Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2003 (05/04/2003)


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NORMAS LEGALES
DECRETA:

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

Estando a lo dispuesto por el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los articulos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5), del articulo 34º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion suscrito entre la Republica del Peru y la Republica de Ecuador; En uso de la facultad conferida en el inciso 8), del articulo 118º, de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANZOATEGUI, formulado por el Octavo Juzgado Penal Colectivo con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la comision del delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas, en agravio del Estado Peruano; asi como a la entrega de los bienes incautados al encausado concernientes al delito; y disponer su MORDAZA por via diplomatica, a la Republica de Ecuador, de conformidad con el Tratado de Extradicion vigente, y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros y encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 06719

Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA Crear la Condecoracion "Orden al Merito de la Mujer", la misma que sera entregada por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, como simbolo del reconocimiento a aquellas mujeres que destaquen socialmente en su compromiso con la defensa y promocion de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a nivel nacional. Articulo 2º.- Normas complementarias Encargar al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social la elaboracion del Reglamento de la presente condecoracion, el mismo que sera aprobado por Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en la MORDAZA de MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 06712

Restituyen a profesional a la plaza de abogado del Centro "Emergencia Mujer" de MORDAZA en cumplimiento de sentencia judicial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 181-2003-MIMDES
MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2003 Vistos el Oficio Nº 470-2003-MIMDES/PP de fecha 21 de febrero de 2003, de la Procuraduria Publica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social;

MIMDES
Crean condecoracion "Orden al Merito de la Mujer"
DECRETO SUPREMO Nº 005-2003-MIMDES
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 2º de la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, es competencia del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de mujer y desarrollo social promoviendo la equidad de genero, es decir, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres; Que, entre otros, la mision del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, es contribuir a la promocion de igualdad de oportunidades y equidad para las personas, mujeres y hombres, ninas y ninos, adolescentes, adultas mayores y con discapacidad; Que, asimismo, es funcion del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social formular, aprobar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas en las areas de Mujer y Desarrollo Social; Que, en este MORDAZA normativo, es necesario el reconocimiento e incentivo a aquellas mujeres destacadas socialmente en la defensa y promocion de la equidad de genero e igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y que esta, es una actividad dentro de la competencia de este Ministerio, que forma parte de la estrategia de estimulacion y promocion de las mujeres; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27337, Ley Nº 27793, y Decretos Supremos Nº 008-2002-MIMDES y Nº 013-2002-MIMDES;

CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos, la Procuraduria Publica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social comunica que la Primera Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA ha resuelto el Expediente Nº 2002-0327, revocando la resolucion de primera instancia que declaraba Improcedente la Accion de MORDAZA interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y reformandola ha declarado Fundada la misma, en consecuencia inaplicable al referido demandante la Carta Notarial Nº 001-2002-PROMUDEH/GGA/OGAR/RR.HH. del 26 de febrero del 2002 por la cual se lo ceso en el cargo de Abogado de Nivel SPA, ordenando se lo restituya en el puesto que venia ocupando y declarandose Improcedente el pago de remuneraciones solicitadas por el tiempo no laborado; Que, conforme lo dispone el Articulo 202º numeral 2. de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Tribunal Constitucional conocer, en MORDAZA y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de habeas MORDAZA, MORDAZA, habeas data, y accion de cumplimiento, disponiendo en este sentido el numeral 2 de la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Organica del Tribunal Constitucional aprobada por Ley Nº 26435, que la Corte Superior conoce los procesos de garantia en MORDAZA y MORDAZA instancia, en via de apelacion, procediendo solo el recurso extraordinario ante el Tribunal Constitucional contra la resolucion denegatoria de la Corte Superior; Que, asimismo el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA ha emitido la Resolucion Nº 16 de fecha veintiocho de febrero del dos mil tres, disponiendo notificar a la entidad demandada Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, hoy Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, para que de inmediato se restituya al demandante MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el puesto de trabajo que venia ocupando MORDAZA de ser cesado; Que, en merito a los fundamentos expuestos resulta necesario disponer la restitucion del senor MORDAZA MORDAZA

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