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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (27/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Jueves 27 de noviembre de 2025 El Peruano / de Fiscalización Administrativa señala que, de la revisión del contenido del proyecto de “Ordenanza Municipal que regula la colocación de Propaganda Electoral en el distrito de Lurín” este representa una herramienta de gestión que contribuirá con la preservación del orden público; por lo que, emite opinión técnica favorable al referido proyecto, remitiendo los actuados a la Gerencia de Desarrollo Económico; Que, a través del Informe Técnico Nº 002-2025- GDE/MDL, de fecha 23 de setiembre de 2025, la Gerencia de Desarrollo Económico señala, entre otros, que el proyecto de “Ordenanza Municipal que regula la colocación de Propaganda Electoral en el distrito de Lurín”, establece un marco regulatorio local para la propaganda electoral, lo que la hace jurídicamente viable; así también, contempla disposiciones técnicas, administrativas y sancionadoras para la propaganda electoral, armonizando el ejercicio de derechos políticos con la preservación del espacio público, el orden urbano y el cumplimiento de la normativa nacional electoral, en consonancia con los principios de autonomía local e interés general; asimismo, se alinea con el mandato de establecer criterios técnicos y equitativos para la colocación de propaganda, garantizando neutralidad y equidad; en ese sentido, emite opinión técnica favorable para su aprobación, remitiendo los actuados a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la cual a su vez, mediante el Proveído Nº 1707-2025-OGPP/MDL, de fecha 23 de setiembre de 2025, traslada el expediente a la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, a fi n de que emita opinión técnica; Que, con el Informe Técnico Nº 0128-2025-OPM- OGPP/MDL, de fecha 23 de setiembre de 2025, la Ofi cina de Planeamiento y Modernización señala que, el proyecto de “Ordenanza Municipal que regula la colocación de Propaganda Electoral en el distrito de Lurín”, se encuentra alineada al cumplimiento del OEI.10 “Fortalecer la e fi ciencia en la Gestión Institucional”, del Plan Estratégico institucional (PEI) 2025-2030, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 139-2024-ALC/MDL; asimismo, su estructura y características cumplen con los lineamientos y la normatividad vigente aplicables en la materia, necesarias para su aprobación e implementación; en ese sentido, emite opinión técnica favorable a la referida propuesta, remitiendo los actuados a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, por el Memorándum Nº 0290-2025-OGPP/MDL, de fecha 23 de setiembre de 2025, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo lo señalado por la O fi cina de Planeamiento y Modernización en todos sus extremos, otorgando viabilidad respecto al proyecto de “Ordenanza Municipal que regula la colocación de Propaganda Electoral en el distrito de Lurín”, remitiendo los actuados a la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a fi n de que emita opinión legal; Que, mediante el Informe Legal Nº 0348-2025-OGAJ/ MDL, de fecha 23 de setiembre de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable para la aprobación del proyecto de “Ordenanza Municipal que regula la colocación de Propaganda Electoral en el distrito de Lurín”, por cuanto la misma se encuentra conforme a la normatividad de la materia, recomendando que se eleven los actuados al pleno del Concejo Municipal para su deliberación y consecuente aprobación, de conformidad con lo previsto en el artículo 40º y 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con artículo 185º y 186º de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859 modi fi cada por la Ley Nº 28581; Que, a través del Memorándum Nº 503-2025-GM/ MDL, de fecha 23 de setiembre de 2025, la Gerencia Municipal remite los actuados a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal para que, conforme a sus facultades, agende en Sesión de Concejo la APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA COLOCACIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE LURÍN, en base al sustento de los Informes Técnico y Legal que obran en el expediente administrativo; Que, con el Dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos Nº 067-2025-CAJ-REG/MDL y el Dictamen de la Comisión de Participación Vecinal y Desarrollo Económico Nº 013-2025-CPVDE-REG/MDL, ambos de fecha 25 de setiembre de 2025, se expresan en sentido favorable sobre la APROBACIÓN DEL PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA COLOCACIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE LURÍN; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno a través de ordenanzas y acuerdos; asimismo, el artículo 40º del mismo cuerpo normativo, establece que, las ordenanzas municipales distritales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, esta propuesta ha sido debatida y analizada por los miembros del Concejo Municipal y en uso de las facultades conferidas en los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el VOTO POR MAYORÍA del pleno, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA COLOCACIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO DE LURÍN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- OBJETIVO La presente Ordenanza Municipal es de orden público e interés general y tiene por fi nalidad regular los aspectos técnicos y administrativos ligados a la instalación, difusión y retiro de la propaganda electoral que deben cumplir los partidos políticos, las organizaciones políticas, movimientos políticos, alianzas políticas y listas independientes dentro de la jurisdicción distrital de Lurín durante el desarrollo de los procesos electorales y/o consulta popular, con el propósito de preservar el ornato del distrito, el respeto de los entornos saludables así como de la armonía urbanística del distrito, dentro del marco de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley Nº 26859; la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y el Reglamento sobre Propaganda Electoral aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE. Artículo Segundo.- FINALIDAD En el marco del vigente Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en período Electoral, la Municipalidad Distrital de Lurín tiene como objetivo promover el adecuado desarrollo de la propaganda electoral durante los procesos electorales y/o consulta popular, reconociendo la importancia de poner en conocimiento del electorado las distintas opciones democráticas, las cuales conforman la base de un sistema democrático y representativo. Asimismo, busca permitir la ubicación y difusión de propaganda en el distrito, procurando la distribución equitativa de espacios públicos. Artículo Tercero.- BASE LEGAL 3.1. Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias. 3.2. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias. 3.3. Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y sus modi fi catorias. 3.4. TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 3.5. Resolución Nº 0112-2025-JNE, que aprueba el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en el Periodo Electoral. Artículo Cuarto.- DEFINICIONES 4.1. Afi che o cartel: Elemento de propaganda electoral, cuyo mensaje es impreso en una super fi cie