Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2001 (26/10/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 26 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 211859

· Las Bases y Terminos de Referencia del Concurso Publico con sus anexos y las comunicaciones aclaratorias y modificatorias emitidas y notificadas a los interesados que participaron en el Concurso Publico, lo cual incluye las consultas y su absolucion. · Las propuestas tecnica y economica y el Acta de Adjudicacion. Todos los documentos que integran el contrato seran considerados como reciprocamente explicativos, pero en el caso de surgir ambiguedades o discrepancias, prevaleceran los conceptos expuestos en las Bases del Concurso Publico y sus anexos con las aclaraciones o modificaciones emitidas a traves de oficios y las propias aclaraciones contenidas en el Contrato de Locacion de Servicios. Los ultimos oficios emitidos tienen primacia sobre las Bases originales del Concurso Publico y sobre los oficios anteriores. Dentro de los cuatro dias posteriores a la adjudicacion de la buena pro se debera firmar el contrato, y la persona juridica ganadora debera entregar una carta fianza solidaria, irrevocable, incondicionada, sin beneficio de excusion y de ejecucion inmediata, que garantice el buen cumplimiento del contrato, hasta por S/. 900 000,00 (Novecientos mil y 00/100 Nuevos Soles) emitida por empresas bancarias, financieras o empresas de seguros, esto incluye las polizas de caucion, segun el Anexo Nº 12, luego de lo cual se le devolvera la Carta Fianza de Seriedad de la Oferta del Postor senalada en el Anexo Nº 9. El monto de la Carta Fianza de Fiel Cumplimiento de Contrato podra reducirse a partir del MORDAZA ano en la medida que el grado de avance lo amerite y con autorizacion expresa de la SUPERINTENDENCIA, la que fijara el MORDAZA monto de la garantia. El plazo de vigencia de la carta fianza sera de 13 meses a partir de la firma del contrato de locacion de servicios, estando obligada la persona juridica ganadora, quince dias MORDAZA del vencimiento de dicho plazo, a presentar una nueva carta fianza por un plazo adicional de 14 meses. XV. LAS RETRIBUCIONES La persona juridica liquidadora seleccionada conforme a la Ley General, percibira la comision fija por unica vez devengada al inicio del MORDAZA liquidatorio, y comisiones variables que se deriven de la aplicacion de los porcentajes detallados en el contrato (Anexo Nº 10), como unica retribucion por sus servicios y por todo concepto, incluyendo el IGV. Estos porcentajes se aplicaran unicamente sobre los ingresos efectivamente registrados en MORDAZA por el BANCO MORDAZA MORDAZA EN LIQUIDACION, salvo los casos, que se senala a continuacion. En las recuperaciones de colocaciones via adjudicacion de bienes, el porcentaje respectivo sera reconocido tratandose de bienes muebles, una vez que se cuente con la posesion fisica de los mismos, y tratandose de los bienes inmuebles, cuando se cuente con la inscripcion respectiva en los Registros Publicos. En el caso de ventas a plazo u otras modalidades previamente aprobadas por la SUPERINTENDENCIA, la retribucion se MORDAZA efectiva solo despues de registrado el ingreso en MORDAZA del importe de la correspondiente cuota por el BANCO MORDAZA MORDAZA EN LIQUIDACION, siendo requisito adicional para el caso de bienes inmuebles, la inscripcion en registros publicos del respectivo contrato. Cuando se trate de compensaciones o de dacion en pago, para que MORDAZA consideradas dentro de la masa computable para el calculo de la retribucion, se requerira de previa autorizacion escrita de la SUPERINTENDENCIA, siendo requisito adicional para el caso de bienes inmuebles, la inscripcion en registros publicos del respectivo contrato. El desembolso de la retribucion se efectuara luego de concluida la operacion y que la transferencia quede registrada en la contabilidad del BANCO MORDAZA MORDAZA EN LIQUIDACION. En caso se trate de rehabilitacion, el pago se realizara una vez que la persona juridica liquidadora culmine la entrega de la posesion de los bienes al MORDAZA Directorio

segun lo dispuesto en la clausula cuarta del contrato de locacion de servicios (Anexo Nº 10). La retribucion percibida por la persona juridica liquidadora es por todo concepto, con excepcion de los gastos de mantenimiento, saneamiento administrativo - legal de los activos, u otros del BANCO MORDAZA MORDAZA EN LIQUIDACION, efectuados en concordancia con las instrucciones de la SUPERINTENDENCIA. Tales conceptos conforman los denominados "gastos del MORDAZA de liquidacion", a que hace referencia el Articulo 26º de la Resolucion SBS Nº 455-99 y que se detalla a continuacion: Gastos de Mantenimiento a) Gastos de vigilancia de oficinas y bienes adjudicados b) Mantenimiento de ascensores c) Servicio de limpieza d) Gastos de mantenimiento de vehiculos, equipos y locales e) Gastos de seguros f) Alquileres de locales que actualmente usa el banco Gastos de Saneamiento Administrativo Legal a) Valorizaciones y tasaciones b) Avisos en diarios c) Gastos notariales, legalizaciones y protestos y derechos Judiciales d) Servicio de busqueda de Libretas Electorales e) Tributos f) Apelaciones, derechos y otros INDECOPI g) Liberaciones de warrants Los costos de personal, gastos administrativos y operativos seran por cuenta de la persona juridica liquidadora, los mismos que se detallan a continuacion: Gastos a cargo de la Liquidadora a) Servicio telefonico b) Energia electrica c) Consumo de agua d) Utiles de oficina e) Honorarios profesionales Cabe agregar que los listados no son taxativos pudiendo surgir otros cuyo tratamiento debera ser analogo a los conceptos aqui senalados. XVI. SANCIONES Y PENALIDADES En caso que por cualquier causa no atribuible a la SUPERINTENDENCIA, el postor adjudicatario de la buena pro no cumpliese con entregar la carta fianza que garantice el buen cumplimiento de las obligaciones, como penalidad se MORDAZA efectiva la carta fianza a que se refiere el Anexo Nº 9, quedando ademas el postor inhabilitado durante cinco (5) anos, para participar en posteriores concursos que convoque la SUPERINTENDENCIA. XVII. PLAN DE REHABILITACION Conforme a lo establecido en el primer parrafo del Articulo 115º de la Ley General, los acreedores podran presentar un plan de rehabilitacion, de acuerdo a lo senalado en el Articulo 124º de la Ley General, el mismo que a criterio de esta Superintendencia debera reunir los requisitos que le permitan a la empresa alcanzar una posicion de patrimonio tal que cumpla con los limites operativos establecidos en la Ley General y sus disposiciones reglamentarias. En caso que MORDAZA de la suscripcion del contrato de locacion de servicios, el plan de rehabilitacion MORDAZA sido aprobado de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 126º de la Ley General, el concurso publico culminara en el estado que se encuentre, procediendose a devolver el importe que los postores pagaron para la entrega de las

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.