Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2003 (02/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, sabado 2 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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dos a partir del dia siguiente a la fecha de notificacion, para recoger las mercancias adjudicadas. Vencido dicho plazo, la Resolucion de Adjudicacion queda sin efecto y las mercancias en situacion de disponibilidad, debiendo registrarse tal situacion en el Modulo de Control de Almacenes. 1.11. DOCUMENTACION A ENTREGARSE AL BENEFICIARIO DE LA ADJUDICACION Los documentos que se entregan a la Entidad o Institucion beneficiaria y que amparan la adjudicacion son: a) Resolucion de Adjudicacion, emitida por la Intendencia Nacional de Administracion o Intendencia de Aduana, segun corresponda. b) Acta de Entrega elaborada a traves del Modulo de Control de Almacenes, debidamente firmada por el responsable del Area de Almacen y el Beneficiario de la Adjudicacion; y c) Poliza de Adjudicacion con valor cero (S/. 0.00 ) emitida y firmada por el responsable del Area de Recaudacion y Contabilidad de la Intendencia de Aduana correspondiente y; en el caso de la Gerencia de Almacenes por el responsable de la Division de Almacen de Aduanas. 1.12. REMISION DE INFORMACION A TERCEROS SOBRE LAS ADJUDICACIONES REALIZADAS La Intendencia correspondiente, remite MORDAZA de las Resoluciones de Adjudicacion de mercancias provenientes de comiso judicial al Ministerio de Economia y Finanzas dentro de los tres (3) dias habiles siguientes a su emision. En el caso de Resoluciones de Adjudicacion de Mercancias con MORDAZA Penal en Tramite, el Intendente que aprobo la adjudicacion comunica al Juez que conoce la causa sobre dicha accion, dentro del MORDAZA dia habil de producida la misma. Tratandose de mercancia perecible o de alto riesgo incautada por comision de delito aduanero o infraccion administrativa vinculada al contrabando, una vez efectuada la adjudicacion, el Intendente Nacional de Administracion o el Intendente de Aduana, segun corresponda, remite MORDAZA de la Resolucion de Adjudicacion al Fiscal o al Juez Penal que conoce la causa y al Ministerio de Economia y Finanzas, dentro de los cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la entrega de la mercancia adjudicada. Las Intendencias de Aduanas y la Gerencia de Almacenes, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes al vencimiento de cada mes, remiten a la Oficina de Gestion de Almacenes la relacion mensual de adjudicaciones efectuadas a entidades del Estado. La Oficina de Gestion de Almacenes consolida esta informacion y prepara la documentacion correspondiente para ser remitida a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas y a la Contraloria General de la Republica. 1.13. DISPOSICIONES GENERALES Lo dispuesto en el numeral 1 de la seccion VII (Descripcion del Procedimiento), es de aplicacion supletoria a los tramites de "Adjudicacion de Mercancias con solicitud y sin participacion de la Comision de Disposicion de Mercancias" y "Adjudicacion de Mercancias sin solicitud y sin participacion de la Comision de Disposicion de Mercancias" 2. ADJUDICACION DE MERCANCIAS CON SOLICITUD Y SIN PARTICIPACION DE LA COMISION DE DISPOSICION DE MERCANCIAS 2.1 ADJUDICACION DE ROPA USADA La adjudicacion de ropa usada es aprobada mediante Resolucion de Intendencia Nacional de Administracion o de Intendencia de Aduana, segun corresponda. Para la adjudicacion se requiere, ademas del cumplimiento de los requisitos senalados en el numeral 1.3 de la seccion VII (Descripcion del Procedimiento): - Que el solicitante se comprometa a fumigar y/o desinsectar la ropa usada, MORDAZA de la entrega a los beneficiarios finales. - Que la entidad solicitante exprese su compromiso de no comercializar la ropa adjudicada, bajo apercibimiento de ser inhabilitada como receptora de adjudicaciones. - Que el beneficiario revise previamente el estado de conservacion de la ropa usada y exprese su conformidad en el acta de entrega de la mercancia. 2.2 ADJUDICACION DE MERCANCIA DETERIORADA Se considera mercancia deteriorada a aquella que ha sufrido un detrimento o dano en todo o en parte, de forma tal que ya no cumple con su fin originario.

La adjudicacion de mercancia deteriorada es aprobada mediante Resolucion de Intendencia Nacional de Administracion o de Intendencia de Aduana, segun corresponda. Para la adjudicacion de mercancia deteriorada se requiere, ademas de los requisitos senalados en el numeral 1.3 de la seccion VII (Descripcion del Procedimiento) lo siguiente: - Que la calificacion de deteriorada este fundamentada mediante informe del Jefe del Almacen y, de ser posible, con fotografias que evidencien su deterioro. - Que en la solicitud, el beneficiario se comprometa a utilizarla unicamente como material de reciclaje. La entidad o institucion beneficiaria, en un plazo no mayor a ciento veinte (120) dias calendario computados a partir de la recepcion de la mercancia, debe comunicar por escrito a la Intendencia que aprobo la adjudicacion sobre los beneficios obtenidos de su disposicion como material de reciclaje y sobre su aplicacion. Si el beneficiario incumple esta condicion, es inhabilitado como entidad receptora. 3. ADJUDICACION DE MERCANCIAS SIN SOLICITUD Y SIN PARTICIPACION DE LA COMISION DE DISPOSICION DE MERCANCIAS 3.1 ADJUDICACION DE MERCANCIAS EN CASOS DE DESASTRES O CALAMIDADES La adjudicacion de mercancias para hacer frente a los desastres o calamidades, cualquiera sea su origen, es dispuesta de oficio por el Intendente Nacional de Administracion o los Intendentes de Aduana, segun corresponda. 3.2 ADJUDICACION DE MERCANCIA PERECIBLE La adjudicacion de mercancia perecible es dispuesta de oficio por el Intendente Nacional de Administracion o por los Intendentes de Aduana, segun corresponda. En este caso, si la cantidad de mercancia lo permite, debe atenderse al mayor numero posible de entidades o instituciones de la jurisdiccion. Para la adjudicacion de mercancias perecibles se requiere: a. Si se trata de alimentos naturales o aquellos envasados que no cuenten con fecha de expiracion a la vista: contar con el boletin quimico emitido por el laboratorio central o el certificado de aptitud de consumo, otorgado por una entidad oficial de la region o localidad que acredite la condicion de apto para consumo humano o animal. b. Si se trata de alimentos envasados con fecha de expiracion a la vista: del informe tecnico del especialista en aduanas, en el cual se indique que el envase o envoltura se encuentra en buen estado de conservacion. c. Si se trata de animales vivos: del certificado zoosanitario otorgado por la entidad oficial de la region o localidad, que acredite su buen estado de salud. d. Si se trata de mercancias para uso humano o animal: del boletin quimico emitido por el laboratorio central o el certificado de aptitud otorgado por una entidad oficial de la region o localidad, que acredite la condicion de aptitud de uso. Tanto en los boletines quimicos, como en el certificado de aptitud y el certificado zoosanitario, ademas de la acreditacion de mercancia en condicion de uso o consumo, debe consignarse la fecha de vigencia de dichos documentos. 3.3 ADJUDICACION DE MERCANCIA DE ALTO RIESGO Para la adjudicacion de mercancias de Alto Riesgo constituida por sustancias liquidas, se requiere que esten contenidas en envases debidamente cerrados y que no presenten fisuras o roturas que permitan fugas del contenido. Para la adjudicacion de mercancias de Alto Riesgo constituidas por sustancias gaseosas (p.e. gas contenido en balones) se requiere que las mismas esten contenidos en envases hermeticos y que cumplan con las especificaciones emitidas por OSINERG. VIII. FLUJOGRAMA Pagina Nº 249166 IX. REGISTROS · Hoja de Calificacion · Acta de Entrega ANEXOS Anexo 01 - Modelo de Solicitud de Adjudicacion. Anexo 02 - Modelo de Hoja de Calificacion.

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