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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (31/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 149

149 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2024 El Peruano / Declaran nulo Acuerdo Nº 068-2024- MDG que desaprobó solicitud de vacancia presentada contra regidor del Concejo Distrital de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN N° 0323-2024-JNE Expediente N° JNE.2024002438 GUADALUPE - PACASMAYO - LA LIBERTADVACANCIA APELACIÓN Lima, veintidós de octubre de dos mil veinticuatroVISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Juan Manuel Aldea Vásquez (en adelante, señor recurrente) en contra del Acuerdo de Concejo N° 068-2024-MDG, del 20 de junio de 2024, que desaprobó la solicitud de vacancia presentada en contra de don Ricardo Vargas Durand, regidor del Concejo Distrital de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad (en adelante, señor regidor), por la causa de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia1.1. El 24 de mayo de 2024, el señor recurrente presentó su solicitud de vacancia en contra del señor regidor por la causa prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la LOM, argumentando esencialmente lo siguiente: a) El 17 de junio de 2023, en el sector “Faclo Chico”, distrito de Guadalupe, don Fabrizio Barnechea Pinillos en compañía del señor regidor entregaron 250 polos a distintas personas. b) El señor regidor “ha encabezado dicha actividad, favoreciendo entre los participantes a la persona de Helmer Ru fi no Labarrera Vargas, quien es hijo de su hermana Marciana Vargas Durand”. c) El señor regidor “ha realizado una actividad administrativa que era de competencia del alcalde o en su defecto el funcionario del área que corresponda”. 1.2. A efectos de acreditar los hechos expuestos, el señor recurrente adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) Informe N° 110-2023-UDSAS/MDG, del 16 de junio de 2023. b) Carta Simple N° 096-2023-MDG/SGAYCP/FICM, del 16 de junio de 2023. c) Documento denominado “COTIZACION”, de junio de 2023. d) Informe N° 199-2023-MDG/SGAYCP/FJCM, del 16 de junio de 2023. e) Memorándum N° 261-2023-GM-MDG/DJMG, del 16 de junio de 2023. f) Certi fi cación de Crédito presupuestario Nota N° 0000000492. g) Comprobante de Pago N° 6861, del 31 de enero de 2024. h) Documento denominado “Acta de Entrega de Obsequios por el día del Padre”, del 17 de junio de 2023. i) 7 tomas fotográ fi cas. j) Partida de nacimiento de don Helmer Ru fi no la Barrera Vargas. k) Partida de nacimiento de don Ricardo Vargas Durand. Decisión del concejo municipal sobre la solicitud de vacancia 1.3. En sesión extraordinaria del 20 de junio de 2024, el Concejo Distrital de Guadalupe desaprobó la solicitud de vacancia –cinco (5) votos en contra y ninguno (0) a favor (la autoridad cuestionada sí votó)– al no haber alcanzado el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros. Esta decisión se formalizó a través del Acuerdo de Concejo N° 068-2024-MDG, de la misma fecha. En la referida sesión, participaron el señor recurrente –representado por su abogado defensor– y el señor regidor, quienes informaron de manera oral sus alegatos respectivos: el primero reiteró los hechos descritos en el escrito de vacancia, y el segundo alegó lo siguiente: “no he cometido ningún acto de funciones administrativas ni ejecutivas, ahí se fue el chofer del alcalde el señor Nelson, el funcionario Barrenechea […] ellos fueron los que repartieron los polos yo vivo en Faclo en el pueblo y al ver que estaban entregando me llamaron, yo no he hecho ni siquiera ordenado que traigan los polos, solamente se hizo el acta que yo estuve presente, estuve como un regidor como fi scalización […] solo han puesto una fi rma una eme [sic]”. Ante dichas exposiciones, el Concejo Distrital de Guadalupe –como órgano de primera instancia– adoptó la indicada decisión. SEGUNDO. FUNDAMENTO DEL AGRAVIO2.1. El 22 de julio de 2024, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo N° 068-2024-MDG, alegando lo siguiente: a) El concejo municipal “no ha asumido una correcta valoración de los hechos que se expusieron subsumido en la causal que se invoca y emitieron su voto sin fundamentar correctamente”. b) El actuar del señor regidor encaja dentro de los presupuestos del segundo párrafo del artículo 11 de la LOM, toda vez que ha realizado la entrega de polos, pese a no ser de su competencia o no tener designación especi fi ca mediante resolución de alcaldía. c) No está dentro de las funciones del señor regidor dirigir una actividad que consistía en entregar bienes. d) Los miembros del concejo no han efectuado una correcta valoración del “Acta de Entrega de Obsequio por el día del Padre de fecha 17 de junio de 2023”, prueba para determinar la responsabilidad del señor regidor. Posteriormente, el 13 de agosto de 2024, a través del Ofi cio N° 002253-2024-SG/JNE, este órgano electoral requirió al titular de la Municipalidad Distrital de Guadalupe que cumpla con remitir, en original o copia certi fi cada legible, el escrito y los anexos del pedido de vacancia. Mediante el O fi cio N° 050-2024-MDG/SG, recibido el 16 de agosto de 2024, la entidad edil cumplió con remitir la documentación solicitada. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la LOM1.1. El numeral 4 del artículo 10 determina: ARTÍCULO 10.- ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS REGIDORES Corresponden a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones: […] 4. Desempeñar funciones de fi scalización de la gestión municipal, sin necesidad de comunicación previa. 1.2. El segundo párrafo del artículo 11 establece: ARTÍCULO 11.- RESPONSABILIDADES, IMPEDIMENTOS Y DERECHOS DE LOS REGIDORES […] Los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, sean de carrera