Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2001 (26/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2001 6.4. Cierre de Partida Registrales

NORMAS LEGALES

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Luego de inscribir la acumulacion se procedera al cierre de las partidas registrales de los derechos acumulados, de acuerdo al siguiente procedimiento: 6.4.1. Si la solicitud de acumulacion fue formulada en fecha posterior a la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708, una vez inscrita la acumulacion y en aplicacion de lo establecido por los Articulos 124º, 125º y 126º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, se procedera al cierre de las partidas registrales en forma simultanea a la inscripcion de la Acumulacion. 6.4.2. Si la solicitud de acumulacion fue formulada en fecha anterior a la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708, el registrador procedera a efectuar anotaciones marginales en las partidas registrales de los derechos acumulados, indicando los datos de inscripcion de la Acumulacion, a efecto de tenerse presente. Luego de transcurridos treintisiete (37) dias de la publicacion de la inscripcion de la Acumulacion en el Diario Oficial El Peruano y de no haberse anotado preventivamente la demanda de la accion contencioso - administrativa contra la Resolucion respectiva, de conformidad con lo dispuesto por la Decima Disposicion Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, concordada con los Articulos 231º del Decreto Legislativo Nº 109 y 23º del Reglamento del Registro Publico de Mineria; se procedera al cierre de las partidas registrales de los derechos acumulados. 6.4.3. El cierre de las partidas registrales debera llevar la firma del registrador competente y tendra el siguiente texto: "Esta partida registral se cierra al haberse aprobado la acumulacion del derecho minero de que trata con otros derechos mineros en la concesion acumulada .......................... por Resolucion Nº .............. , de fecha ......, inscrita en el asiento ...... de la ficha ........ del Libro de Derechos Mineros de la Oficina Registral Regional de ........... . En ................. , a los ................ ." 6.5. Derechos Mineros Acumulados Parcialmente 6.5.1. En caso de existir derechos mineros comprendidos parcialmente en la acumulacion, se procedera a inscribir la reduccion de area de oficio en las partidas registrales correspondientes, en merito a la resolucion que aprueba la acumulacion y la respectiva reduccion, teniendo en cuenta los criterios definidos en el numeral 6.4, previo pago de los derechos correspondientes. 6.5.2. El contenido del asiento de reduccion tendra el siguiente tenor: "El derecho minero ___________ de que trata esta partida, ha quedado reducido a_______ hectareas, al haberse aprobado su acumulacion parcial de __ hectareas al derecho minero "Acumulacion ________" y la correspondiente reduccion. La acumulacion parcial y la reduccion han sido aprobadas por Resolucion Nº __________, de fecha ___________ emitida por __________, cuya MORDAZA certificada, con MORDAZA de haber quedado consentida se archiva conforme a Ley. En ______, a los _______ dias del mes de _____ . 6.6. Archivo Registral 6.6.1. Una vez que opere el cierre de las partidas correspondientes a los derechos mineros acumulados, el encargado del archivo registral minero de la Oficina Registral competente debera archivar los titulos de los derechos mineros acumulados en el archivo correspondiente a la concesion acumulada, consignandose en el archivo registral de cada uno de estos, mediante hoja adicional, la siguiente anotacion: "Los titulos correspondientes a este derecho minero han pasado a formar parte del archivo de la concesion acumulada "_______", inscrita en el asiento 1 de la ficha Nº_ del Libro de Derechos Mineros de la Oficina Registral Regional de __." Lugar, fecha y firma del Registrador.

En caso que el area registral minera no cuente con un archivo exclusivo de titulos mineros, o las concesiones se encuentren inscritas en oficinas registrales distintas a la competente, el Registrador solo procedera a extender en el archivo respectivo la siguiente anotacion: "Los titulos correspondientes a este derecho minero han pasado a formar parte del archivo de la concesion acumulada "_______", inscrita en el asiento 1 de la ficha Nº_ del Libro de Derechos Mineros de la Oficina Registral Regional de __, en virtud de lo cual copias certificadas de estos titulos han sido anexadas al archivo de la concesion acumulada" Lugar, fecha y firma del Registrador. Luego que se expida la MORDAZA certificada de los titulos se procedera a su remision para que se integren al archivo de la concesion acumulada. 6.7. Derechos Mineros ubicados en otras Oficinas Registrales En caso que las partidas correspondientes a los derechos mineros acumulados se encuentren fisicamente en dos o mas oficinas registrales distintas, se aplicaran las siguientes reglas: 6.7.1. Luego de ingresado el titulo al area de Diario de la Oficina Registral competente, el Registrador de Derechos Mineros remitira a los registradores de las demas Oficinas involucradas MORDAZA de la solicitud de inscripcion por facsimil o medio analogo autorizado a fin que se extiendan los respectivos asientos de presentacion. Asimismo, el registrador competente solicitara a los demas registradores involucrados la remision de MORDAZA literal de las respectivas partidas registrales y titulos archivados los que debera efectuarse en un plazo que no excedera de tres (3) dias utiles. 6.7.2. Extendida el asiento de acumulacion, el registrador competente lo comunicara a las demas oficinas involucradas a efectos que los registradores competentes procedan a extender los asientos de cierre de partidas o reduccion de area, que corresponda. Dichos actos son de responsabilidad exclusiva del Registrador encargado de la calificacion del titulo de acumulacion, de lo cual se dejara MORDAZA en los asientos. Al oficio de remision se acompanara MORDAZA autenticada del titulo de acumulacion por el fedatario de la oficina registral, asi como MORDAZA certificada del correspondiente asiento de acumulacion. 6.7.3 Si el titulo de acumulacion fuera tachado, el Registrador competente lo comunicara a las demas Oficinas involucradas remitiendo MORDAZA certificada de la solicitud de inscripcion y de la esquela de tacha para su archivo. 7. CONTROL La Jefatura de cada Oficina Registral velara por el cumplimiento de las obligaciones senaladas en la presente Directiva. 33259

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican la R.A. Nº 0233 de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, correspondiente a proyecto y recepcion de obras de habilitacion MORDAZA de terreno
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 30195 MORDAZA, 27 de setiembre de 2001

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