Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2002 (03/10/2002)


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NORMAS LEGALES
RESUELVE:

MORDAZA, jueves 3 de octubre de 2002

Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura considera que hay motivos suficientes para aplicar en este caso, la sancion de destitucion, por lo que en uso de las facultades previstas por el articulo 154° inciso 3 de la Constitucion Politica, articulos 31° inciso 2, 32° y 34° de la Ley 26397, y 36° del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo, y estando a lo acordado por unanimidad en sesion de 15 de agosto del 2002; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Destituir al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Krederdt del cargo de Fiscal Provincial Titular de MORDAZA, por su actuacion como Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros. Articulo Segundo.- Disponer la cancelacion del titulo y todo otro nombramiento que se le hubiere otorgado al fiscal destituido a que se contrae el articulo primero de la presente resolucion, inscribiendose la medida en el registro personal, debiendose asimismo cursar oficio al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia y a la senora Fiscal de la Nacion, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese. MORDAZA LA HOZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA STANBURY MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17493

Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso de reconsideracion planteado por don MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA contra la Resolucion Nº 195-2002-JNE de fecha 11 de junio de 2002; debiendo el recurrente estarse a lo resuelto. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 17525

Declaran improcedente recurso de nulidad contra resolucion que suspendio en el cargo al MORDAZA del Concejo Distrital de Chillia, provincia de Pataz
RESOLUCION Nº 592-2002-JNE
Expediente Nº 162-2002-Susp. MORDAZA, 23 de setiembre de 2002 Vistos, el recurso atipico de nulidad interpuesto por MORDAZA Castaneda MORDAZA contra la Resolucion Nº 209-2002-JNE del 20 de junio del 2002, que suspende al recurrente en el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Chillia, provincia de Pataz, departamento de La Libertad; y, el Oficio Nº 683-2002-PJPM, del Juzgado de Primera Instancia de la provincia de Tayabamba, informando que en el MORDAZA penal 313-2001 se dicto mandato de detencion contra MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA Mendieta Pumachaico y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, siendo confirmado dicho mandato por la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. CONSIDERANDO: Que, este supremo organo electoral emitio la Resolucion Nº 209-2002-JNE de fecha 20 de junio del 2002, declarando la suspension del senor MORDAZA Castaneda MORDAZA y otros en el cargo de MORDAZA y Regidores del Concejo Distrital de Chillia, respectivamente, al tener MORDAZA penal abierto con mandato de detencion dictado por el Juzgado de Primera Instancia de la provincia de Pataz - Tayabamba, mandato confirmado por resolucion de la MORDAZA Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 181º de la Constitucion Politica del Peru, en materia electoral las resoluciones del MORDAZA Nacional de Elecciones son dictadas en instancia final, definitiva, y no son revisables; ademas la documentacion que adjunta el impugnante fue valorada al expedirse la resolucion MORDAZA acotada; no habiendo variado su situacion juridico electoral; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar improcedente el recurso atipico de nulidad interpuesto por MORDAZA Castaneda MORDAZA contra la Resolucion Nº 209-2002-JNE de fecha 20 de junio del 2002, debiendo estar el impugnante a lo resuelto por la resolucion acotada. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 17526

JNE
Declaran improcedente recurso de reconsideracion contra resolucion referida a la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Pimpingos
RESOLUCION Nº 591-2002-JNE
Expediente Nº 302-2002 MORDAZA, 23 de setiembre de 2002 Vista la solicitud presentada el 2 de MORDAZA de 2002 por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, formulando recurso de reconsideracion contra la Resolucion Nº 1952002-JNE de fecha 11 de junio de 2002, que declaro infundado el recurso de revision interpuesto por el recurrente contra el acuerdo de fecha 3 de MORDAZA de 2002 aprobado por el Concejo Distrital de Pimpingos, provincia de Cutervo, departamento de MORDAZA, que declaro la vacancia del cargo de MORDAZA que este ejercia; CONSIDERANDO: Que la Resolucion Nº 195-2002-JNE del 11 de junio de 2002 ha sido expedida por este organismo electoral con arreglo a ley, en virtud de la pruebas aportadas por las partes y apreciando los hechos con criterio de conciencia; resultando de los autos que los argumentos expuestos por el solicitante en su recurso no enervan los fundamentos de la resolucion; Que no procede recurso alguno contra lo resuelto por el MORDAZA Nacional de Elecciones, conforme a lo establecido por el articulo 181º de la Constitucion Politica, el que esta concordado con el articulo 23º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y parte final del MORDAZA parrafo del articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

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