Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2001 (26/10/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

Pag. 211844

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2001

sesiona extraordinariamente cuando lo convoque el MORDAZA o lo solicite cuando menos la tercera parte del numero legal de sus miembros, en caso de no ser convocado por el MORDAZA dentro de los 5 dias habiles siguientes a la peticion, puede hacerlo el MORDAZA MORDAZA o cualquier Regidor previa notificacion escrita al MORDAZA, debiendo mediar entre la convocatoria y la sesion dos dias habiles; Que en autos no se ha demostrado que al MORDAZA se le MORDAZA notificado debidamente para la sesion en la que se acordo declarar la vacancia de su cargo, lo cual implicaria atentar contra su derecho de defensa consagrado en nuestra Constitucion Politica; por lo que, resolviendo con arreglo a ley y a los principios generales de derecho; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA Alanoca MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Conduriri, provincia de El Collao, departamento de Puno; en consecuencia, nulos y sin efecto el acuerdo declaratorio de vacancia de su cargo de MORDAZA, tomado en la sesion extraordinaria de fecha 14 de MORDAZA del 2001 y el Acuerdo Municipal Nº 032001-CMDC. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA Alanoca MORDAZA continua ejerciendo el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Conduriri, por el periodo 1999 2002, para el cual fue elegido. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 33461 RESOLUCION Nº 731-2001-JNE EXP: Nº 1158-2001 Huambalpa MORDAZA, 25 de octubre de 2001 VISTO: El Oficio Nº 0051-2001-MDH/A (e) presentado con fecha 15 de octubre del 2001, por el senor MORDAZA MORDAZA Soca, Regidor del Concejo Distrital de Huambalpa, provincia de Vilcashuaman, departamento de MORDAZA, solicitando se formalice la declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y se convoque en su reemplazo al llamado por ley; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo dispuesto por el numeral 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es atribucion de los concejos municipales, declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA o de Regidor por las causales previstas en los Articulos 23º, 26º, 38º y 88º, de la ley acotada, siguiendo las formalidades del Articulo 27º que establece que la vacancia es declarada por la mayoria del numero legal de miembros del Concejo, formalidades y mayoria que no han sido observadas en el caso de autos; Que se advierte a fojas 10 vuelta, que en sesion de fecha 1 de octubre del 2001, 3 miembros del Concejo

Distrital de Huambalpa, se han pronunciado a favor de la vacancia del cargo de MORDAZA del referido Concejo, por la causal prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades, sobre inasistencia a 3 sesiones de caracter consecutivo; dicho acuerdo ha sido indebidamente trascrito en la denominada Resolucion de Alcaldia Nº 011-2001- MDH/ A (e) de fecha 2 de octubre del 2001, de fojas 11; Que las sesiones de concejo son convocadas por el MORDAZA y para que el MORDAZA MORDAZA o cualquier otro Regidor las convoque, conforme con lo establecido por el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, debe previamente haberse requerido al MORDAZA y recien en el caso de no ser convocada la sesion por este ultimo, dentro de los cinco dias habiles siguientes a la peticion, procede la convocatoria por los regidores del concejo respectivo, previa notificacion escrita al Alcalde; dicho procedimiento no se ha acreditado en forma alguna en autos; Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado y la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional del Elecciones: RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar nulo e insubsistente el Acuerdo de Concejo Distrital de Huambalpa de 1 de octubre de 2001, y nula e insubsistente la denominada Resolucion de Alcaldia Nº 011-2001- MDH/A (e) de fecha 2 de octubre del 2001, que declara la vacancia del cargo de MORDAZA en el referido Concejo, por no haberse observado las formalidades legales para una debida convocatoria a sesion de concejo de fecha 1 de octubre del 2001 con arreglo a ley, ni haberse obtenido la mayoria calificada para la declaratoria de vacancia; en consecuencia improcedente la solicitud de visto. Articulo Segundo.- Declarar que el senor MORDAZA MORDAZA Jananpa continua en el ejercicio del cargo de MORDAZA en el Concejo Distrital de Huambalpa, en el periodo 1999 al 2002 conforme a ley. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias, para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 33471

Convocan a candidatos proclamados y no proclamados para que asuman cargos de alcaldes y regidores de los Concejos Distritales de Quiquijana, Huata, Los Organos, Carhuamayo y MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION Nº 722-2001-JNE Exps. 614 y 784-2001 MORDAZA, 25 de octubre de 2001 VISTOS: El recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo de sesion del 22 de junio de 2001 del Concejo Distrital de Quiquijana, provincia de Quispicanchis, departamento de MORDAZA, que declara la vacancia de su cargo de MORDAZA en dicho Concejo;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.