Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2003 (02/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 2 de agosto de 2003

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS: En sesion de Concejo Ordinaria del Concejo de la fecha 24 de MORDAZA del 2003, el Informe Tecnico Legal, por el cual solicita se declare en situacion de urgencia el Programa del Vaso de Leche, correspondiente a los meses de agosto a diciembre del 2003 y la exoneracion del MORDAZA Selectivo de Adjudicacion Directa, por el de Adjudicacion de Menor Cuantia; CONSIDERANDO: Que, segun convenio la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA va a abastecer los insumos para el Programa del Vaso de Leche, leche evaporada en tarro y MORDAZA hasta el mes de MORDAZA del presente ano; Que, ante la urgencia de entregar a los beneficiarios las raciones alimenticias, estos deben ser atendidos oportunamente despues de la fecha del desabastecimiento del producto, por ser una funcion impostergable de la Municipalidad, por constituir un servicio publico esencial, cuya prestacion del mismo no puede discontinuarse, por ser una funcion social. Que la falta de atencion seria lamentable en desmedro y atentatorio a la salud de los beneficiarios; Que, para la Adquisicion de los insumos lacteos, y garantizar el abastecimiento oportuno de los meses de agosto hasta diciembre de los corrientes, se requiere adquirirlos a traves de un procedimiento Sumarisimo, que se encuentra regulado por Ley, toda vez que el procedimiento por Adjudicacion Directa tiene plazos y terminos mayores al de Menor Cuantia; Que, al no recibir oportunamente el producto para el Programa del Vaso de Leche, este hecho constituye una SITUACION DE URGENCIA prevista por el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM considerandolo, cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial, en concordancia con el Art. 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM que lo entiende como un hecho de excepcion, que determina una accion rapida de Adquisicion o Contratacion como medida temporal; Que, segun el Art. 19º inciso C, Art. 20º inciso C del D.S. Nº 012-2001-PCM disponen, que ante la declaracion de urgencia, declarada mediante Acuerdo de Concejo Municipal, previo Informe Tecnico Legal, senalan que se encuentra exonerado de los procesos selectivos de licitacion publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, debiendose realizar las adquisiciones o contrataciones mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Estando a lo acordado por Unanimidad de los presentes, en uso de la facultad conferida por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y con el Informe Tecnico Legal; ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR en SITUACION DE URGENCIA el Programa del Vaso de Leche del distrito de San MORDAZA, de los meses de agosto a diciembre del presente ano. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA selectivo de Adjudicacion Directa por la de Adjudicacion de Menor Cuantia, para la Adquisicion y Contratacion de los insumos lacteos de leche evaporada en tarro y MORDAZA, hasta por un monto S/. 51,796.50 Nuevos Soles. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente en el Diario Oficial El Peruano y sea puesto en conocimiento de la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA L. BARTHELMESS MORDAZA MORDAZA 14383

Que, la Constitucion Politica del Estado, segun la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece en su articulo 194º que las Municipalidades son organismos autonomos, politica, economica y administrativamente en los asuntos de su competencia, destacando que la estructura organica y de gobierno local lo conforman el Concejo Municipal como organo normativo y fiscalizador y la Alcaldia como organo ejecutivo; Que, mediante Edicto Nº 002-2003-MDSA de fecha 14 de febrero de 2003, se aprobo el Reglamento Interno de Concejo Municipal; Que, conforme lo prescribe el articulo 109º de la Constitucion Politica del Estado, existe un mandato imperativo y de cumplimiento obligatorio de la Ley desde el dia siguiente de su promulgacion; Que, el Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 12, del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es competente para aprobar su regimen interior; Que, segun el informe Nº 1105-2003-OAL-MDSA se desprende que a la luz de la expedicion de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades de fecha 27 de MORDAZA de 2003, nuestra institucion corporativa tiene que adecuarse a la nueva normatividad a efectos de evitar las nulidades y responsabilidades de orden administrativo, civil y penal y particularmente en MORDAZA aplicacion del MORDAZA de Legalidad, Pluralidad de Instancias y Debido Procedimiento; Que, estando a lo expuesto, con las modificaciones propuestas y aprobadas por el Pleno y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA mayoritario del Concejo y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de MORDAZA MORDAZA, el mismo que consta de 8 Titulos, 82 articulos, 3 Disposiciones Finales y 3 Disposiciones Transitorias, texto que forma parte del anexo de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Deroguese el Reglamento Interno de Concejo aprobado por Edicto Nº 002-2003-MDSA de fecha 14 de febrero de 2003 y las demas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encarguese a Secretaria General la difusion y cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14385

Autorizan realizacion de MORDAZA Gratuita de Inscripcion Extemporanea de Nacimientos a menores en edad escolar
ORDENANZA Nº 027-2003-MDSA
MORDAZA MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003 Vistos: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, los Informes Nº 088-2003-RRCC-MDSA y Nº 1217-2003-OALMDSA de la Unidad de Registros Civiles y de la Oficina de Asesoria Legal, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, es un derecho fundamental la identidad de las personas, debidamente consagrado en el Texto Constitucional y en la Declaracion Universal de los Derechos de la Persona Humana; Que, nuestra administracion, desde la Unidad de Registros Civiles, ha establecido dentro de su plan anual de trabajo para el ejercicio 2003, la atencion a las personas que no cuentan, a la fecha, con su Inscripcion de Nacimiento en los Registros correspondientes, sin embargo, por problemas economicos y sociales de las personas inmersas en esta problematica, se requiere atender en forma urgente y gratuita las inscripciones extemporaneas de nacimientos; conforme lo establece la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Nº 26497 y el D.S. Nº 015-98-PCM; Que, de acuerdo al Art. 9º, inciso 9), de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es atribucion del Concejo Municipal aprobar la exoneracion del pago de derechos conforme a Ley;

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Municipal
ORDENANZA Nº 026-2003-MDSA
MORDAZA MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003 VISTO: En sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el dictamen Nº 011-CAL/MDSA de la Comision de Asuntos Legales y el Informe Nº 1105-2003-OAL-MDSA de la Oficina de Asesoria Legal; y,

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