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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (31/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 153

153 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2024 El Peruano / b) La función de plani fi car, dirigir, ejecutar y controlar la realización de proyectos de inversión, estudios y ejecución de obras públicas corresponden a la Gerencia de Desarrollo Territorial e Infraestructura. c) La autoridad cuestionada también solicitó al concejo municipal que “en el PIP pistas y Veredas de la Cuadra 2 del Jr. Constitución entre los Jirones Libertad y Cerro de Pasco se incluya la construcción de veredas [sic]”; conforme al acta de la sesión ordinaria del 26 de enero de 2023, el concejo autorizó la atención de dicho pedido. d) Así también, peticionó al concejo municipal “que se declare la Nulidad de la Resolución de Alcaldía Nº 311-2022-MPA/A, de fecha 02 de noviembre de 2022, que establece como contratos cas a Plazo Indeterminado de todos los trabajadores CAS dejados por la Gestión Anterior [sic]”; según al acta de la sesión ordinaria del 3 de marzo de 2023, el concejo autorizó la atención de este pedido. e) De igual modo, solicitó al concejo municipal que se elabore un plan de trabajo para la venta de cerveza y la provisión de servicios higiénicos por las actividades de la Fiesta de los Negritos. De acuerdo al acta de la sesión ordinaria del 1 de diciembre de 2023, el concejo autorizó la atención de tal pedido. f) Mediante la Carta Nº 003-2023-JADCH-R-MP-A, la señora regidora solicitó la atención de sus pedidos adoptados en sesión de concejo, entre ellos, los antes indicados. 1.2. A efectos de acreditar los hechos expuestos, el señor recurrente adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) Acuerdo de Concejo Nº 121-2023-MPA/CM, del 21 de abril de 2023. b) Acta de sesión ordinaria de concejo municipal del 21 de abril de 2023. c) Acuerdo de Concejo Nº 036-2023-MPA/CM, del 26 de enero de 2023. d) Acta de sesión ordinaria de concejo municipal del 26 de enero de 2023. e) Ordenanza Municipal Nº 003-2022-MPA, del 28 de febrero de 2022. f) Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Provincial de Ambo (ROF-2021). g) Resolución Gerencial Nº 222-2023-GDTI-MPA, del 28 de diciembre de 2023. h) Acuerdo de Concejo Nº 073-2023-MPA/CM, del 3 de marzo de 2023. i) Acta de sesión ordinaria de concejo municipal del 3 de marzo de 2023. j) Carta Nº 024-2024-MPA/OGA, del 30 de abril de 2024. k) Informe Legal Nº 01-2023-MPA-OGAJ/AE, del 31 de mayo de 2023. l) Acuerdo de Concejo Nº 311-2023-MPA/CM, del 1 de diciembre de 2023. m) Acta de sesión ordinaria de concejo municipal del 1 de diciembre de 2023. n) Informe Nº 401-2023-SGPET-GDEAT-MPA, del 21 de diciembre de 2023. o) Plan de trabajo para el ornato de comerciantes de cerveza, viandas y otros en la Festividad de los Negritos en la ciudad de Ambo. p) Ofi cio Múltiple Nº 028-2022-GDEAT-MPA, del 5 de diciembre de 2023. q) Carta Nº 003-2023-JADCH-R-MP-A, del 31 de agosto de 2023. r) Memorándum Múltiple Nº 132-2023-MPA-GM, del 13 de setiembre de 2023. Descargo de la autoridad cuestionada 1.3. El 12 de julio de 2024, la señora regidora presentó su escrito de descargos, en el cual alegó lo siguiente: a) Los hechos detallados en la solicitud de vacancia están circunscritos a sus pedidos realizados en sesión de concejo, los cuales se encuentran dentro de sus funciones dispuestas en el inciso 2 del artículo 10 de la LOM.b) En ningún momento ha ejercido función administrativa o ejecutiva que corresponda a los funcionarios y servidores. c) Ha actuado en cumplimiento al deber de representación cuando ha solicitado al concejo municipal la ejecución de proyectos de inversión que son en bene fi cio de los vecinos; estos hechos no constituyen ejercicio de una función administrativa o ejecutiva, por el contrario, el concejo municipal, después de un debate e intercambio de opiniones, tomó la acertada decisión de aprobar los pedidos realizados. 1.4. A efectos de acreditar los hechos expuestos, la señora regidora adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) Ordenanza Municipal Nº 002-2019-MPA, del 11 de febrero de 2019. b) Ordenanza Municipal Nº 011-2023-MPA/CM, del 5 de mayo de 2023. c) Acuerdo de Concejo Nº 121-2023-MPA/CM, del 21 de abril de 2023. Decisión del concejo municipal 1.5. En sesión extraordinaria de concejo del 12 de julio de 2024, el Concejo Provincial de Ambo desaprobó la solicitud de vacancia al no haber alcanzado el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros –diez (10) votos en contra y ninguno (0) a favor (la señora regidora sí voto)–. Esta decisión se formalizó a través del Acuerdo de Concejo Nº 140-2024-MPA/CM, del 18 del mismo mes y año. En la referida sesión, participaron el señor recurrente y la señora regidora, representados por sus abogados defensores, en donde ambos informaron de manera oral sus alegatos respectivos: el primero reiteró los hechos descritos en el escrito de vacancia, y el segundo reprodujo en parte lo expuesto en el escrito de descargos. Ante tales exposiciones, el Concejo Provincial de Ambo, como órgano de primera instancia, adoptó la indicada decisión. SEGUNDO. FUNDAMENTO DEL AGRAVIO 1.6. El 2 de agosto de 2024, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Nº 140-2024-MPA/CM, bajo similares argumentos expuestos en su solicitud de vacancia, agregando lo siguiente: a) La señora regidora en su escrito de descargos acepta haber realizado los pedidos. b) Ha quedado demostrado que ha formulado los pedidos indicados en el escrito de vacancia. c) “[E]l acto realizado por la regidora cuestionada […] constituye una toma de decisión que implique una manifestación de la voluntad estatal destinada a producir efectos jurídicos sobre el administrado, dicho efecto jurídico viene a ser que la Gerencia de Infraestructura y desarrollo Territorial solicita la contratación de un consultor para la formulación del expediente Técnico del Proyecto [sic]”. d) “[D]icho pedido efectuado por la regidora a producido efectos jurídicos sobre el administrado toda vez que se ha cumplido con elaborar el expediente técnico en virtud al pedido formulado por la regidora [sic]”. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la LOM 1.1. Los numerales 2 y 4 del artículo 10 indican: Artículo 10.- Atribuciones y obligaciones de los regidores Corresponden a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones: […]