Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2001 (26/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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6. La Poliza de Seguro Flotante y/o Abierta ampara distintos embarques, debiendo estar respaldada por un documento denominado "aplicacion" (emitida por cada envio), el cual debe constar con la recepcion de compania de seguros respectiva; su facturacion puede ser periodica (mensual, bimestral, etc.) o tambien por cada embarque. 7. La informacion minima que debe figurar en la Poliza de Seguro Individual o en la aplicacion de una Poliza de Seguro Flotante debe contener el nombre del asegurado, el medio de transporte (nombre de la nave, aeronave o vehiculo terrestre, etc.), la fecha de salida, el puerto de embarque, descripcion de la mercancia asegurada, la naturaleza y valor, la tasa de seguro (basica y adicional, segun corresponda) y el total de suma asegurada. 8. En los casos de mercancias aseguradas con Polizas Flotantes, debe haberse adjuntado como sustento del gasto del seguro cualquiera de los documentos siguientes: - El documento denominado aplicacion, que se presenta para cada despacho, con conocimiento de la compania aseguradora, o - Declaracion Jurada firmada por el importador la que debe contener, la siguiente informacion. · Nombre o razon social de la compania aseguradora, el Nº de la Poliza Flotante y su vigencia. · Que la mercancia presentada a despacho goza de la cobertura del seguro. · Prima de seguro, tasa basica y recargos por riesgos adicionales (tasas adicionales). · Porcentaje de sobreseguro. · Prima minima. · Monto MORDAZA que cubre el seguro. · Asimismo el importador senalara que se ha comunicado oportunamente a la compania aseguradora respecto de la mercancia presentada a despacho. 9. Cuando los despachos comprendan mercancias aseguradas y no aseguradas, el importador ademas de declarar expresamente que mercancias vienen aseguradas, debe haber presentado la documentacion sustentatoria; de no presentar dicha documentacion o si esta es incompleta, se notifica para que en el plazo senalado lo subsane, caso contrario el Especialista en Aduanas debe aplicar la Tabla de Porcentajes Promedio de Seguro y la sancion correspondiente. 10. Para la aplicacion de la Tabla de Porcentajes Promedio de Seguros que se publica en el SIVEP, debe tomar en cuenta lo siguiente: - Para mercancia no asegurada, el gasto de seguro se determina aplicando la tasa indicada en la Tabla de Porcentajes Promedio de Seguro, sobre el valor FOB (INCOTERMS 1990), o su equivalente segun el medio de transporte utilizado, y de acuerdo a la subpartida arancelaria contenida en el Arancel de Aduanas vigente. - Si ADUANAS, en aplicacion de la normatividad vigente sobre Valoracion Aduanera de las mercancias, determina durante el despacho o como consecuencia de una revision posterior el ajuste del valor FOB, debe tomarse este MORDAZA valor como base para la aplicacion de la tasa indicada en la Tabla de Porcentajes Promedio de Seguro. - Para mercancia asegurada, el gasto de seguro (prima) a considerar es el importe realmente pagado o por pagar, para ello se presenta la documentacion sustentatoria MORDAZA senalada. - En el caso de mercancias no aseguradas en su totalidad, si la poliza de seguro presentada, ampara solo una parte de la mercancia solicitada a despacho, el importador debe senalar expresamente que mercancias vienen aseguradas, adoptandose el procedimiento que corresponda a cada caso. 11 En las importaciones realizadas con Declaracion Simplificada, el Especialista en Aduanas verifica que el gasto de seguro MORDAZA sido declarado, teniendo en cuenta los criterios senalados en los incisos anteriores.

C.- INFORMACION MINIMA QUE DEBE CONTENER UNA LISTA DE PRECIOS DE EXPORTACION - Nombre o razon social del proveedor extranjero (emisor de la lista de precios), incluyendo su direccion, telefono, fax, e-mail, y otros. - Descripcion o designacion de las mercancias, incluyendo MORDAZA, modelo, MORDAZA, codigos y otros. - Unidad de comercializacion. - Precio unitario de cada producto. - Condiciones de entrega (Incoterm). - Periodo de vigencia. - Forma de pago. - Descuentos otorgados, (de corresponder). - Comisiones (de corresponder). - Firma de persona autorizada del proveedor extranjero (de corresponder). Estas listas de precios deben tener caracter de generalidad, aun cuando son dirigidas a un cliente en particular. Asimismo, debe contener la totalidad de los productos de la linea de comercializacion del importador y no solo los productos de una determinada factura comercial correspondiente a un despacho de importacion objeto de valoracion. ANEXO 02 DECLARACION DE: (1) / (2) / (3)
Yo,........................................................................................................ en calidad de ................................................................................................ en representacion de la empresa..................................................................... identificada con RUC Nº ............................................................................... domiciliada en ............................................................................................. con respecto a la DUA / DS Nº ............................... :................................. :
F/C Descripcion Nº de Serie Item MORDAZA Modelo Valor FOB Unitario Decl. MORDAZA Valor Sustento FOB (b) Unit (a) / Valor Estimado

(a) El MORDAZA Valor FOB Unitario se consigna de acuerdo a la unidad de medida declarada en el Ejemplar B de la DUA / DS (b) En el rubro Sustento se indica el codigo correspondiente y la descripcion respectiva en cada caso : 01 SIVEP - Referencia ................................................... Fecha ................... 02 Despachos Anteriores - DUI/ DUA/DS Nº ............... Fecha .................. 03 Revistas o Catalogos - Proveedor ............................ Fecha ................... 04 Listas de Precios - Proveedor .................................. Fecha ...................

( ) (1) ACEPTACION DE "DUDA RAZONABLE Y SUSTITUCION DEL VALOR EN ADUANA DECLARADO" -DECLARO NO CONTAR CON DOCUMENTACION O INFORMACION SUSTENTATORIA DEL VALOR EN ADUANA DECLARADO, POR TANTO ACEPTO LA DUDA RAZONABLE DETERMINADA SOBRE ELLOS Y SOLICITO LA SUSTITUCION DEL(OS) MISMO(S) EN APLICACION DEL 2DO. Y 3ER. METODO DEL ACUERDO, QUE DETERMINE ADUANAS, A EFECTOS DE PROSEGUIR CON EL TRAMITE DE DESPACHO CORRESPONDIENTE ( ) (2) VALOR DE TRANSACCION DE MERCANCIAS IDENTICAS O SIMILARES -DECLARO NO CONTAR CON FACTURA QUE SUSTENTE EL VALOR EN ADUANA DECLARADO DE MI MERCANCIA O QUE EL PRECIO DE FACTURA NO CORRESPONDE AL REALMENTE PAGADO O POR PAGAR POR MI MERCANCIA, POR LO QUE SOLICITO LA APLICACION DEL ART. 14º DEL REGLAMENTO APROBADO POR D.S. Nº 186-99-EF, A EFECTOS DE DETERMI-

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