Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2003 (05/04/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

Pag. 242212

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

te a un MORDAZA de seleccion (concesion de servicios publicos o contratacion de servicios en general); Que, inclusive mediante Decreto de Alcaldia Nº 08-2000A/MDA, la Municipalidad de Ancon renuncio al derecho del 15% de comision sobre las ventas del servicio de disposicion final de residuos solidos. De igual forma no se solicito ninguna garantia para salvaguardar la operacion de citado convenio; Que, el 6 de noviembre del 2001 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 014-2001-A/MDA, autorizando al MORDAZA a celebrar convenios de estabilidad juridica, conforme lo establecia la Ley de Crecimiento de la Inversion Privada, a fin de garantizar la inversion publica privada y otro. Sin embargo, un dia MORDAZA de su publicacion, es decir el 5 de noviembre del 2001 ya se habia celebrado entre CASREN E.I.R.L. y la Municipalidad de Ancon un Convenio de Estabilidad Juridica para darle fuerza de contrato - Ley al referido Convenio, amparandose en el articulo 1357º del Codigo Civil, para posteriormente elevarlo a escritura publica ante Notario Publico, MORDAZA C. MORDAZA Saldana, Notaria de MORDAZA, ampliandose la vigencia del referido documento por un periodo de 10 anos, contados a partir del 5 de noviembre del 2001 hasta el 4 de noviembre del 2011; Que, en MORDAZA el irrito "Convenio de Estabilidad Juridica" es nulo en atencion a que: i) en la fecha de su suscripcion (5 de noviembre del 2001), el MORDAZA no tenia facultades administrativas para suscribir en representacion de la Municipalidad de Ancon el referido documento, ii) el objeto es ilicito al pretender proteger la vulneracion abierta de las normas de orden publico sobre los procesos administrativos de licitacion y concurso publico de bienes y servicios a cargo del Estado y finalmente, iii) los actos que nacen nulos no pueden ser confirmados o convalidados por documentos o instrumentos publicos, por cuanto adolecen de nulidad absoluta, en aplicacion supletoria de los Articulos VII, VIII, 219º y 230º del Codigo Civil ; Que, el MORDAZA administrativo bajo observacion no se cino a ninguna MORDAZA Legal o Ley especial, consecuentemente su plazo de prescripcion es de 5 anos computados desde el 9 de agosto de 1999; fecha en que se cometio la infraccion, conforme lo sanciona el articulo 233º de la Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General; Que, los procedimientos para la exigencia de responsabilidad penal o civil no afectan la potestad de las entidades de instruir y decidir sobre la responsabilidad administrativa, salvo disposicion judicial expresa en contrario, segun lo dispone el articulo 243º numeral 243.2 de la Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General; Que, los alcances de la nulidad de un acto solo implica la de los sucesivos en el procedimiento, cuando esten vinculados a el y la nulidad sera conocida y declarada por la autoridad a que se refiere el numeral 11.2, en MORDAZA con el numeral 13.1 y articulos 10º, 11º, 12º, 13º, 229º, 230º, 231º, 232º, 233º, 235º de la Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades, con dispensa de la aprobacion del acta, y con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo, se aprueba:

contenida en la Resolucion Directoral Nº 0440/2001/DIGESA/ SA" del 21 de febrero del 2002 y Addenda del 22 de marzo del mismo ano, debiendo interponer los actos administrativos de nulidad y demas pertinentes contra la Resolucion Directoral Nº 006-2002-MML/DMSC-DE del 13 de diciembre del 2002 ante la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Cuarto.- Facultar al MORDAZA para iniciar las acciones civiles por indemnizacion de danos y perjuicios y otras que se deriven, sin perjuicio de las acciones penales a que hubiere lugar, en aplicacion de los articulos 243º, 232º y siguientes de la Ley Nº 27444, asi como del Codigo Penal vigente. Articulo Quinto.- Facultar al MORDAZA para solicitar la colaboracion de la fuerza publica sobre las consecuencias administrativas y/o legales que se deriven de la decision de concejo, acorde con el ordenamiento juridico vigente. Articulo Sexto.- Dejar expeditivo el derecho de CASREN E.I.R.L. para recurrir al procedimiento judicial que de acuerdo a ley corresponda. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06531

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Autorizan contratar servicios de recoleccion y transporte de residuos solidos, de disposicion final de los mismos y de suministro de combustible mediante adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 30-2003-C/MC
Comas, 31 de marzo de 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 31 de marzo del 2003, el Informe Legal Nº 130-2003-OAL/MC, el Informe Nº 343-2003-DSAE y los Informes Nºs. 041 y 0432003-OAF/MC, que en su conjunto constituyen el Informe Tecnico Legal que dispone el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en virtud del cual se solicita la expedicion del Acuerdo de Concejo que autorice la declaracion de Situacion de Urgencia para la Contratacion de los siguientes servicios: Servicio de Recoleccion y Transporte de los Residuos Solidos y Servicio de Disposicion Final de Residuos Solidos; CONSIDERANDO: Que el inciso "c" del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Urgencia declarada de conformidad con las normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Art. 108º del Reglamento de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM, determina que la Situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal sin perjuicio de que se realice en MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situacion de Urgencia se considera aquella en la que la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bienes o servicios comprometa en forma directa la prestacion de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda;

ORDENANZA DECLARAR NULO Y SIN EFECTO LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS, ORDENANZAS, Y CONVENIOS RELACIONADOS A LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACION DEL RELLENO SANITARIO DE ANCON CASREN E.I.R.L
Articulo Primero.- Declarar nulo el acto administrativo del MORDAZA de seleccion por "invitacion" para la Gestion, Cooperacion, Implementacion y Operacion para el Reaprovechamiento, Tratamiento y Disposicion Final de Residuos Solidos del 9 de agosto del 1999 y en consecuencia, nulo el otorgamiento de la Buena pro a favor de CASREN E.I.R.L., de igual modo, nulo el Convenio de Gestion, Cooperacion, Implementacion y Operacion para el Reaprovechamiento, Tratamiento y Disposicion Final de Residuos Solidos celebrado el 21 de agosto de 1999 y el 24 de agosto del 2000 y demas actos administrativos conexos en virtud a los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- Declarar nulo y sin efecto legal las Ordenanzas Nº 015-99-A/MDA y Nº 014-2001-A/MDA y en consecuencia, nulo el "Convenio de Estabilidad Juridica"del 5 de noviembre del 2001, por los considerandos que sustentan el presente. Articulo Tercero.- Declarar nulo el acto administrativo de celebracion del Convenio de Cesion de Derechos sobre la "Titularidad de Aprobacion del Estudio del Impacto Ambiental,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.