Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2001 (26/10/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 211855

Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "C", mediante Informe Nº DESF"C" 124-2001; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Circular Nº B-1996-97 y Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Comercio la apertura de una Agencia ubicada en el MORDAZA Prolongacion MORDAZA Nº 575, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 33301

En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en uso de la facultad delegada mediante la Resolucion SBS Nº 807-99; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Sudamericano proceda a la enajenacion del bien senalado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Banco Sudamericano debera proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-20752000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO A LA RESOLUCION SBS Nº 780-2001 Relacion de inmuebles recibidos en dacion de pago de obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco Sudamericano prorroga del plazo para su enajenacion (venta), conforme a lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular SBS Nº B-2075-2000.
FECHA DE DESCRIPCION/UBICACION ADJUDICACION VALOR DE PRORROGA ADJUDICACION DE TENENCIA (S/.)

Prorrogan plazo para que el Banco Sudamericano proceda a enajenar bien inmueble adjudicado en pago de deuda
RESOLUCION SBS Nº 780-2001 MORDAZA, 19 de octubre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA:

2000.10.20

La solicitud presentada por el Banco Sudamericano, para que se le otorgue prorroga del plazo para la enajenacion de un bien recibido en dacion de pago de acreencias conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el referido articulo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa debera constituir una provision hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº B-2075-2000 establece que las solicitudes para la prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario la solicitud sera rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodologia a seguir en el calculo de las provisiones a constituir por los inmuebles en referencia; asimismo, establece que la valuacion de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el registro de peritos valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del capitulo IV de la Resolucion SBS Nº 572-97 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "C" mediante Informe Nº DESF "C" 118-OT/2001, y con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca;

MORDAZA Paseo de los MORDAZA 206-208, Conjunto Multifamiliar La Arboleda, Urb. Las MORDAZA de La MORDAZA Vieja; distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima.

244 242.05

2002.04.20

33275

Autorizan al Banco Wiese Sudameris el cierre de oficinas especiales ubicadas en las provincias de MORDAZA y Callao
RESOLUCION SBS Nº 789-2001 MORDAZA, 22 de octubre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris, para que se le autorice el cierre de las Oficinas Especiales que se detallan en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica los cierres solicitados; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "C", mediante Informe Nº DESF "C" 125-OT/2001; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 32º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y la Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Wiese Sudameris, el cierre de las siguientes Oficinas Especiales:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.