Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2001 (26/10/2001)


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ACUERDA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2001

Articulo Primero.- Apruebese el MORDAZA CUADRO DE ASIGNACION DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE, el mismo que se anexa al presente Edicto . Articulo Segundo.- DEROGUENSE todas las disposiciones que se oponen al presente Edicto Municipal. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA OSTOLAZA GANOZA MORDAZA 33296

MUNICIPALIDAD DELEGADA SAN MORDAZA DE COLAN
Aprueban reversion de inmueble a favor de la Municipalidad Delegada de San MORDAZA de Colan
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2001-MDSLC/C San MORDAZA de Colan, 15 de agosto del 2001 VISTOS: El Acuerdo adoptado en Sesion Ordinaria realizada el dia 11 de agosto del 2001 en el Edificio Municipal. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, teniendo competencia para entre otras cosas, administrar sus bienes y rentas; planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, y ejecutar sus planes y programas, constituyendo su patrimonio los bienes e ingresos propios; todo conforme a lo previsto en los Arts. 191º, 192º y 193º de la Constitucion Politica del Estado. Que, con Resolucion Municipal Nº 002-2000-CPP publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8.MAR.2000 se aprueba la nueva denominacion del Centro Poblado Menor de San MORDAZA de Colan por la de Municipalidad Delegada de San MORDAZA de Colan, en estricta aplicacion de lo dispuesto en la Constitucion Politica asi como en la parte pertinente de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; aprobandose ademas los limites territoriales asi como sus facultades y competencias; en tanto que con Resolucion Municipal Nº 100-2000-CPP se designa al actual Concejo de la Municipalidad Delegada de San MORDAZA de Colan. Que, las Municipalidades pueden donar a los poderes del Estado o a otros organismos del Sector Publico, bienes inmuebles de su propiedad o cederlos en uso a favor de personas juridicas del sector privado, sin fines de lucro a condicion de que MORDAZA destinados exclusivamente a la realizacion de obras o servicios de interes o de necesidad social. Y en caso de incumplimiento parcial o total de la finalidad que motivo la donacion o cesion, el inmueble revierte al dominio Municipal; conforme a lo previsto en el Art. 89º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades. Que, son facultades de las Municipalidades entre otras; procurar, conservar y administrar, en su caso los bienes de dominio publico, edificios publicos y otros analogos, asi como reglamentar, otorgar licencias y controlar las construcciones, remodelaciones y demoliciones de los inmuebles de las areas urbanas de conformi-

dad con las normas del Reglamento Nacional de Construcciones; ademas de normar y controlar el aseo, higiene y salubridad, en establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos; conforme a lo dispuesto en los Arts. 65º incisos 11) y 13), 66º inciso 3) de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades. Que, los Acuerdos de Concejo son decisiones especificas sobre cualquier MORDAZA de interes publico, vecinal o institucional que expresan la opinion de la Municipalidad, su voluntad de practicar un determinado acto o de sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; constituyendose en un medio a traves del cual la Municipalidad ejerce funciones de gobierno; conforme a lo dispuesto en los Arts. 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades. Que, existe un inmueble signado como LOTE Nº 35 de la Mz. 02 del SECTOR Nº 02, ubicado en San MORDAZA de Colan - provincia de Paita, departamento de Piura; cuyos linderos son: Por el Frente la Av. MORDAZA que da al MORDAZA MORDAZA, con 146.20 ml. Por la Derecha entrando colinda con el Lote 34, con 57.70 ml. Por la Izquierda entrando colinda con el Lote 36, con 58.00 ml. Por el Fondo con la Av. Costanera. Encerrando un area de 8,480.81 m2. Que, en el inmueble MORDAZA descrito, cuyas estructuras se encuentran actualmente en escombros, derruido y en estado ruinoso, sin uso u ocupacion alguna; sirve actualmente de guarida a delincuentes y gente de mal vivir, que en las horas nocturnas lo utilizan como centro de fumadero y prostitucion; poniendose en riesgo y peligro la integridad, salud y seguridad de menores de edad, jovenes y vecindario en general; por lo que ante la queja y denuncias frecuentes del vecindario se ha considerado necesario adoptar como medida inmediata el de REVERTIR dicho inmueble al dominio de la municipalidad para proceder a su cerco y proteccion erradicando lo MORDAZA referido. Estando a las facultades conferidas en los Arts. 36º, 47º, 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades. SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la REVERSION a favor de la Municipalidad Delegada de San MORDAZA de Colan; del inmueble signado como LOTE Nº 35 de la Mz. 02 del SECTOR Nº 02, ubicado en San MORDAZA de Colan provincia de Paita, departamento de Piura; cuyos linderos son: Por el Frente con la Av. MORDAZA que da al MORDAZA MORDAZA, con 146.20 ml. Por la Derecha entrando colinda con el Lote 34, con 57.70 ml. Por la Izquierda entrando colinda con el Lote 36, con 58.00 ml. Por el Fondo con la Av. Costanera. Encerrando un area de 8,480.81 m2; por los fundamentos expuestos. Articulo Segundo.- Disponer se ejecute la DEMOLICION y el CERCO del inmueble ubicado en LOTE Nº 35 de la Mz. 02 del SECTOR Nº 02, ubicado en San MORDAZA de Colan - provincia de Paita, departamento de MORDAZA, referido en el Articulo Primero; por los fundamentos expuestos. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, a fin de salvaguardar los derechos de terceros. Publiquese, cumplase, ejecutese y archivese. MORDAZA MORDAZA DIEGUEZ MORDAZA Municipalidad Delegada de San MORDAZA de Colan 31339

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