Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2003 (05/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

de la aprobacion del Acuerdo de Codigo Compartido suscrito con LAN MORDAZA S.A. para operar el Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en las rutas: MORDAZA - MORDAZA y vv. con hasta veintiun (21) frecuencias semanales, MORDAZA - NEW MORDAZA y vv. con siete (07) frecuencias semanales y MORDAZA - LOS MORDAZA y vv. con siete (07) frecuencias semanales; Que, con Documento Nº 203 del 27 de Marzo de 2001, la Junta de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones del Gobierno de MORDAZA, ha informado su aceptacion respecto a la realizacion de las operaciones relativas al Contrato de Codigo Compartido suscrito entre LAN MORDAZA S.A. y LAN PERU S.A., en lo que a la ruta MORDAZA - MORDAZA y vv. se refiere; Que, asimismo, el Departamento de Transporte del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, ha renovado la aprobacion de las operaciones bajo la Modalidad de Codigo Compartido entre LAN PERU S.A. y LAN MORDAZA S.A., desde el 13 de setiembre del 2002, hasta el 13 de setiembre del 2004; Que, a la fecha, LAN PERU S.A. esta autorizada por la Autoridad Aeronautica Peruana para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en las rutas: MORDAZA - LOS MORDAZA y vv., MORDAZA - NUEVA MORDAZA y vv. y MORDAZA - MORDAZA y vv., con siete (07) frecuencias semanales cada una de ellas, con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire; Que, LAN MORDAZA S.A. esta autorizada por la Autoridad Aeronautica Peruana mediante Resolucion Directoral Nº 065-2002-MTC/15.16 del 10 de MORDAZA de 2002, para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta MORDAZA - MORDAZA y vv, con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire con veintiun (21) frecuencias semanales y con derechos de trafico de MORDAZA MORDAZA del Aire en las rutas MORDAZA - NUEVA MORDAZA y vv. y MORDAZA - LOS MORDAZA y vv., con siete (07) frecuencias semanales cada una; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261; y, con la opinion favorable de las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la renovacion de la aprobacion del Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre LAN PERU S.A. y LAN MORDAZA S.A. para prestar el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta MORDAZA - MORDAZA y vv. hasta veintiun (21) frecuencias semanales, MORDAZA - LOS MORDAZA y vv. y MORDAZA - NUEVA MORDAZA y vv, con siete (07) frecuencias semanales, hasta el 17 de MORDAZA del 2003. Articulo Segundo.- La autorizacion indicada en el Articulo Primero se sujetara a las siguientes condiciones: 1. La presente autorizacion comprende la explotacion por parte de LAN PERU S.A., de los derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire entre MORDAZA - MORDAZA y vv.; MORDAZA - LOS MORDAZA y vv. y MORDAZA - NUEVA MORDAZA y vv. segun lo tiene autorizado; y, por parte de LAN MORDAZA S.A. la explotacion de los derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire en la ruta MORDAZA - MORDAZA y vv., y en la ruta MORDAZA - LOS MORDAZA y vv. y MORDAZA - NUEVA MORDAZA y vv., con derechos de trafico de MORDAZA MORDAZA del Aire, segun lo tiene autorizado en su Permiso de Operacion. 2. En la publicacion y comercializacion de los servicios materia del Acuerdo de Codigo Compartido que se autoriza, ambos transportadores deberan hacer mencion expresa al publico usuario, que se trata de vuelos de codigo compartido de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. Articulo Tercero.- MORDAZA empresas de transporte aereo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a las operaciones de codigo compartido que se autorizan por la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- La presente autorizacion queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; asi como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolucion Directoral tanto por parte de LAN PERU S.A. como LAN MORDAZA S.A., asi como a las demas

disposiciones legales vigentes y directivas que dicte esta Direccion General. Articulo Quinto.- La presente autorizacion sera revocada, previa comunicacion a MORDAZA empresas transportadoras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolucion Directoral; o renuncie, se suspenda, queden sin efecto, o se revoquen las respectivas autorizaciones. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorizacion, sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo Sexto.- En la presente autorizacion, MORDAZA empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil (e) 06213

Otorgan renovacion y modificacion de permiso de operacion de aviacion comercial a Aero Continente S.A. para prestar servicio de transporte aereo regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 106-2003-MTC/12 MORDAZA, 21 de marzo del 2003 Vista la solicitud de la empresa AERO CONTINENTE S.A., sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Transporte Aereo Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Directoral Nº 065-98-MTC/15.16 del 25 de MORDAZA de 1998 se otorgo a AERO CONTINENTE S.A., la Renovacion y Modificacion del Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por un plazo de cinco (5) anos contados a partir del 31 de marzo de 1998, siendo modificada a traves de las Resoluciones Directorales Nº 141-98-MTC/15.16 del 13 de octubre de 1998, Nº 133-2000-MTC/15.16 del 5 de MORDAZA del 2000 y Nº 2822002-MTC/12 del 6 de diciembre del 2002; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 088-2003MTC/12.OAL, emitido por la Oficina de Asesoria Legal; Memorando Nº 0340-2003-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido el recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes;

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