Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2003 (05/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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dar la informacion que se solicite con arreglo a sus disposiciones, asi como al funcionario que se encargue de la elaboracion y actualizacion de la informacion que se difunda a traves del MORDAZA institucional de Internet; Que, resulta necesario designar a los funcionarios responsables que se encargaran de brindar la informacion, elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Internet de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular; Estando a lo expuesto, y con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administracion, Gerencia de Planeamiento, Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Desarrollo y Equidad, Gerencia de Comunicacion y Concertacion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27806 y su modificatoria, Ley Nº 27927 y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 006-2001-PROMUDEH, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Cooperacion Popular; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Subgerente de Personal de la Gerencia de Administracion, como el funcionario responsable de brindar informacion requerida por los ciudadanos, en aplicacion de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y su modificatoria Ley Nº 27927. Articulo 2º.- Designar al Subgerente de Informacion, Difusion y Participacion Ciudadana de la Gerencia de Comunicacion y Concertacion, como el funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion de la informacion institucional que se difunda a traves del MORDAZA de Internet de COOPOP, conforme a la Ley Nº 27806. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 06642

Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de marzo del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores "CONVENIO DE COOPERACION TECNICA Y CIENTIFICA EN EL MORDAZA DE LA GESTION DE RIESGOS, PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES ENTRE LOS GOBIERNOS DEL PERU Y DE COLOMBIA" El Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia en adelante denominados las Partes; Teniendo en cuenta los tradicionales vinculos de amistad, la cercania y la afinidad entre pueblos hermanos; Reconociendo que la cooperacion en la esfera de la prevencion y mitigacion de los efectos de los desastres favorecera el bienestar y la seguridad de ambos Estados; Conscientes de que nuestros paises estan permanentemente expuestos a desastres naturales o antropicos, recurrentes y de las mismas caracteristicas; Seguros de que dichos desastres pueden producir severos impactos socioeconomicos en nuestras poblaciones afectando su normal desarrollo; Reiterando los compromisos acordados por las partes en el Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica de 1997 entre la Republica de Colombia y la Republica del Peru, firmado en MORDAZA el 12 de diciembre de 1997; Compartiendo el interes comun de fortalecer las instituciones que componen los Sistemas Nacionales de Prevencion y Atencion de Desastres y de Defensa Civil establecidos; Interesados en que la Direccion General para la Prevencion y Atencion de Desastres del Ministerio del Interior de Colombia y el Instituto Nacional de Defensa Civil del Peru fomenten el mayor conocimiento de los riesgos, asi como el analisis de vulnerabilidad de las poblaciones y su infraestructura, para disenar medidas adecuadas que disminuyan la amenaza, agilicen la respuesta en caso de desastre y permitan la rehabilitacion de las areas afectadas; Resaltando la importancia que dan los dos gobiernos al intercambio de experiencias en el MORDAZA del manejo de los desastres en nuestros territorios; Han convenido lo siguiente: Articulo 1º.- OBJETO DEL CONVENIO Promover la Cooperacion a traves del intercambio de experiencias profesionales y tecnicas, en el MORDAZA de la Gestion de Riesgo, Prevencion y Atencion de Desastres de origen natural y/o antropico entre los dos paises. Las entidades competentes para la ejecucion del presente Convenio, realizaran reuniones, intercambiaran comunicaciones y utilizaran los demas mecanismos pertinentes en forma directa hasta lograr el objetivo del mismo, comprometiendose a perfeccionar por la via diplomatica los mecanismos y reglamentos que se adopten en las reuniones bilaterales de consulta y gestion. Articulo 2º.- ENTIDADES EJECUTORAS La ejecucion del presente Convenio, esta a cargo de: - Por el Gobierno de la Republica de Colombia: La Direccion General para la Prevencion y Atencion de Desastres - DGPAD. - Por el Gobierno de la Republica del Peru: El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Articulo 3º.- TERMINOS DE COOPERACION Y ASISTENCIA Sobre la base del beneficio mutuo y el interes comun, las Partes acuerdan promover la cooperacion en la mitigacion, prevencion y atencion de los desastres dentro de los siguientes terminos:

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Convenio de Cooperacion Tecnica y Cientifica en el MORDAZA de la Gestion de Riesgos, Prevencion y Atencion de Desastres, suscrito con el Gobierno de la Republica de Colombia
DECRETO SUPREMO Nº 048-2003-RE
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 26 de noviembre del 2002, se suscribio en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, el "Convenio de Cooperacion Tecnica y Cientifica en el MORDAZA de la Gestion de Riesgos, Prevencion y Atencion de Desastres entre los Gobiernos del Peru y de Colombia"; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio de Cooperacion Tecnica y Cientifica en el MORDAZA de la Gestion de Riesgos, Prevencion y Atencion de Desastres entre los Gobiernos del Peru y de Colombia" suscrito en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, el 26 de noviembre del 2002.

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