regístrese, comuníquese y archívese. JUAN LUIS CHOMBO HEREDIA Gobernador Regional 2282164-1