Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2026 (23/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Jueves 23 de julio de 2026 El Peruano / Expediente N° JNE.2025005365 CONTRALMIRANTE VILLAR - TUMBESVACANCIAAPELACIÓN Lima, 18 de mayo de 2026 EL VOTO EN MINORÍA DEL SEÑOR MAGISTRADO GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN, MIEMBRO TITULAR DEL PLENO DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES, ES EL SIGUIENTE: En el presente caso se imputa la contratación de la prima hermana de la autoridad, lo cual se subsume en la causal de nepotismo, sin que pueda forzarse la interpretación de una causal distinta, como la de restricciones en la contratación, para efecto de que el mismo hecho se subsuma en dos hipótesis, lo que resulta contrario a la sistemática de las causales de vacancia. Por lo expuesto, mi voto es por DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Edgar Alex Lama Olaya y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Extraordinario N° 057-2025-MPCVZ, del 26 de mayo de 2025, que desaprobó la solicitud de vacancia que presentó contra don Jaime Yacila Boulangger, alcalde de la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, por la causal de infracción a las restricciones de contratación, prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, sin perjuicio de que la solicitud sea nuevamente planteada y tramitada conforme a ley bajo la causal que corresponda. S.GONZALES BARRÓN Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, publicado el 30 de abril de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2537245-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de San Fernando, provincia de Rioja, departamento de San Martín RESOLUCIÓN N° 01384-2026-JNE Expediente N° JNE.2026185498 SAN FERNANDO - RIOJA - SAN MARTÍN LICENCIA DE AUTORIDADCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 17 de junio de 2026 VISTO : el O fi cio N° 211-2026-A/MDSF, del 8 de junio de 2026, mediante el cual don Benedicto Rojas Ortiz, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Fernando, provincia de Rioja, departamento de San Martín (en adelante, señor alcalde), comunicó la licencia sin goce de haber concedida a don Manuel Jesús Díaz Huancaruna, regidor de la referida comuna (en adelante, señor regidor), por el periodo comprendido entre el 4 de setiembre y el 4 de octubre de 2026, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026). ANTECEDENTES1.1. A través del o fi cio citado en el visto, se remitió el Acuerdo de Concejo N° 021-2026-CM/MDSF, del 27 de mayo de 2026, mediante el cual el Concejo Distrital de San Fernando aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por el señor regidor, por el periodo comprendido entre el 4 de setiembre y el 4 de octubre de 2026. 1.2. Aunado a ello, fl uye de los actuados del presente expediente, la copia certi fi cada del Acta de Sesión Ordinaria N° 011-2026, del 27 de mayo de 2026, así como del Acuerdo de Concejo N° 020-2026-CM/MDSF, del 27 de mayo de 2026, en donde se advierte que el Concejo Distrital de San Fernando aprobó la licencia sin goce de haber del señor alcalde, disponiendo que doña Elizabeth Jiménez Zulueta, regidora del concejo distrital de la citada comuna (en adelante, señora regidora), asuma temporalmente las funciones de alcaldía durante el referido periodo. 1.3. Asimismo, se advierte que, mediante el Expediente N° JNE.2026185485, tramitado con motivo de la licencia sin goce de haber otorgada al señor alcalde, se dispuso convocar a la señora regidora para que asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa y a don Hans Barrientos Villalobos para que asuma provisionalmente el cargo de regidor, ambos durante el periodo comprendido entre el 4 de setiembre y el 4 de octubre de 2026. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El numeral 2 del artículo 24 determina que, a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM 1 1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la república y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la república. En la Resolución N° 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026 2 1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 5.1. del numeral 5 de la parte resolutiva dispuso: […] 5.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones) [resaltado agregado En el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales 3 (en adelante, Reglamento) 1.5. El artículo 14 regula lo siguiente: