Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2003 (05/04/2003)


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DISPOSICION UNICA

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

- Las disposiciones que reglamentaran la presente MORDAZA se dictaran via Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06568

Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal y Unidad de Personal el fiel cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06557

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHANCHAMAYO
Ratifican en el cargo a auxiliar coactivo de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 150-2003-MPCH
La MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2003 VISTO: La Resolucion de Alcaldia Nº 0486-99-MPCHA del 22 de noviembre de 1999 y el Informe Nº 021-2003-EJECMPCH del 1 de MORDAZA del 2003; CONSIDERANDO: 1. Que, nuestra Constitucion Politica del Estado dispone que las Municipalidades de la Republica son Organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. 2. Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 0486-99-MPCH del 22 de noviembre de 1999, previo Informe Nº 001-99CCPM-MPCH del 11 de noviembre de 1999 de la Comision de Concurso Publico de Meritos, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 26979 del Procedimiento de Ejecucion Coactiva se designo en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Malpartida. 3. Que segun Informe Nº 021-2003-EJEC-MPCH del 1 de MORDAZA del 2003, es necesario ratificarlo en el cargo mediante la presente Resolucion. 4. Que, posteriormente a la dacion de la Resolucion de Alcaldia Nº 0486-99-MPCH, el Gobierno Central dicto la Ley Nº 27204, publicada el 26 de noviembre de 1999, que precisa que el ejecutor y auxiliar coactivo son funcionarios designados en los terminos senalados por el articulo 7º de la Ley Nº 26979, y no implican que dichos cargos MORDAZA de confianza. 5. Que, asimismo con fecha 5 de marzo del 2001, publicada al dia siguiente, se aprobo por D.S. Nº 036-2001-EF, el Reglamento de la Ley Nº 26979 de Procedimiento de Ejecucion Coactiva que dispone en su tercera disposicion transitoria y final que los ejecutores y auxiliares coactivos debidamente acreditados ante las entidades del Sistema Financiero y Bancario, Policia Nacional del Peru y demas Instituciones que indica; podran ordenar embargos o requerir su cumplimiento; indicando asimismo los requisitos de su acreditacion. 6. En consecuencia, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 26979 de Procedimientos de Ejecucion Coactiva, Ley Nº 27204, D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones y D.S. Nº 005-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa; D.S. Nº 036-2001-EF, Reglamento de la Ley Nº 26979 y, de conformidad con el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ratificar al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia de Banca y Seguros, Banco de la Nacion, Banco Central de Reserva del Peru, Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, Oficina Registral La MORDAZA, Registro Predial MORDAZA y Policia Nacional del Peru.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHORCO
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2003-MDC
Aricapampa, 27 de marzo del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE COCHORCO VISTO, el Informe Tecnico Nº 001-2003-MDC-OA, presentado por el Jefe de la Oficina de Abastecimientos, el INFORME LEGAL Nº 001-2003-MDC-AL, emitido por la Oficina de Asesoria Legal, y el Acuerdo Unanime de Concejo, tomado en Sesion Ordinaria de fecha 26 de marzo del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante INFORME TECNICO Nº 001-2003MDC-OA, el Jefe de la Oficina de Abastecimientos, propone se declare en situacion de urgencia la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche para los meses de enero a marzo del ano en curso, al haberse declarado desierto el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-MDC-PVL, el mismo que si se realizara en MORDAZA convocatoria, haria peligrar el reparto oportuno del producto alimenticio a los beneficiarios del citado programa, que en su mayoria son ninos de 0 a 6 anos, por cuanto, se tendria que cumplir obligatoriamente plazos senalados por Ley; Que, mediante INFORME LEGAL Nº 001-2003-MDCAL, la Oficina de Asesoria Legal, recomienda que el Pleno del Concejo acuerde declarar en situacion de urgencia la adquisicion de insumos destinados a atender el Programa del Vaso de Leche, al haberse generado un hecho de excepcion, como es la declaratoria de desierto del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-MDC-PVL, por lo que, la municipalidad debe promover una accion rapida y temporal de adquisicion de los insumos para el mencionado programa, y asi poder cumplir en forma oportuna con los fines del aludido programa social; Que, de acuerdo a lo expuesto por el Articulo 21º, concordante con el Articulo 20º inciso c) y Articulo 19º del D. S. Nº 012-2001-PCM y el Articulo 108º del D. S. Nº 0132001-PCM, procede la declaracion de urgencia, cuando exista la ausencia imprevisible de determinado bien y siempre que comprometa en forma directa e inminente la continuidad del servicio esencial; en el presente caso, la declaratoria de desierto, en primera convocatoria, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-MDC-PVL, sumado al hecho que a la fecha aun no se reparte el producto alimenticio, hacen peligrar la ejecucion del Programa del Vaso de Leche, en forma inminente; Que, esta medida debe ser tomada como temporal y con el proposito de adquirir lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de realizarse el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones consiguientes; Estando a los documentos de vistos y de conformidad a lo establecido en el Articulo 20º inciso c) del D. S. Nº 0122003-PCM, y en los Articulos 109º y 110º ultimo parrafo, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, luego del debate, el Pleno del Concejo, por unanimidad: ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, la adquisicion de los insumos del Programa

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