NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (05/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 188
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 172
172 NORMAS LEGALES Sábado 5 de setiembre de 2026 El Peruano / CONSIDERANDO: Mediante Resolución N° 011-2026-P-JNJ, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 4 de febrero de 2026, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Junta Nacional de Justicia, disponiéndose en su artículo 2 que la Dirección General realice las acciones conducentes a su implementación en un plazo de ciento veinte (120) días calendario; asimismo, en su artículo 3 dispuso que la Resolución N° 036-2024-P-JNJ y sus modi fi catorias quedaran sin efecto una vez cumplido el plazo establecido para la implementación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones; Mediante Resolución N° 030-2026-P-JNJ se amplió, hasta por noventa (90) días calendario adicionales, el plazo previsto en el artículo 2 de la Resolución N° 011-2026-P-JNJ, computados a partir del vencimiento del plazo originalmente establecido, a fi n de continuar con las acciones conducentes a la implementación del Reglamento de Organización y Funciones de la Junta Nacional de Justicia; Mediante el informe de vistos, la Unidad de Recursos Humanos informa sobre las actuaciones realizadas durante el plazo adicional otorgado, relacionadas con la actualización de los instrumentos de gestión de recursos humanos, así como las coordinaciones y asistencias técnicas efectuadas con la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. Asimismo, señala que se encuentran pendientes actuaciones necesarias para culminar dicho proceso; por lo que recomienda ampliar el plazo hasta por noventa (90) días calendario adicionales; Mediante el informe de vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto de la ampliación del plazo propuesto;De conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 24 de la Ley N° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; el inciso p) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Junta Nacional de Justicia, aprobado por Resolución N° 036-2024-P-JNJ; y, con el visado de la Dirección General y de los jefes de las O fi cinas de Administración y Finanzas, Asesoría Jurídica y de la Unidad de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ampliar, hasta por noventa (90) días calendario adicionales, el plazo previsto en el artículo 1 de la Resolución N° 030-2026-P-JNJ, computados a partir del vencimiento del plazo establecido en dicha resolución, a fi n de continuar con las acciones conducentes a la implementación del Reglamento de Organización y Funciones de la Junta Nacional de Justicia aprobado mediante Resolución N° 011-2026-P-JNJ. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el Portal de Transparencia y en el Portal Institucional de la Junta Nacional de Justicia (www.gob.pe/jnj). Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA TERESA CABRERA VEGA Presidenta 2551265-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC Ordenanza Regional que aprueba la modificación integral de la estructura orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Apurímac ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2026-GR- APURIMAC/CR. Abancay, 30 de junio de 2026 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC POR CUANTO:En la Sexta Sesión Ordinaria del Consejo Regional llevada a cabo en la ciudad de Abancay, el día jueves veinticinco del mes de junio del año dos mil veintiséis, como punto de Agenda: APROBAR, la modi fi cación integral de la Estructura Orgánica del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Apurímac de conformidad con el texto actualizado conformado por ciento cuarenta y nueve (149) artículos y nueve (09) Disposiciones Complementarias Finales, cuyo texto y organigrama forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO:Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;Que, los artículos 2, 4 y 5 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, cuya fi nalidad es organizar y conducir la gestión pública regional en el ámbito de sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de su jurisdicción; Que, conforme a los artículos 13 y 15 literal a) de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional constituye el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, encontrándose facultado para aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulan materias de competencia regional; Que, el artículo 38 de la citada Ley dispone que las Ordenanzas Regionales regulan asuntos de carácter general relacionados con la organización y administración del Gobierno Regional; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización tiene por fi nalidad mejorar la e fi ciencia de la administración pública y optimizar la prestación de servicios a la ciudadanía mediante una gestión orientada a resultados; Que, mediante las Leyes Nºs, 27902, 29053, 31433, 31913 y 32096 se introdujeron modi fi caciones sustanciales a la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, generando la necesidad de adecuar los instrumentos de gestión institucional al marco normativo vigente; Que, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, establece que la estructura, organización y funcionamiento de las entidades públicas deben sujetarse a los principios de legalidad, especialidad, jerarquía, coherencia y no duplicidad funcional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias aprobadas por los Decretos Supremos Nos 131-2018-PCM y 064-2021-PCM, se aprobaron los Lineamientos de Organización del Estado, los cuales regulan los criterios y reglas para el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades públicas; Que, el artículo 43 de los citados Lineamientos establece que el Reglamento de Organización y