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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (22/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Sábado 22 de febrero de 2025 El Peruano / requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – Servir y por la entidad; Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva, indica que la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) al titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; Que, mediante Informe N° 149-2025-SANIPES/OA- URH, la Unidad de Recursos Humanos sustenta y propone la actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos de SANIPES, conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, y a lo dispuesto en la Ley N° 31419 Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su reglamento; el Reglamento de la Ley de Creación de Sanipes, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2019-PRODUCE, así como en los Manuales de Clasi fi cación de Cargos de los organismos públicos adscritos al Ministerio de la Producción; Que, mediante Memorando N° 000178-2025-SANIPES/OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, hace suyo el Informe N° 00033-2025-SANIPES/OPPM-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, por el cual emite su opinión favorable a la propuesta de actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos de SANIPES, precisando que de conformidad con la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSHR, el Manual de Clasi fi cador de Cargos debe ser aprobado por la Gerencia General al ser la máxima autoridad administrativa de SANIPES conforme a las competencias y funciones establecidas en el artículo 12 y 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES; Que, el precitado numeral 6.1.7 de la Directiva, dispone además que el titular de la entidad aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en la sede digital de la entidad y en el portal de transparencia; Que, de acuerdo al literal h) del sub numeral 5.1. del numeral 5 de la Directiva; para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Titular de la Entidad, es la máxima autoridad administrativa, concordante con el literal j) del artículo IV. De fi niciones del Reglamento de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que establece que el titular de la entidad para el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, el artículo 12 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 053-2021-SANIPES/PE, señala que la Gerencia General es el máximo órgano administrativo de SANIPES; Que, mediante Informe N° 00051-2025-SANIPES/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable que la Gerencia General, emita el acto resolutivo por el cual apruebe la actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos del SANIPES; Que, en ese contexto, resulta necesario emitir el acto resolutivo por el cual se apruebe la actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos del SANIPES; Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y;De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30063, Ley de Creación de SANIPES; Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR/PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para la Asignación de Personal Provisional”; Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 053-2021-SANIPES/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del SANIPES; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la actualización del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura - SANIPES, que como anexo acompaña la presente resolución. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución y el anexo que la acompaña en la sede digital de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura – SANIPES (www.gob.pe/sanipes), y en el Portal de Transparencia Estándar. Regístrese, comuníquese y publíquese.CEDILIA VICTORIA AKEMI KUROIWA PÉREZ Gerente General de la Autoridad Nacional de Sanidad e Inocuidad en Pesca y Acuicultura 2374225-1 ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Disponen publicar proyecto de Resolución del Consejo Directivo que aprobaría el “Reglamento de Supervisión del OEFA”, la fórmula normativa, su anexo y exposición de motivos RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 00005-2025-OEFA/CD Lima, 20 de febrero de 2025 VISTOS: Los Informes números 00178-2024-OEFA/ DPEF-SMER y 00013-2025-OEFA/DPEF-SMER, emitidos por la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; y, los Informes números 00380-2024-OEFA/ OAJ y 00031-2025-OEFA/OAJ, emitidos por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización ambiental; Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, Ley del Sinefa), se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables por parte de los administrados,