NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (05/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 188
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 175
175 NORMAS LEGALES Sábado 5 de setiembre de 2026 El Peruano / Informe de Acreditación de Recursos, de acuerdo con la fuente de fi nanciamiento aplicable y las disposiciones previstas en el Reglamento; Que, a su vez, el numeral 61.1 del artículo 61 del Reglamento, establece que: “Las Entidades Públicas deben actualizar las listas de priorización periódicamente y como mínimo una vez al año, y remitirlas a Proinversión, quien brinda asistencia técnica a las respectivas Entidades Públicas, cuando así lo soliciten. La lista de priorización es publicada por Proinversión en su portal institucional dentro de los tres (3) días de recibida la información a la que se re fi eren los artículos 57 y 58”; Que, en ese orden de ideas, el numeral 65.3 del artículo 65 del Reglamento, referido a la aprobación de las actividades de operación y/o mantenimiento propuestas por el sector privado, precisa que: “Si las actividades de operación y/o mantenimiento son aprobadas, se incluyen en la lista de priorización, de acuerdo con el artículo 57”; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 149 del TUO de la Ley N° 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General - que señala: “La autoridad responsable de la instrucción, por propia iniciativa o a instancia de los administrados, dispone mediante resolución irrecurrible la acumulación de los procedimientos en trámite que guarden conexión”, debe procederse a acumular los Expedientes que corresponden a los requerimientos de Priorización, bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, de las siguientes intervenciones: i. PLAN DE MANTENIMIENTO PARA LA GESTIÓN Y CONSERVACIÓN VIAL POR NIVELES DE SERVICIO DE LA CARRETERA DEPARTAMENTAL AN-107”, por un costo total de ejecución de S/ 320,638,526.08. ii. PLAN DE MANTENIMIENTO PARA LA GESTIÓN Y CONSERVACIÓN VIAL POR NIVELES DE SERVICIO DE LA CARRETERA AN-110, DEPARTAMENTO DE ANCASH”, por el importe de S/ 386,381,362.89. iii. REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA HUARMEY - AIJA - RECUAY” con CUI N° 2018964, por el importe de S/ 1,243,978,964.65. iv. ADQUISICION DE AMBULANCIA RURAL; EN CIENTO CUARENTA Y CINCO CENTROS DE MEDICINA ALTERNATIVA, CENTROS DE PROMOCIÓN Y VIGILANCIA COMUNAL, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.4, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.2, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.3, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.1 A NIVEL DEPARTAMENTAL (ANCASH)” con CUI N° 2700440, por el importe de S/ 87,169,794.38. Que, con el Decreto Supremo N° 121-2026-EF, de fecha 28 de junio de 2026, se aprueban los Topes Máximos de Capacidad Anual (TMCA) para la emisión de los Certi fi cados de Inversión Pública Regional y Local - Tesoro Público (CIPRL) para los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y las Universidades Públicas, correspondiendo al Pliego 441 Gobierno Regional de Ancash el Tope Máximo de Capacidad Anualizado por el importe de S/ 2,082,455,106.00; Que, cada una de las intervenciones propuestas para su priorización, bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, cuenta con su respectiva acreditación de disponibilidad de recursos dentro de los Topes Máximos de Capacidad Anual (TMCA), la opinión favorable de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y el informe pertinente de la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones, que hace las veces de la OPMI del Gobierno Regional de Ancash; los cuales se encuentran contenidos en los documentos descritos en los puntos 3.11 al 3.30 del DICTAMEN N° 0009-2026-GRA/CR/COPPAT. En el caso de los mantenimientos propuestos, se cuenta con los respectivos Planes de Mantenimiento, debidamente aprobados. Las deducciones se realizarán con cargo a la fuente de fi nanciamiento 5 Recursos Determinados, rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones; Que, en consecuencia, corresponde que el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, acorde a sus legales atribuciones, determine, mediante acuerdo de consejo regional, la aprobación de la lista de priorización de las intervenciones propuestas, en cumplimiento de lo dispuesto por el subnumeral 1 del numeral 57.6 del artículo 57 del Reglamento;Que, consiguientemente y, como resultado del análisis, las conclusiones y recomendaciones contenidas en el DICTAMEN N° 0009-2026-GRA/CR/COPPAT, La Comisión RECOMIENDA, por unanimidad, al Pleno del Consejo Regional, emitir un Acuerdo de Consejo Regional aprobando las recomendaciones contenidas en el indicado dictamen, en los términos allí señalados; Que, el Acuerdo de Consejo Regional, según lo establecido en el artículo 39 de la LOGR y sus modi fi catorias, es el acto administrativo a través del cual el Consejo Regional expresa su voluntad institucional, adoptando decisiones dentro del ámbito de sus competencias, especialmente en el ejercicio de su función fi scalizadora y de control político, con efectos jurídicos concretos, sobre asuntos internos del propio Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional; disposición legal concordante con lo señalado en el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 del artículo 5 del RIC y cuya promulgación, publicación y vigencia se encuentra regulado en el artículo 111 de la indicada norma reglamentaria; Que, en ese sentido, en la Sesión Ordinaria del Consejo Regional, de fecha 03 de setiembre del presente año, se pone a consideración del pleno del consejo el DICTAMEN N° 0009-2026-GRA/CR/COPPAT, presentado por La Comisión, a efectos de ser sustentado y debatido. Concluida la sustentación y deliberación, cuyos oradores e intervenciones se encuentran registrados en el Acta de dicha sesión, el indicado dictamen es sometido a votación a mano alzada, siendo APROBADO por UNANIMIDAD; Que, estando a lo acordado y aprobado por el Consejo Regional en su Novena Sesión Ordinaria y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo Primero.- ACUMULAR los expedientes administrativos signados con número de trámite: I26106004, I26106008, I26106012, I26107454, I26108317 y I26109676; que corresponden a los requerimientos de priorización de intervenciones, bajo el mecanismo de obras por impuestos. Artículo Segundo.- APROBAR la lista de priorización de las intervenciones a ser ejecutadas en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 038-2026-EF, conforme al siguiente detalle: N° NOMBRE DE LA(S) INVERSIONES(S) Y/O ACTIVIDADES DE OPERACIÓN Y/O MANTENIMIENTOCÓDIGO ÚNICO DE INVERSIÓNMONTO DE INVERSIÓN (S/) 01ACTIVIDAD: PLAN DE MANTENIMIENTO PARA LA GESTIÓN Y CONSERVACIÓN VIAL POR NIVELES DE SERVICIO DE LA CARRETERA AN-107, DEPARTAMENTO DE ANCASHNo aplica a Planes de Mantenimiento 320,638,526.08 02ACTIVIDAD: PLAN DE MANTENIMIENTO PARA LA GESTIÓN Y CONSERVACIÓN VIAL POR NIVELES DE SERVICIO DE LA CARRETERA AN-110, DEPARTAMENTO DE ANCASHNo aplica a Planes de Mantenimiento 386,381,362.89 03PROYECTO DE INVERSIÓN: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA HUARMEY - AIJA - RECUAY”2018964 1,243,978,964.65 04IOARR: “ADQUISICION DE AMBULANCIA RURAL; EN CIENTO CUARENTA Y CINCO CENTROS DE MEDICINA ALTERNATIVA, CENTROS DE PROMOCIÓN Y VIGILANCIA COMUNAL, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.4, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.2, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.3, ESTABLECIMIENTOS DE SALUD I.1 A NIVEL DEPARTAMENTAL (ANCASH)”2700440 87,169,794.38 TOTAL 2,038,168,648.00