Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2003 (05/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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ANEXO I ESCALA DE MULTAS
ITEM INFRACCION I 238. Vender helados en triciclo sin autorizacion municipal. 10 -

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

C. (%) UIT Medidas II III IV V Complementarias Decomiso

239. No mantener el triciclo de 5 venta de helados en perfectas condiciones segun los parametros de conservacion e higiene 240. No exhibir la lista de precios 3 de los productos en venta al publico. 241. No mantener el triciclo en permanente circulacion. 242. Arrojar o permitir que se arrojen los desechos o envolturas de helados fuera del recipiente adherido al triciclo. 243. Circular con el triciclo que no tenga codigo o triciclo cuyo codigo no le corresponde. 5 3

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Decomiso

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Decomiso

244. Circular por avenidas prin5 cipales de alto flujo vehicular o areas restringidas para el comercio ambulatorio. 245. Circular en sentido contrario 5 al MORDAZA vehicular. 246. Vender otros productos no correspondientes a la actividad comercial que se autoriza. 5

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Decomiso

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23853, modificado por la Ley Nº 26875 que indica: Son funciones de las Municipalidades, en materia de defensa, promocion y conservacion y custodia del Patrimonio Cultural local y la defensa y conservacion de los monumentos arqueologicos historicos y artisticos colaborando con los organismos regionales y nacionales en su restauracion y conservacion; Que, la Municipalidad tiene como mision fomentar el bienestar de los vecinos, el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 3º de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el caracter y estado de conservacion del Centro Historico asi como su futuro, dependen de la calidad, intensidad y MORDAZA de uso, al que se destinen los edificios y espacios publicos y privados del area, concordante con la Ley Nº 24047 "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion"; Que, es necesario determinar los modos en los que tales usos pueden ser controlados y dirigidos tanto en los usos definidos por la Zonificacion, como en los usos que permite el otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento de locales y son las normas que regulan la circulacion vehicular y peatonal, de manera principal, en el control de uso de los espacios publicos por el comercio que alli se ubica; Que, este contexto se encuentra enmarcado dentro de las politicas de la Municipalidad Provincial del Callao, es decir, atraer inversiones importantes para las actividades turisticas, culturales, recreacionales y de infraestructura; Estando a las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades al Concejo Provincial del Callao y con el MORDAZA en mayoria de los senores regidores se aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL COMERCIO EN LA VIA PUBLICA PARA RESTAURANTES EN AMBIENTES URBANOS MONUMENTALES RESUELVE: Articulo Primero.- Regular en forma excepcional la utilizacion de la via publica para restaurantes ubicados en zonas consideradas como ambiente MORDAZA - monumentales, plazas, plazuelas y parques en el ambito del Centro Historico del Cercado del Callao. Articulo Segundo.- La utilizacion de la via publica en forma temporal y excepcional regira unicamente por un periodo MORDAZA de un ano, solo para los restaurantes de caracteristicas determinadas ubicadas en el Centro Historico, los mismos que deberan contar con instalaciones y mobiliario adecuado y aprobado por la Municipalidad, el cual debera responder a las caracteristicas del lugar en cuanto a forma, confort, color y ubicacion. Articulo Tercero.- La Ubicacion de mesas, sillas o similares en la via publica no debera obstaculizar el MORDAZA peatonal y vehicular y se ubicaran de acuerdo a la disponibilidad de espacios y retiros, sin que su volumen y forma altere el contexto del inmueble o del entorno, asimismo, deberan ser instaladas y retiradas de acuerdo al horario de atencion que determine la Direccion General de Comercializacion. Articulo Cuarto.- Incorporese al procedimiento Administrativo "Autorizacion Municipal Temporal o Renovacion de la misma" de la Direccion General de Comercializacion consignado en el MORDAZA, los siguientes requisitos: - Inspeccion Ocular e informe favorable de la Direccion General de Desarrollo MORDAZA para la utilizacion de areas publicas o retiro municipal ubicados en el Centro Historico solicitados por Restaurantes. - Autorizacion del Instituto Nacional de Cultura (para locales en MORDAZA Monumental). - MORDAZA de Inspeccion Tecnica Basica de Defensa Civil. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 06524

Segunda.- Encarguese el cumplimiento de la presente ordenanza municipal a la Direccion General de Comercializacion y a la Direccion General de Proteccion y Seguridad Ciudadana. Tercera.- Facultese a la Direccion General de Comercializacion a dictar las disposiciones complementarias necesarias para la mejor aplicacion de la presente ordenanza municipal. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA 06529

Aprueban ordenanza que regula el comercio en la via publica para restaurantes ubicados en ambientes urbanos monumentales
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000021
Callao, 12 de diciembre de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 12 de diciembre de 2002; aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, en virtud a lo establecido en el Articulo 67, inciso 11 de la Ley Organica de Municipalidades Nº

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