Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2003 (05/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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nes Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas que se realice en el Ano Fiscal; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las Licitaciones Publicas, Concurso Publico y Adjudicaciones Directas no contenidas en el Plan Anual deberan ser aprobadas por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad para su inclusion en el mismo; Que, no habiendo delegado el Titular del Pliego la Facultad de aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior, toda modificacion que excluya o incluya necesidades y sus respectivos procesos de seleccion sera sometida a su decision; Que, circunstancias como el surgimiento de nuevas necesidades y razones de caracter presupuestal han dado origen a procesos de seleccion no incluidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior para el Ano Fiscal 2003; Que, en tal sentido es necesaria la inclusion de procesos al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior para el Ano Fiscal 2003; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 6º, 7º y 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Con la visacion de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR, la inclusion de la Contratacion de la Poliza de Seguros de las Aeronaves de la Policia Nacional del Peru, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior correspondiente al Ano Fiscal 2003, mediante el MORDAZA de seleccion de Concurso Publico, por un monto total de US$ 3,900,000.00. Articulo 2º.- DISPONER, que la Oficina General de Administracion informe dentro del plazo de Ley, de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Articulo 3º.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 06640

Inician MORDAZA administrativo disciplinario contra ex funcionarios de DICSCAMEC por presunta comision de irregularidades
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0436-2003-IN-0102
MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2003 Visto, el Informe Nº 01-2003-IN-CEPAD-RM Nº 01522003-IN y Actas de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior conformada mediante la Resolucion Ministerial Nº 1661-2002-IN/ 0901, del 9 de setiembre del 2002 y modificada por la Resolucion Ministerial Nº 0152-2003-IN, del 10 de febrero del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, la Direccion de Inspecciones de la Inspectoria General del Ministerio del Interior efectuo una Accion de Control en la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC), emitiendo, como consecuencia el Informe Nº 001-2002-IN/OCI.O.INS. "Inspeccion efectuada en la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) del Ministerio del Interior, para evaluar los periodos 1999-2000, a la fecha de inspeccion (26 de junio del 2001)";

Que, como consecuencia de la citada accion de control se detectaron irregularidades administrativas cometidas por ex funcionarios de la referida Direccion General, disponiendose en la Recomendacion Nº 01 del informe acotado que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios proceda a calificar la gravedad de las faltas en que estos habrian incurrido, conforme a los articulos 165º y 166º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos mediante el Informe Nº 01-2003-IN-CEPAD-RM Nº 01522003-IN, de fecha 1 de MORDAZA del 2003, ha determinado los hechos que constituyen materia de imputacion, entre los que senala: la designacion irregular de cargos de confianza que han incumplido la normativa vigente durante los anos 2000 y 2001; la emision de autorizaciones y renovaciones de comercializacion de productos pirotecnicos sin la MORDAZA de requisitos exigidos por la normativa vigente durante el periodo 2000-2001; asi como el indebido requerimiento de pasajes, gastos de alojamiento, movilidad y viaticos a entidades financieras para efectuar inspecciones durante los periodos 2000-2001; Que, de conformidad con el Informe de la Comision Especial de Procesos Administrativos Nº 01-2003-IN-CEPAD-RM Nº 0152-2003-IN, de fecha 1 de MORDAZA del 2003, se ha determinado que las irregularidades administrativas habrian sido cometidas por los siguientes funcionarios: El Gral. Brig. EP (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA HIGUERAS, en su condicion de ex Director General de la DICSCAMEC (periodo 2000); el Gral. PNP (r) MORDAZA MIJICHICH TABERA, en su condicion de ex Director General de la DICSCAMEC (periodo 2001); el Tnte. Crnl. EP (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director de Control de MORDAZA, Municion y Explosivos (periodo 2000); el CPC MORDAZA UGARTE MORDAZA, en su condicion de ex Director de la Oficina de Administracion de DICSCAMEC (periodo 20002001); la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Directora de la Oficina de Asesoria Legal de la DICSCAMEC (periodo 2000-2001); la economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Subdirectora de Explosivos y Artificios Pirotecnicos de la DICSCAMEC (periodo 2000); y, la economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGRON, en su condicion de ex Subdirectora de Explosivos y Artificios Pirotecnicos de la DICSCAMEC (periodo 2001); Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios concluyo que existen suficientes elementos de juicio para la apertura del MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios mencionados en el considerando precedente, por la comision de faltas administrativas disciplinarias previstas en los incisos a) y b) del articulo 21º, y el inciso d) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, concordantes con lo dispuesto en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM; Que, en ese sentido, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios por unanimidad acordo recomendar la apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los citados ex funcionarios de la DICSCAMEC; y, Estando a las consideraciones expuestas, con las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 370, Ley Organica del Ministerio del Interior y el articulo 167º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa del Sector Publico; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Abrir MORDAZA Administrativo Disciplinario a los siguientes ex funcionarios: Gral. Brig. EP (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA HIGUERAS, en su condicion de ex Director General de la DICSCAMEC (periodo 2000); Gral. PNP (r) MORDAZA MIJICHICH TABERA, en su condicion de ex Director General de la DICSCAMEC (periodo 2001); Tnte. Crnl. EP (r) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Director de Control de MORDAZA, Municion y Explosivos (periodo 2000); CPC MORDAZA UGARTE MORDAZA, en su condicion de ex Director de la Oficina de Administracion de DICSCAMEC (periodo 2000-2001); abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Directora de la Oficina de Asesoria Legal de la DICSCAMEC (periodo 20002001); economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Subdirectora de Explosivos y Artificios Pirotecnicos de la DICSCAMEC (periodo 2000); y, economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGRON, en su condicion de ex Subdirectora de Explosivos y Artificios Pirotecnicos de la

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