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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (21/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Jueves 21 de noviembre de 2024 El Peruano / a los gastos serán asumidos por mi persona en caso no disponga de presupuesto la universidad, por lo mismo que interrumpieron el proyecto especial el compromiso y gestión fue realizado anteriormente; Que, mediante OFICIO N° 385-2024-UNAB/CFI, de fecha 24 de octubre de 2024, el Coordinador de la Facultad de Ingeniería, informa que en el marco de las actividades del proyecto de investigación “DESARROLLO DE PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN ENRIQUECIDOS Y FORTIFICADOS CON COMPUESTOS BIOACTIVOS MICROENCAPSULADOS, UTILIZANDO HARINAS TRADICIONALES, NO TRADICIONALES Y BIOACCESIBILIDAD DE NUTRIENTES” aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N°893-2023- UNAB, a cargo de la docente Mg. GRISEL VIOLETA CHIROQUE VELÁSQUEZ, adscrita al Departamento Académico de Ingeniería en la categoría Ordinario, Auxiliar a Tiempo Completo, realizará una pasantía bajo la línea de investigación en temas de neurociencia del consumidor, usos y aplicaciones en la Universidad Pontifi cia Bolivariana (UPB) - Colombia; el cual se desarrollará del 11 al 29 de noviembre de 2024; por lo que se otorga el permiso a la Mg. GRISEL VIOLETA CHIROQUE VELÁSQUEZ, del 11 al 29 de noviembre de 2024, con goce de haber, asimismo la docente mencionada se compromete a recuperar sus clases para ello adjunta su declaración jurada y la conformidad de los estudiantes; Que, mediante OFICIO N° 994-2024-UNAB-VP. ACAD, de fecha 29 de octubre de 2024, la Vicepresidencia Académica en atención al documento suscrito por el Coordinador de la Facultad de Ingeniería, solicita la aprobación de licencia con goce de haber a favor de la docente la Mg. GRISEL VIOLETA CHIROQUE VELÁSQUEZ, adscrita al Departamento Académico de Ingeniería, quien está a cargo del Proyecto de Investigación “DESARROLLO DE PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN ENRIQUECIDOS Y FORTIFICADOS CON COMPUESTOS BIOACTIVOS MICROENCAPSULADOS, UTILIZANDO HARINAS TRADICIONALES, NO TRADICIONALES Y BIOACCESIBILIDAD DE NUTRIENTES” aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N°893-2023-UNAB, y realizará una pasantía en la Universidad Pontifi cia Bolivariana (UPB) - Colombia; el cual se desarrollará del 11 al 29 de noviembre de 2024; asimismo la docente manifestó que los gastos serán asumidos por su persona; Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca, en Sesión Ordinaria de fecha 31 de octubre de 2024, acordó AUTORIZAR la licencia con goce de haber a favor de la docente la Mg. GRISEL VIOLETA CHIROQUE VELÁSQUEZ, adscrita al Departamento Académico de Ingeniería, quien realizara la pasantía bajo la línea de investigación en temas de neurociencia del consumidor, usos y aplicaciones en la UNIVERSIDAD PONTIFICA BOLIVARIANA (UPB) - Colombia, el que se realizara del 11 al 29 de noviembre de 2024; Que, conforme a las disposiciones establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley N° 30220- Ley Universitaria, Ley N° 29553- Ley que crea la UNAB, Estatuto de la UNAB, Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que Aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, que modifi ca los subnumerales 6.1.4, 6.1.5, 6.1.6 y 6.1.7 del numeral 6.1, los subnumerales 6.4.1 y 6.4.2 del numeral 6.4, los subnumerales 6.4.5.1 y 6.4.5.2 del numeral 6.4.5 y el Anexo N° 3 del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; Resolución Viceministerial N° 53-2023-MINEDU, que Incorpora el numeral 7.7 al numeral VII. Disposiciones Complementarias, Resolución Viceministerial N° 158-2023-MINEDU, que Designa a la Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca y la Resolución Viceministerial Nº 062-2024-MINEDU que designa a los Vicepresidentes de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca y en uso de las facultades conferidas por las normas vigentes;SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR la licencia con goce de haber a favor de la docente la Mg. GRISEL VIOLETA CHIROQUE VELÁSQUEZ, adscrita al Departamento Académico de Ingeniería, quien está a cargo del Proyecto de Investigación “DESARROLLO DE PRODUCTOS DE PANIFICACIÓN ENRIQUECIDOS Y FORTIFICADOS CON COMPUESTOS BIOACTIVOS MICROENCAPSULADOS, UTILIZANDO HARINAS TRADICIONALES, NO TRADICIONALES Y BIOACCESIBILIDAD DE NUTRIENTES” aprobado con Resolución de Comisión Organizadora N°893-2023-UNAB, realizará una pasantía bajo la línea de investigación en temas de neurociencia del consumidor, usis y aplicaciones en la UNIVERSIDAD PONTIFICA BOLIVARIANA (UPB) - Colombia, el que se realizará del 11 al 29 de noviembre de 2024; asimismo los gastos serán asumidos por la docente. Artículo 2.- NOTIFICAR a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, y a los interesados, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CECILIA H. E. ALIAGA HERRERA Presidenta de la Comisión Organizadora JOSÉ LUIS SERVELEÓN BELLIDO Secretario General 2343332-1 Autorizan viaje a México de docentes ganadores del Programa de Movilidad Académica y de Investigación para Docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica - 2024 UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA Consejo Universitario RESOLUCIÓ N N° 1283-2024-CU-UNH Huancavelica, 18 de noviembre de 2024VISTOS: R esoluciones Nros. 1280, 1281 y 1282-CU-UNH (18.11.2024); sobre autorización del viaje al exterior de los docentes ganadores de Becas Internacionales de la segunda convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA – 2024”; y CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, Cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes; El Estado reconoce la Autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, respectivamente; Que, mediante el artículo tercero de las Resoluciones Nros. 1280, 1281 y 1282-CU-UNH (18.11.2024), se autoriza el viaje al exterior de los docentes ganadores de las Becas Internacionales de la segunda convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA – 2024”, siendo: 1. Dr. Rodolfo LEÓN GÓMEZ, 2. Dr. Jaime Rodrigo SALAZAR ESPINOZA y Dr. Denis Dante CORILLA FLORES, respectivamente;