Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2003 (05/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 5 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion de los procesos de seleccion correspondientes, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia los servicios de seguridad y vigilancia de la sede central y locales anexos, servicio de limpieza, servicio de refrigerio y servicio de mensajeria a nivel local y nacional, asi como el suministro de combustible para la flota vehicular de la sede central; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 5195-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001-PCM, Nº 013-2001-PCM y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE-PRE;
BIEN O SERVICIO "Servicio de Seguridad y Vigilancia de la sede central y locales anexos". "Servicios de Limpieza de la sede central y locales anexos". "Servicio de refrigerio para el personal de la sede central" "Servicio de Mensajeria a nivel local y nacional para la sede central" "Suministro de combustible para la flota vehicular de la sede central" PERIODO 3 meses

Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion de los procesos de seleccion correspondientes para la contratacion de servicios de seguridad y vigilancia de la sede central y locales anexos, servicio de limpieza de la sede central y locales anexos, servicio de refrigerio para el personal de la sede central y servicio de mensajeria a nivel local y nacional para la sede central, asi como para el suministro de combustible para la flota vehicular de la sede central, y autoricese la contratacion y adquisicion respectivas a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, en el plazo y monto detallados a continuacion:
FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Ordinarios. Unidad Ejecutora: 024 y 028. Funcion: 09. Programa: 003. Sub- Programa:0006. Actividad: 100267. Componente: 30693. Meta: 0003. Fuente: Recursos Ordinarios. Unidad Ejecutora: 024. Funcion: 09. Programa:003. Sub-Programa: 0006. Actividad: 100267. Componente: 30693. Meta: 0003. Fuente: Recursos Ordinarios. Unidad Ejecutora: 024. Funcion: 09. Programa:003. Sub-Programa: 0006. Actividad: 100267. Componente: 30693. Meta: 0003. Fuente: Recursos Ordinarios. Unidad Ejecutora: 024. Funcion: 09. Programa:003. Sub-Programa: 0006. Actividad: 100267. Componente: 30693. Meta: 0003. Fuente: Recursos Ordinarios. Unidad Ejecutora: 024. Funcion: 09. Programa:003. Sub-Programa: 0006. Actividad: 100267. Componente: 30693. Meta: 0003.

VALOR REFERENCIAL S/. 315 276,00

3 meses

S/. 106 449,00

3 meses

S/. 79 200,00

3 meses

S/. 99 249,00

3 meses

S/. 93 069,00

Articulo 2º.- Las contrataciones que se efectuen en virtud de la presente Resolucion, se realizaran a traves de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educacion, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes, a la Contraloria General de la Republi-

ca, dentro de los diez (10) dias calendario, siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 06676 concluir con el MORDAZA de saneamiento legal de los inmuebles ocupados en su mayoria por centros educativos, a fin de que estos MORDAZA registrados en el Margesi de Bienes del Ministerio de Educacion; Que, el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la citada Ley; Que, por otro lado, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nº s. 071-2001-PCM y 1282001-PCM, define los servicios personalisimos, precisando que se encuentran incluidos en dicha clasificacion, los servicios de publicidad, que presten al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que lo distingue; Que, en el Informe Tecnico evacuado mediante Memorando Nº 776-2003-OINFE y Memorandum Nº 161-2003SG-OPYC-ME, se senala las caracteristicas tecnicas requeridas para dicha publicacion, precisandose ademas que esta debe efectuarse en el diario "La Republica", al considerar las caracteristicas particulares que lo distinguen como son al reunir las condiciones de ranking de lectoria, tiempo de vigencia en el MORDAZA, cobertura a nivel nacional, ademas de representar el menor costo para la Entidad; Que, el Informe Legal Nº 384-2003-ME/SG-OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica, teniendo en cuenta lo senalado en el Informe Tecnico referido en el considerando precedente, opina que dicho servicio de publicacion se encuentra dentro de los alcances del articulo 111º del citado Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, lo que justifica su contratacion mediante la exoneracion de los respectivos procesos de se-

Autorizan contratacion del servicio de publicacion en diario mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0447-2003-ED
MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2003 VISTOS: Los Memorandums Nº 3365-2002-ME/SG-OA-UA, Nº 987-2003-ME/SG-OA-UA, Nº 776-2003-OINFE y Nº 1612003-SG-OPYC-ME de la Unidad de Abastecimiento, de la Oficina de Infraestructura Educativa y de la Oficina de Prensa y Comunicaciones, respectivamente, asi como de la Hoja de Coordinacion Interna Nº 167-2003-ME/SPE-UP y los Informes Nº 029-2003-OINFE de la Oficina de Infraestructura Educativa, Nº 003-2003-PVV-OINFE de la Consultoria del BID y el Informe Nº 384-2003-ME/SG-OAJ; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 8º de la Ley Nº 26512, que declara de necesidad y utilidad publica el saneamiento legal de los inmuebles de propiedad del Sector Educacion, debe procederse a la publicacion de los inmuebles que seran materia de saneamiento, tanto en el Diario Oficial El Peruano como en otro de circulacion nacional; Que, por motivos de indole presupuestal obran 8 listados con un aproximado de 800 (ochocientos) inmuebles correspondientes al ano 2002, pendientes de publicacion, los que han sido considerados para el ano 2003. A ello, se suman los listados adicionales correspondientes al presente ano, haciendo un total de 23 listados a publicar de acuerdo al cronograma establecido en el Plan Operativo Anual -POA 2003; Que, conforme a los considerados precedentes existe la necesidad de efectuar las citadas publicaciones a fin de

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