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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (24/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de diciembre de 2025 El Peruano / o gravamen que contenga la partida registral respecto del área afectada del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 6.- Noti fi cación Disponer que la Dirección de Gestión Predial, gestione y noti fi que la presente Resolución Jefatural, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30556 y sus modi fi catorias, requiriendo la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Jefatural, improrrogables, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNAN YAIPEN ARESTEGUI Jefe de la Autoridad Nacional de InfraestructuraAutoridad Nacional de InfraestructuraPresidencia del Consejo de Ministros ANEXO LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y COORDENADAS UTM Código: 2501395-CAS-P1R-374 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:ÁREA AFECTADA: 130.10 m2 (0.0130 ha) Perímetro: 146.69 mAFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE Por el Norte: COLINDA CON AREA OCUPADA POR TERCEROS Y AREA SIN ANTECEDENTE REGISTRALLONGITUD: 42.68 m Por el Sur: COLINDA CON AREA OCUPADA POR TERCEROS LONGITUD: 0.00 m Por el Este: COLINDA CON AREA OCUPADA POR TERCEROS Y AREA SIN ANTECEDENTE REGISTRALLONGITUD: 30.90 m Por el Oeste: COLINDA CON AREA REMANENTE DEL PREDIO CON PARTIDA N° 02100154LONGITUD: 73.11 m COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA - ZONA 17 S Vértice Lado Distancia(m)Coordenadas UTM - WGS84 Este (X) Norte (Y) 1 1-2 42.68 804593.7154 8944467.7355 2 2-3 25.37 804625.6174 8944439.4026 3 3-4 5.53 804640.9371 8944419.1816 4 4-5 2.11 804643.5607 8944414.3090 5 5-6 24.49 804642.0910 8944415.8290 6 6-7 15.34 804626.0530 8944434.3390 7 7-8 5.71 804615.2010 8944445.1850 8 8-9 12.03 804611.1030 8944449.1570 9 9-1 13.43 804603.2330 8944458.2620 Partida Electrónica N° 02100154 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Casma, Zona Registral N° VII - Sede Huaraz. Con Informe Técnico N° 0064-2025-VC-MHO de fecha 22 de agosto de 2025, suscrito por la Verificador Catastral, Ing. Marleni Huam án Ortiz con Código N° 019593VCPZRIX 2471340-1 Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por la ejecución del Proyecto: “Creación de los Servicios de protección contra inundaciones de las aguas de las avenidas de la cuenca de la Quebrada El León en los distritos de la Esperanza y Huanchaco de la provincia de Trujillo - departamento de La Libertad” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000200-2025- ANIN/JEF Jesús María, 23 de diciembre de 2025 VISTOS: Los Memorandos N° 007345-2025-ANIN/DIME y N° 004289-2025-ANIN/DIME e Informes N° 000117- 2025/DIME-SEJDI-PQ14Q.LEON y N° 000090-2025- ANIN/DIME-UFSI-PQ14Q.LEON de la Dirección de Intervenciones Multisectoriales y de Emergencia, el Memorando N° 002888-2025-ANIN/DGP e Informe N° 000133-2025-ANIN/DGP-DMC de la Dirección de Gestión Predial y el Informe N° 001327-2025-ANIN/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, con Ley N° 31841 se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo; Que, en virtud del numeral 1.4 de la Nonagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se dispone que la ANIN, los Ministerios, los Gobiernos Regionales y Locales, puedan ejecutar de manera excepcional, intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) de la cartera del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (en adelante PIRCC) y proyectos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, de la cartera del PIRCC, pudiendo aplicar el Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, para aquellas intervenciones que se encuentren en el PIRCC; Que, el numeral 8.6 del artículo 8 de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y sus modi fi catorias (en adelante, Ley N° 30556); autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para la implementación del PIRCC, declarado de necesidad pública e interés nacional en el artículo 1 de la citada Ley; asimismo, se dispone que la adquisición y expropiación de los inmuebles se efectúa aplicando el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de