Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2002 (03/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de octubre de 2002

Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2002-EF, se establecieron las disposiciones reglamentarias del "Programa de Promocion a la Formalizacion del Comercio Algodonero de la variedad Tanguis, MORDAZA 2001-2002", creado por Decreto de Urgencia Nº 005-2002; Que, conforme al procedimiento establecido en el Decreto Supremo citado, se han emitido Documentos Cancelatorios para ser entregados a las empresas desmotadoras, a fin de que cumplan con el pago de sus deudas tributarias, habiendose emitido en algunos casos Documentos Cancelatorios por montos superiores a la capacidad de pago de las empresas desmotadoras; Que, en tal virtud es necesario facilitar a esas empresas el deposito a que se refiere el articulo 5º del referido Decreto Supremo, flexibilizando el plazo previsto en ese articulo y fraccionandose el monto de los Documentos Cancelatorios; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas a fraccionar los Documentos Cancelatorios emitidos en virtud del Decreto Supremo Nº 026-2002-EF, que el Ministerio de Agricultura senale y por los montos parciales que precise, pudiendo las empresas desmotadoras hacer los depositos por cada Documento Cancelatorio fraccionado mientras dure la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 005-2002. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de octubre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 17634

Que, asimismo el Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su proteccion frente a las contingencias que le precise la ley, por lo cual, garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y pensiones, como medio a traves del cual procura el bienestar de la colectividad; Que, la Constitucion Politica del Peru en su MORDAZA Disposicion Final y Transitoria, establece que el Estado garantiza el pago oportuno y el reajuste periodico de las pensiones que administra, con arreglo a las previsiones presupuestarias que este destine para tales efectos, y a las posibilidades de la economia nacional; Que, en consecuencia, le corresponde a la ONP cumplir con sus responsabilidades dentro de las previsiones presupuestales vigentes para cada ejercicio, no pudiendo disponer de mayores recursos que los estrictamente presupuestados y disponibles; De conformidad con el inciso 8º del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizar a la Oficina de Normalizacion Previsional - ONP para que proceda al fraccionamiento del pago de devengados para aquellos casos en que como consecuencia de la aplicacion de la revision de oficio dispuesta por la Ley Nº 27561 se genere el correspondiente devengado. Articulo 2º.- El pago mensual fraccionado a que se refiere el Articulo 1º no podra exceder al monto que como pension se otorgue mensualmente al pensionista. Articulo 3º.- Los gastos que se generen por aplicacion del presente Decreto Supremo seran financiados con cargo al presupuesto aprobado de la Oficina de Normalizacion Previsional. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo, sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de octubre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 17653

Autorizan a la ONP fraccionar pago de devengados para casos en que se genere como consecuencia de la aplicacion de la revision de oficio dispuesta por la Ley Nº 27561
DECRETO SUPREMO Nº 156-2002-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323 se creo la Oficina de Normalizacion Previsional -ONP- como la entidad encargada de administrar el Sistema Nacional de Pensiones, asi como otros sistemas de pensiones administrados por el Estado; Que, el Estatuto de la ONP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 61-95-EF elevado a rango de Ley por disposicion del articulo 17º de la Ley Nº 26504, establece que la ONP tiene dentro de sus obligaciones, entre otros, el pago de los derechos pensionarios asi como cuidar del correcto uso de los fondos previsionales, segun las normas presupuestarias correspondientes; Que, mediante la Ley Nº 27561 se dispuso que la ONP revise de oficio los expedientes de jubilacion a los que les correspondia la aplicacion del Decreto Ley Nº 19990 y se les aplico la formula de calculo establecida en el Decreto Ley Nº 25967; Que, como consecuencia de la aplicacion de la referida Ley las pensiones revisadas se incrementaron, generandose los correspondientes devengados;

Autorizan viaje de representantes de PROINVERSION a EE.UU. e Italia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 403-2002-EF/10
MORDAZA, 1 de octubre del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM de 24 de MORDAZA de 2002, se dispuso la absorcion de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE - y de la Gerencia de Promocion Economica de la Comision de Promocion del Peru -PROMPERU-, por la Direccion Ejecutiva FOPRI, pasando a denominarse esta entidad Agencia de Promocion de la Inversion -PROINVERSION-; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 145-2002-EF de fecha 23 de MORDAZA de 2002, se designo a los Miembros Permanentes del Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos de PROINVERSION y mediante Resolucion Suprema Nº 159-2002-EF de 7 de junio de 2002, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Miembro Especializado para el MORDAZA de promocion de Establecimientos Penitenciarios; Que, mediante Acuerdo adoptado en Sesion Nº 67 de fecha 26 de septiembre de 2002, el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Publicos, aprobo el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Especializado para el MORDAZA de promocion de Establecimientos Peni-

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