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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (16/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Martes 16 de diciembre de 2025 El Peruano / Centro Nacional de Producción y Bienes Estratégicos de Salud Pública (CNPB); Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante los documentos del visto considera que corresponde la emisión del acto resolutivo propuesto por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; Con el visto de los jefes de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; así como, del Gerente General del Instituto Nacional de Salud; De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2023-SA, cuyo Texto Integrado fue aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 006-2023-PE/INS; SE RESUELVE:Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia de la servidora VICKY ROXANA FLORES VALENZUELA al cargo de confi anza de Subdirectora I de la Subdirección de Calidad de la Producción y Almacenamiento (SUCPA) del Centro Nacional de Producción y Bienes Estratégicos de Salud Pública, efectuada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 134-2025-PE/INS, dándole las gracias por los servicios prestados a la Entidad. Artículo 2.- ACEPTAR la renuncia de la servidora NOEMI SILVIA SARMIENTO HERRERA al cargo de confi anza de Directora del órgano desconcentrado del Centro Nacional de Producción y Bienes Estratégicos de Salud Pública (CNPB), efectuada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 134-2025-PE/INS, dándole las gracias por los servicios prestados a la Entidad. Artículo 3.- DESIGNAR a la profesional VICKY ROXANA FLORES VALENZUELA en el cargo de confi anza de Directora del órgano desconcentrado del Centro Nacional de Producción y Bienes Estratégicos de Salud Pública (CNPB). Artículo 4.- NOTIFICAR, la presente Resolución a las profesionales indicadas en los artículos precedentes y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Salud (www.ins.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Presidente Ejecutivo 2468381-1 ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aprueban la adecuación de tres (3) formatos de instrumentos de formalización RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº D000106-2025- COFOPRI-GG San Isidro, 15 de diciembre de 2025VISTOS: Los Informes N°s D000325-2025-COFOPRI-SCAL, D000361-2025-COFOPRI-SCAL y, D000373-2025- COFOPRI-SCAL del 23 de octubre, 26 de noviembre y 05 de diciembre del 2025, respectivamente, emitidos por la Subdirección de Cali fi cación; los Memorandos N°s D001628-2025-COFOPRI-DFIND, D001884-2025-COFOPRI-DFIND y, D001949-2025-COFOPRI-DFIND del 31 de octubre, 01 y 10 de diciembre del 2025, respectivamente, emitidos por la Dirección de Formalización Individual; el Informe Nº D000022-2025-COFOPRI-DND- GAS, el Memorando Nº D000368-2025-COFOPRI-DND, ambos del 18 de noviembre del 2025, emitidos por la Dirección de Normalización y Desarrollo; y, el Informe Nº D000634-2025-COFOPRI-OAJ del 12 de diciembre del 2025, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos; Que, el artículo 2 de la citada Ley Nº 28923, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 31056, Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para su formalización, crea el régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios a cargo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, con vigencia hasta el 31 de diciembre del 2026; Que, la Única Disposición Complementaría Derogatoria de la Ley Nº 32267, Ley que amplía por última vez los plazos del proceso de formalización de la propiedad informal en terrenos estatales ocupados por posesiones informales, deroga el antes mencionado artículo 3 de la Ley Nº 31056; Que, de esta manera, se tiene que el artículo 2 de la Ley Nº 31560, Ley que otorga funciones compartidas a los gobiernos locales en los procesos de formalización de la Propiedad Informal, modi fi ca el último párrafo del artículo 79 de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, en los siguientes términos: “ En el saneamiento de la propiedad predial el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) actúa como órgano técnico de asesoramiento de los gobiernos locales para lo cual contribuye al fortalecimiento de capacidades de los funcionarios y servidores municipales para la ejecución de procedimientos simpli fi cados y estandarizados. Asimismo, ejecuta el proceso de formalización de la propiedad predial, en los ámbitos que no estén siendo intervenidos por las municipalidades, a nivel nacional”; Que, en ese sentido, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31560, establece que: “Las intervenciones con fi nes de formalización de la propiedad predial programadas por las municipalidades provinciales y municipalidades distritales no comprenden las posesiones informales programadas y/o intervenidas por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI)” ; Que, de los documentos de vistos, se tiene que la Dirección de Formalización Individual en observación de las disposiciones normativas señaladas en los considerandos precedentes, y la derogación de la vigencia del régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios a cargo de COFOPRI; requiere que se apruebe la adecuación de tres (3) formatos de instrumentos de formalización, los que han sido evaluados y consensuados con la Dirección de Normalización y Desarrollo, los cuales se encuentran detallados en los siguientes cuadros: CUADRO Nº 1 Nº DENOMINACIÓN DE NUEVO FORMATOANEXO NUEVO FORMATO 1TÍTULO DE PROPIEDAD ONEROSO REGISTRADO EN LA MODALIDAD DE VENTA AL CRÉDITO01 2 TÍTULO DE SANEAMIENTO DE PROPIEDAD 02 3INSTRUMENTO DE LEVANTAMIENTO DE HIPOTECA POR PAGO TOTAL DEL SALDO DEL PRECIO DE VENTA EN LA MODALIDAD DE PAGO FRACCIONADO03