Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2003 (29/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 181

MORDAZA, MORDAZA 29 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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al orden al orador, pidiendo el retiro de la frase injuriosa sin permitirle hacer uso de la palabra en otro sentido. Si el orador no atendiese esta recomendacion, el Presidente suspendera la Sesion por breves minutos. Reabierta la sesion, el Presidente le invitara de MORDAZA a retirar la ofensa, retirada la cual, se MORDAZA por terminado el incidente. Si se negara a dar la explicacion pedida e insistiera en su actitud, se levantara la sesion. Si al iniciarse la siguiente sesion, MORDAZA de aprobar el acta de la Sesion, el incidente no ha sido solucionado, el Consejo Regional, en sesion reservada deliberara y, a propuesta del Consejo Regional, acordara la medida a tomar segun la naturaleza de la ofensa. Si esta hubiera sido en agravio del Presidente, se aplicara la suspension temporal que el Consejo Regional determine.. Articulo 78º.- Si algun orador se apartara de la cuestion en debate, el Presidente le llamara al orden exhortandolo a concretarse al MORDAZA en debate. Si el caso lo requiere, MORDAZA que se relea la proposicion, si esta fuera insuficiente, fijara mediante intervencion suya, breve y concisa, el o los puntos en debate. En el caso de que el orador persistiera en su actitud, el Presidente levantara la sesion o la suspendera, segun lo juzgue mas conveniente.

CAPITULO XI ESPECTADORES
Articulo 79º.- A las Sesiones Publicas concurrira el publico hasta donde lo permita la capacidad del local, impidiendose la entrada a las personas en estado inecuanime. Su asistencia solo sera en calidad de observadores, sin derecho a voz y su intervencion solo procedera previa autorizacion del Presidente por acuerdo del Consejo Regional. Articulo 80º.- Esta prohibido al publico asistente intervenir durante los debates con manifestaciones de aplausos, reprobaciones, gritos, o cualquier otro acto que perturbe el desarrollo normal de las sesiones. Los infractores son expulsados inmediatamente y si incurrieren en delito se MORDAZA lugar al MORDAZA penal correspondiente.

Segun el resultado, dira: "Aprobado" o "Ha sido rechazado". Concluira el Presidente manifestando si el Proyecto o el MORDAZA votado ha sido aprobado o rechazado. Articulo 86º.- En la votacion nominal, despues de darse el punto por discutido, y luego de leido, dira el Presidente: "Los Senores miembros del Consejo Regional que esten a favor (o que aprueben)... se serviran expresarlo con la palabra SI; y los que esten en contra con la palabra NO". El Secretario llamara por lista a los miembros del Consejo Regional y estos contestaran en la forma indicada, anotando el Secretario los nombres de los miembros segun su pronunciamiento afirmativo o negativo. Concluida la votacion, el Secretario, en voz baja, informara al Presidente sobre el resultado de la misma. El Presidente ordenara al Secretario la lectura de la relacion de miembros del Consejo Regional que votaron por el Si y de quienes votaron por el No. Para rectificar cualquier equivocacion el Secretario volvera a contar las dos Votaciones. El Presidente informara de viva voz, sobre los resultados de la votacion. Articulo 87º.- El numero de votos requeridos para que un MORDAZA corriente quede votado o resuelto, sera igual por lo menos, a la mitad mas uno del total de los miembros del Consejo Regional asistentes. (mayoria simple) Asimismo, se requiere igual votacion para la aprobacion de Acuerdos Regionales. Se exceptuan los siguientes casos en que sera preciso mas votos: 1. Dos tercios del numero legal de los miembros del Consejo Regional para revocar el mandato del Presidente. (mayoria calificada) 2. Mitad mas uno del numero total de los miembros del Consejo Regional.(mayoria absoluta): - Para insistir ante observaciones a una Ordenanza Regional que el Presidente del Consejo remita. - Para la aprobacion del Plan de Desarrollo Regional Concertado, Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo. - Para dispensar del tramite de comision, a los Proyectos de Ordenanza o de Acuerdo. - Para aplazar hasta la siguiente sesion la discusion de una Mocion de Orden del Dia . - Para aprobar los Acuerdos Regionales y la tramitacion de iniciativa para formacion de Leyes ante el Poder Legislativo; y - Para modificar el presente Reglamento. 3. Son necesarios los Votos de las dos tercera partes del total de miembros presentes en los casos siguientes: - Para la admision a debate y para la aprobacion de toda reconsideracion. - Para resolver la preferencia en el debate. - Para dar preferencias en el debate a un MORDAZA dispensado del tramite de comision el mismo dia de su presentacion; y - Para la admision a debate de las Mociones de orden del dia. Articulo 88º.- El Presidente no tendra MORDAZA en las Votaciones Ordinarios, Nominales, por Balotas ni por Cedulas. Tiene MORDAZA dirimente en caso de empate. En las Votaciones Secretas votara el Presidente. Articulo 89º.- Durante la votacion ningun miembro del Consejo Regional puede salir de la sala y los que no hayan concurrido absolutamente al debate y recien entraran, tampoco seran admitidos a votar. Estos podran dejar simplemente MORDAZA de su posicion. Articulo 90º.- Los que estuvieron presentes en el acto de la votacion no podran excusarse de MORDAZA, bajo ningun pretexto. Articulo 91º.- Los interesados personalmente en el MORDAZA de que se trata no podran votar.

CAPITULO XII VOTACIONES
Articulo 81º.- Agotado el debate, el Presidente manifestara: "Si ningun miembro del Consejo hace uso de la palabra se MORDAZA el punto por discutido" y luego, despues de una pausa: "Discutido, se va a votar". Las mismas expresiones empleara cuando nadie hubiera solicitado la palabra al ponerse en debate alguna proposicion. Tratandose de proyectos de mas de un articulo, se limitara a partir del MORDAZA, a ponerlos al MORDAZA cuando despues de su lectura y debate, en caso de haberlo, no MORDAZA quien pida la palabra. Articulo 82º.- Cuando se trate de articulos, que comprendan varias partes o incisos, se votaran separadamente parte por parte o inciso por inciso, en caso de que asi lo solicitara algun miembro del Consejo Regional. Articulo 83º.-Las votaciones se haran en las siguientes formas: - Ordinaria, levantando la mano o poniendose de pie, a invitacion del Presidente cuando sea dudoso el resultado; - Nominal, a solicitud de cualquier miembro del Consejo Regional, por la expresion SI o NO, que expresara cada miembro al, oir su nombre al pasar lista el Secretario - Secreta; - Por balotas MORDAZA o negras; y - Por cedulas de papel blanco. Las votaciones podran hacerse alternativamente, mediante sistemas electronicos, para la emision de los sufragios y el computo de los votos. Articulo 84º.- Las votaciones de los asuntos que afecten, de algun modo, la soberania nacional, o que autoricen emprestitos, se haran en forma nominal dejandose MORDAZA en el Acta. A parte de esto, cualquier miembro del Consejo Regional puede pedir que un MORDAZA se vote en forma nominal, y el Presidente asi lo dispondra. Articulo 85º-La invitacion para que los miembros del Consejo Regional expresen su MORDAZA en votacion ordinaria, la MORDAZA el Presidente con las palabras: "Los Senores miembros del Consejo Regional que aprueben el articulo o.......... a que se ha dado lectura, se serviran manifestarlo". Y luego: "Los que esten en contra".

CAPITULO XIII MORDAZA Y FUNDAMENTACION DE MORDAZA
Articulo 92º.- Cualquier miembro del Consejo Regional tiene derecho a que su MORDAZA particular se inserte en el acta. Para tal efecto lo solicitara ya sea en la sesion misma o en la siguiente, MORDAZA de la aprobacion de aquella. Articulo 93º.- Puede cualquier miembro del Consejo Regional fundamentar, brevemente, su MORDAZA en no mas de cinco minutos y si la fundamentacion fuera extensa y se

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