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86 NORMAS LEGALES Jueves 27 de noviembre de 2025 El Peruano / Código InfracciónMulta según UIT MEDIDA PROVISIONALMEDIDA COMPLEMENTARIAGRADUALIDADAB C 07-520Utilizar los muros de predios públicos y privados para realizar, fijar o pegar carteles, sin contar con autorización previa; o sin efectuar el procedimiento de comunicación a la autoridad correspondiente.4 UIT Retiro Retiro Grave 07-521Realizar o permitir la difusión, fuera del horario comprendido entre las 08:00 y las 20:00 horas, propaganda a través de altoparlantes instalados en locales partidarios o en vehículos.2 UIT Retiro Retiro Grave 07-522Realizar o permitir la difusión de propaganda a través de altoparlantes instalados en locales partidarios o en vehículos; o difundirla, fuera o dentro del horario permitido, en una intensidad mayor a la prevista o perturbando la tranquilidad de los vecinos.2 UITDecomiso o reposiciónDecomiso o reposición Grave 07-523Realizar propaganda electoral sonora en áreas no permitidas.2 UIT Retiro Retiro Grave 07-524No retirar o borrar cada una de las propagandas electorales, dentro del plazo de sesenta (60) días calendario, desde la conclusión del periodo electoral.3 UIT Decomiso Decomiso Grave La determinación de la infracción y la imposición de la sanción estarán a cargo de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, conforme a los procedimientos administrativos vigentes, respetando el debido procedimiento y el derecho de defensa del administrado. Artículo Décimo Séptimo.- RESPONSABILIDADES Los representantes o personeros legales de las organizaciones políticas, promotores de consulta popular de revocatoria o autoridades sometidas a consulta popular que utilicen recursos particulares o propios, que instalen propaganda electoral infringiendo las disposiciones señaladas en la presente ordenanza municipal serán responsables ante la municipalidad por las mismas, sin perjuicio de las sanciones penales, administrativas y civiles a las que hubiera lugar. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- PROHIBIR, en la jurisdicción del distrito de Lurín, cualquier tipo de propaganda política cuando no exista convocatoria a elecciones formalmente efectuada por el Presidente de la República del Perú. Segunda.- REGULARIZAR, a lo establecido en la presente Ordenanza Municipal, la instalación de propaganda electoral que se haya colocado antes de la aprobación de la presente, en un plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la publicación de la presente en el Diario O fi cial “El Peruano”. Tercera.- DEROGAR, todas las normas de igual o inferior jerarquía que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Cuarta.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Económico, a la Gerencia de Fiscalización y demás unidades de organización, la ejecución y el cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinta.- ENCOMENDAR, a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario O fi cial “El Peruano”. Sexta.- FACULTAR, al señor Alcalde del distrito de Lurín para que, vía Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones que sean necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN RAÚL MARTICORENA PÉREZ Alcalde 2460692-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Declaran el día 24 de octubre de cada año como “Día de la Cultura en el distrito de Santiago de Surco” ACUERDO DE CONCEJO Nº 109-2025- ACSS Santiago de Surco, 19 de noviembre de 2025POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha; y,CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al artículo 194º de la Constitución Política, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41º de la Ley establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de Interés Público, Vecinal o Institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado Acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional; Que, el antiguo auditorio del Parque de la Amistad se transformó en un moderno escenario: el Teatro Municipal de Santiago de Surco, inaugurado por el alcalde Carlos Bruce Montes de Oca, el 24 de octubre de 2024. Desde entonces, este espacio se ha consolidado como uno