Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2003 (27/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
1.

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17. Promover espacios de participacion, educativos y de recreacion destinados a adultos mayores de la localidad. 18. Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreacion de la ninez y del vecindario en general, mediante la construccion de MORDAZA deportivos y recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas, para los fines MORDAZA indicados. 19. Promover actividades culturales diversas. 20. Promover la consolidacion de una cultura de ciudadania democratica y fortalecer la identidad cultural de la poblacion campesina, MORDAZA y afroperuana. En aquellos casos en que las municipalidades distritales no puedan asumir las funciones especificas a que se refiere el presente articulo, se procedera conforme a lo dispuesto en los articulos 76º y 77º. ARTICULO 83º.- ABASTECIMIENTO Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS Y SERVICIOS Las municipalidades, en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, ejercen las siguientes funciones:

Funciones especificas exclusivas de las municipalidades provinciales:
1.1. Planificar y promover el desarrollo social en su circunscripcion en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales, de manera concertada con las municipalidades distritales de su jurisdiccion. 1.2. Establecer MORDAZA de concertacion entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de ninos y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores. Asi como de los derechos humanos en general, manteniendo un registro actualizado. 1.3. Regular las acciones de las Defensorias Municipales de los Ninos y Adolescentes, DEMUNA, adecuando las normas nacionales a la realidad local. 1.4. Ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demas programas de apoyo alimentario con participacion de la poblacion y en concordancia con la legislacion sobre la materia, cuando la municipalidad distrital no pueda asumir dicha funcion. 1.5. Establecer MORDAZA de comunicacion y cooperacion entre los vecinos y los programas sociales. 1.6. Contar con un registro actualizado de organizaciones juveniles de la provincia, asi como de su participacion activa en la MORDAZA politica, social, cultural y economica del gobierno local. 1.7. Crear una oficina de proteccion, participacion y organizacion de los vecinos con discapacidad, como un programa dependiente de la Direccion de Servicios Sociales.

1.

Funciones especificas exclusivas de las municipalidades provinciales:
1.1. Regular las normas respecto del acopio, distribucion, almacenamiento y comercializacion de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas nacionales sobre la materia. 1.2. Establecer las normas respecto del comercio ambulatorio.

2.

Funciones especificas compartidas de las municipalidades provinciales:
2.1. Construir, equipar y mantener, directamente o por concesion, mercados de abastos al mayoreo o minoristas, en coordinacion con las municipalidades distritales en las que estuvieran ubicados. 2.2. Realizar programas de apoyo a los productores y pequenos empresarios a nivel de la provincia, en coordinacion con las municipalidades distritales y las entidades publicas y privadas de nivel regional y nacional.

2.

Funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales:
2.1. Planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripcion en MORDAZA con las politicas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. 2.2. Reconocer y registrar a las instituciones y organizaciones que realizan accion y promocion social concertada con el gobierno local. 2.3. Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propios y transferidos, asegurando la calidad y focalizacion de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economia regional y local. 2.4. Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion. 2.5. Contribuir al diseno de las politicas y planes nacionales, regionales y provinciales de desarrollo social, y de proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo. 2.6. Facilitar y participar en los espacios de concertacion y participacion ciudadana para la planificacion, gestion y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, asi como de apoyo a la poblacion en riesgo. 2.7. Promover y concertar la cooperacion publica y privada en los distintos programas sociales locales. 2.8. Organizar e implementar el servicio de Defensoria Municipal de los Ninos y Adolescentes DEMUNA- de acuerdo a la legislacion sobre la materia. 2.9. Promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar fisico, psicologico, social, moral y espiritual, asi como su participacion activa en la MORDAZA politica, social, cultural y economica del gobierno local. 2.10. Resolver administrativamente los conflictos entre vecinos y fiscalizar el cumplimiento de los acuerdos de las juntas de propietarios de edificios y de las juntas vecinales de su localidad, con facultad para imponer sanciones por dichos incumplimientos, luego de una obligatoria etapa de conciliacion extrajudicial. 2.11. Ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demas programas de apoyo alimentario con parti-

3.

Funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales:
3.1. Controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribucion, almacenamiento y comercializacion de alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales. 3.2. Regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial. 3.3. Realizar el control de pesos y medidas, asi como el del acaparamiento, la especulacion y la adulteracion de productos y servicios. 3.4. Promover la construccion, equipamiento y mantenimiento de mercados de abastos que atiendan las necesidades de los vecinos de su jurisdiccion. 3.5. Promover la construccion, equipamiento y mantenimiento de camales, silos, terminales pesqueros y locales similares, para apoyar a los productores y pequenos empresarios locales. 3.6. Otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales.

4.

Funciones especificas compartidas de las municipalidades distritales:
4.1. Promover la realizacion de ferias de productos alimenticios, agropecuarios y artesanales, y apoyar la creacion de mecanismos de comercializacion y consumo de productos propios de la localidad.

ARTICULO 84º.- PROGRAMAS SOCIALES, DEFENSA Y PROMOCION DE DERECHOS Las municipalidades, en materia de programas sociales, de defensa y promocion de derechos, ejercen las siguientes funciones:

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